La ministra de la Producción,
Gladys Triveño, adelantó, en diálogo exclusivo con LA PRIMERA, que el Decreto
Supremo 005, que protege a los pescadores artesanales y los recursos
hidrobiológicos de todos los peruanos al delimitar una zona exclusiva para la pesca
artesanal (de 0 a 5 millas del Mar de Grau), estará implementado recién para
enero del próximo año, coincidiendo con LA PRIMERA temporada de pesca del 2013.
Triveño indicó que las normas
complementarias del Decreto Supremo 005-2012 Produce, se culminarán antes de
fin de mes y que la implementación de la ley se dará en el resto de año antes
de llegar al 2013.
El Decreto Supremo 005, explicó
la ministra, determinará de manera obligatoria que las embarcaciones pesqueras
de más de 10 metros cúbicos (m3) posean un sistema de rastreo para su control
satelital, además de tener en óptimas condiciones sus sistemas de refrigeración
para que los productos extraídos vayan directamente al consumo humano y no a
las procesadoras de harinas de pescado como hoy, que el 100 por ciento de lo
extraído está dirigido a la industrialización del recurso.
Asimismo, la instalación de estos
sistemas electrónicos en las embarcaciones pesqueras, se realizarán mediante
créditos que otorgará el Ministerio de la Producción a las naves que requieran
de la tecnología necesaria y tengan averías en sus sistemas de refrigeración.
Todo esto se espera concluya antes del 31 de diciembre de este año para que el
DS 005 se ejecute en su totalidad.
PELIGRO DE ESPECIES MARINAS
La titular de la Producción
advirtió a este diario que con la norma actual, donde las embarcaciones de 10
m3 pescan dentro de las 5 millas, se pone en riesgo la preservación de varias
especies marinas que en esa zona inician y culminan su proceso de reproducción.
“Las larvas y huevos de especies
como la anchoveta se desarrollan en esa zona y si las embarcaciones pesqueras
continúan haciendo sus actividades en ese lugar y pescando incluso las especies
en desarrollo, en un corto o largo plazo ya no habrá especies marinas en
nuestro territorio”, sentenció la ministra.
Al mismo tiempo acusó a las
grandes empresas pesqueras de ser cortoplacistas y no pensar en las futuras
generaciones.
En tanto, subrayó que con el
Decreto Supremo 005, las embarcaciones de menos de 10 m3 podrán realizar sus
actividades dentro de las 5 millas. Mientras que las que tengan una capacidad
entre 10 m3 y 32 m3 deberán pescar a partir de las 5 millas en adelante.
Asimismo las grandes embarcaciones, que antes pescaban a partir de las 5
millas, ahora tendrán que hacer a partir de las 10 millas.
En otro momento, la titular de la
Producción aclaró que la norma no favorece a las embarcaciones del hermano del
presidente de la República, Alexis Humala. Recordó que la licencia de permiso y
ampliación de las naves pesqueras de Alexis fue otorgada por el Gobierno
Regional del Callao y, es más, actualmente el Ministerio de la Producción está
solicitando la anulación de dichas licencias.
Además, las embarcaciones de
Alexis “Santa Elena” (capacidad de 30.14 m3), “Tania” (capacidad de 30.96 m3) y
“Yaanuwua”, tienen de más de 10 m3 de capacidad, con lo que queda claro que el
Decreto Supremo 005 no los favorecería directamente como acusó el congresista
Fujimorista Freddy Sarmiento.
ASEGURA MINISTRA TRIVEÑO
“Norma defiende al pescador
artesanal”
Pese a las presiones de ciertos
grupos de poder y de la prensa de derecha que responde a sus intereses, la
titular de la Producción, Gladys Triveño, reiteró una vez más la lucha que su
sector dará para sacar adelante el Decreto Supremo 005 ante posibles intentos
de derogarlo.
Resaltó que esta norma defiende
al pescador artesanal que gana menos de 500 soles mensuales y a los recursos
hidrobiológicos de todos los peruanos y que por lo tanto, si las grandes
empresas pesqueras han tenido la oportunidad de crecer en nuestro país, los
demás también tienen ese mismo derecho, enfatizó.
Así, destacó una reflexión del
Tribunal Constitucional sobre una sentencia del 6 de mayo el año 2010:
“Cuando la generación lucrativa
de ciertas empresas pesqueras entran en conflicto con el bienestar colectivo o
la defensa de los bienes que resultan indispensable para que la vida humana
siga desarrollándose, la interpretación que de la Constitución se haga debe
preferir el bienestar de todos”.
Y continuó: “la economía social
de mercado condiciona la participación de los grupos económicos al respeto del
bien común y del interés general estableciendo límites para que la democracia
constitucional no sea un espacio donde se imponga la posición de los más
poderosos económicamente en detrimento de los demás bienes jurídicos protegidos
constitucionalmente”.
De este modo, la ministra lo ha
reiterado por enésima vez. No se dará marcha atrás con el Decreto Supremo 005,
así la Sociedad Nacional de Pesquería y sus aliados, zapateen.
PUNTOS CLAVES
- La principal característica del
Decreto Supremo 005 es el establecimiento de tres zonas de pesca:
- 5-10 millas: Las embarcaciones
de menor escala de 10 a 32,6 m3 (toneladas) tendrán una zona exclusiva de
pesca. Esto significa que en esta zona de reserva no pueden ingresar las
embarcaciones industriales, que solo podrán pescar a partir de la milla 10.
Deberán contar a partir de ahora con un sistema satelital de seguimiento y
control.
- 10 – 200 millas: Naves de más
de 3,6 m3 (toneladas) Destinada a las embarcaciones industriales. Cuentan con
un sistema satelital de seguimiento y control.
Laura Grados Lozano
Redacción
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