La regulación de las pesquerías tiene que hacerse en función a la aleatoriedad del recurso y las variaciones del ecosistema. El Derecho Pesquero existe en función de la naturaleza y desarrollo de los recursos hidrobiológicos. Una especie extinguida es imposible de ser regulada. La autoridad política tiene que asumir que la pesca no aumenta en función de la demanda. Por lo tanto se debe legislar en función del recurso pesquero.
El Ministerio administra el manejo ecosistémico. Su función es administrar las cuotas máximas de captura establecidas por un ente científico profesional y moralmente solvente.
No es posible pescar más de lo que el ecosistema permite.
Es conveniente que el Estado reoriente su política y conducta en función del ecosistema, asuma una actitud más firme en defensa de la biodiversidad como conjunto interdependiente y enfrente con destreza y energía las presiones de los distintos estamentos de la colectividad pesquera impulsando el uso menos intensivo de los recursos.
Existe una crisis en el ecosistema pesquero peruano. La opinión pública debe ser informada de esta situación para entender que no es posible pescar más de lo que el ecosistema permite. Por ello es vital la opinión seria, científica y solvente. La opinión pública debe respaldar las medidas de ordenamiento que deben tomarse en beneficio de la sostenibilidad de la pesquería y de las grandes mayorías nacionales.
En función de esta situación de crisis tiene que entenderse que todas las medidas de reordenamiento necesarias no admiten componentes políticos sino estrictamente técnicos, lo cual requiere de una campaña de información a la opinión pública.