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lunes, 17 de septiembre de 2012

No se dará marcha atrás con el Decreto Supremo 005


La ministra de la Producción, Gladys Triveño, adelantó, en diálogo exclusivo con LA PRIMERA, que el Decreto Supremo 005, que protege a los pescadores artesanales y los recursos hidrobiológicos de todos los peruanos al delimitar una zona exclusiva para la pesca artesanal (de 0 a 5 millas del Mar de Grau), estará implementado recién para enero del próximo año, coincidiendo con LA PRIMERA temporada de pesca del 2013.

Triveño indicó que las normas complementarias del Decreto Supremo 005-2012 Produce, se culminarán antes de fin de mes y que la implementación de la ley se dará en el resto de año antes de llegar al 2013.

El Decreto Supremo 005, explicó la ministra, determinará de manera obligatoria que las embarcaciones pesqueras de más de 10 metros cúbicos (m3) posean un sistema de rastreo para su control satelital, además de tener en óptimas condiciones sus sistemas de refrigeración para que los productos extraídos vayan directamente al consumo humano y no a las procesadoras de harinas de pescado como hoy, que el 100 por ciento de lo extraído está dirigido a la industrialización del recurso.

Asimismo, la instalación de estos sistemas electrónicos en las embarcaciones pesqueras, se realizarán mediante créditos que otorgará el Ministerio de la Producción a las naves que requieran de la tecnología necesaria y tengan averías en sus sistemas de refrigeración. Todo esto se espera concluya antes del 31 de diciembre de este año para que el DS 005 se ejecute en su totalidad.

PELIGRO DE ESPECIES MARINAS

La titular de la Producción advirtió a este diario que con la norma actual, donde las embarcaciones de 10 m3 pescan dentro de las 5 millas, se pone en riesgo la preservación de varias especies marinas que en esa zona inician y culminan su proceso de reproducción.

“Las larvas y huevos de especies como la anchoveta se desarrollan en esa zona y si las embarcaciones pesqueras continúan haciendo sus actividades en ese lugar y pescando incluso las especies en desarrollo, en un corto o largo plazo ya no habrá especies marinas en nuestro territorio”, sentenció la ministra.

Al mismo tiempo acusó a las grandes empresas pesqueras de ser cortoplacistas y no pensar en las futuras generaciones.

En tanto, subrayó que con el Decreto Supremo 005, las embarcaciones de menos de 10 m3 podrán realizar sus actividades dentro de las 5 millas. Mientras que las que tengan una capacidad entre 10 m3 y 32 m3 deberán pescar a partir de las 5 millas en adelante. Asimismo las grandes embarcaciones, que antes pescaban a partir de las 5 millas, ahora tendrán que hacer a partir de las 10 millas.

 NORMA NO FAVORECE A ALEXIS HUMALA

En otro momento, la titular de la Producción aclaró que la norma no favorece a las embarcaciones del hermano del presidente de la República, Alexis Humala. Recordó que la licencia de permiso y ampliación de las naves pesqueras de Alexis fue otorgada por el Gobierno Regional del Callao y, es más, actualmente el Ministerio de la Producción está solicitando la anulación de dichas licencias.

Además, las embarcaciones de Alexis “Santa Elena” (capacidad de 30.14 m3), “Tania” (capacidad de 30.96 m3) y “Yaanuwua”, tienen de más de 10 m3 de capacidad, con lo que queda claro que el Decreto Supremo 005 no los favorecería directamente como acusó el congresista Fujimorista Freddy Sarmiento.

ASEGURA MINISTRA TRIVEÑO

“Norma defiende al pescador artesanal”

Pese a las presiones de ciertos grupos de poder y de la prensa de derecha que responde a sus intereses, la titular de la Producción, Gladys Triveño, reiteró una vez más la lucha que su sector dará para sacar adelante el Decreto Supremo 005 ante posibles intentos de derogarlo.

Resaltó que esta norma defiende al pescador artesanal que gana menos de 500 soles mensuales y a los recursos hidrobiológicos de todos los peruanos y que por lo tanto, si las grandes empresas pesqueras han tenido la oportunidad de crecer en nuestro país, los demás también tienen ese mismo derecho, enfatizó.

Así, destacó una reflexión del Tribunal Constitucional sobre una sentencia del 6 de mayo el año 2010:

“Cuando la generación lucrativa de ciertas empresas pesqueras entran en conflicto con el bienestar colectivo o la defensa de los bienes que resultan indispensable para que la vida humana siga desarrollándose, la interpretación que de la Constitución se haga debe preferir el bienestar de todos”.

Y continuó: “la economía social de mercado condiciona la participación de los grupos económicos al respeto del bien común y del interés general estableciendo límites para que la democracia constitucional no sea un espacio donde se imponga la posición de los más poderosos económicamente en detrimento de los demás bienes jurídicos protegidos constitucionalmente”.

De este modo, la ministra lo ha reiterado por enésima vez. No se dará marcha atrás con el Decreto Supremo 005, así la Sociedad Nacional de Pesquería y sus aliados, zapateen.

PUNTOS CLAVES

- La principal característica del Decreto Supremo 005 es el establecimiento de tres zonas de pesca:

 - 0-5 millas: Las embarcaciones artesanales de 0 a 10 m3 (toneladas) tendrán el privilegio de poder realizar su actividad dentro de las cinco millas, pero el destino de sus recursos solo podrá orientarse al consumo humano directo.

- 5-10 millas: Las embarcaciones de menor escala de 10 a 32,6 m3 (toneladas) tendrán una zona exclusiva de pesca. Esto significa que en esta zona de reserva no pueden ingresar las embarcaciones industriales, que solo podrán pescar a partir de la milla 10. Deberán contar a partir de ahora con un sistema satelital de seguimiento y control.

- 10 – 200 millas: Naves de más de 3,6 m3 (toneladas) Destinada a las embarcaciones industriales. Cuentan con un sistema satelital de seguimiento y control.

Laura Grados Lozano

Redacción

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