El Decreto Supremo
N° 010-2008-PRODUCE establece los Límites máximos permisibles (LMP) para la
Industria de Harina y Aceite de Pescado y Normas Complementarias para los
efluentes de la Industria de Harina y Aceite de Pescado, en los parámetros:
Aceites y Grasas, Solidos suspendidos totales, pH y demanda bioquímica de
oxígeno. Estos límites varían según el ámbito donde se realiza la descarga:
1. LMP de los efluentes que serán vertidos dentro de la zona de protección ambiental Litoral
2. LMP de los efluentes que serán vertidos
fuera de la zona de protección ambiental litoral
El vertimiento de
los efluentes resultantes de la producción industrial del sector pesquero es la
principal fuente de impacto sobre bahías donde se ubican las plantas. Por ley,
estos efluentes deben ser tratados antes de ser vertidos al mar, pero la
eficiencia de los procesos de tratamiento de las aguas de bombeo es todavía muy
baja y los efluentes aun presentan niveles muy altos de cargas orgánicas,
pudiendo ocasionar varazones catastróficas y pérdidas valoradas en millones de
dólares.
En el Perú no existen LMPs para la industria pesquera de consumo
humano directo a diferencia de la industria reductora que sí los tiene. Sin
estos valores de referencia, la legislación ambiental del sector no tiene
capacidad de sanción. La definición de estos límites sería un primer paso
positivo que permitiría la implementación de sanciones y que podrían incentivar
la aplicación de tecnologías de recuperación más efectivas.
Los Desembarcaderos
pesqueros artesanales y las embarcaciones son fuente de contaminación, no solo
para el producto hidrobiológico, sino para la bahía circundante. Es urgente
realizar inversiones en su infraestructura para evitar que se siga usando agua
contaminada para el proceso de lavado del pescado y para purificar las aguas
que se vierten a la bahía como resultante de dicho proceso.
Por tanto, no
solamente son los plásticos los que causan una contaminación grave al océano,
sino los efluentes de la industria también, además de otros.
Cabe mencionar que
la existencia de emisores submarinos en algunos desembarcaderos o plantas
pesqueras no resuelve el problema, sino que tan solo arrojan los contaminantes
un poco más lejos nada más. Al mar solo debe arrojarse agua limpia, por lo cual
la que está contaminada por diversos orígenes, debe ser debidamente tratada
antes.
La RM N°
178-2014-MINAM establece en su artículo 1° disponer la publicación del Proyecto
de Decreto Supremo que aprueba los Límites Máximos Permisibles para efluentes
de la industria pesquera de consumo humano directo, que como anexo forma Parte
integrante de la presente resolución.
La última
información al respecto que se puede ver en el portal del MINAM es la que dice
lo siguiente y es del año 2014:
Proyecto
de Decreto Supremo que aprueba los Límites Máximos Permisibles para efluentes
de la
industria pesquera de consumo humano
directo. De esta manera, todos los usuarios e interesados en general están
cordialmente invitados a realizar sus aportes y comentarios.
Dicho
documento busca tener incidencia sobre productos enlatados, congelados, curados
y concentrado proteico, en especial sobre aquellas plantas de procesamiento
industrial pesquero de consumo humano que utilice un porcentaje de químicos en
combinación con aceites y grasas para neutralizar el PH de estos alimentos.
A la fecha no se
conoce el resultado de esta publicación ni se sabe si los LMPs para la
industria pesquera del CHD han sido aprobados.
Lo que significa que
solo la industria reductora de harina de pescado posee LMPs, más no así la
industria congeladora, de enlatados ni curados.
Tampoco existen LMPS
para los desembarcaderos pesqueros artesanales ni de ningún tipo.
Límite
Máximo Permisible. (LMP): Es la concentración o grado de elementos, sustancias
o parámetros físicos, químicos y biológicos, que caracterizan a un efluente o
una emisión que, al ser excedida, causa o puede causar daños a la salud, al
bienestar.
Por lo tanto, no solamente son los plásticos el
problema contaminante. Hoy en día se viene hablando de este tema con mayor
énfasis, lo que induce a creer que no existen problemas más graves. La verdad
es que existen más problemas y todos son graves.