¿Quién
es la autoridad responsable de tener y mantener una base de datos de pescadores
artesanales embarcados y no embarcados? ¿El FONDEPES, el PRODUCE, los Gobiernos
Regionales, el INEI o la DICAPI?
El
ROF (Reglamento de Organización y Funciones) del FONDEPES no le asigna esa responsabilidad específica.
Sin embargo, ¿debió ser iniciativa de la entidad mantener una base de datos de
sus supuestos beneficiarios? Probablemente sí; pero eso supone ver más allá de
las inauguraciones de DPAs (cuyo cronograma no se cumple) como función
principal. La entidad priorizo la función de constructora de desembarcaderos encargados
a terceros, convirtiéndose en supervisores de empresas constructoras que
terminan con problemas. Se perdió la mística el alma y el cariño real por la
pesca y sus pescadores. El no disponer de una base de datos con la estadística
de los pescadores no significa un incumplimiento funcional de ninguna de sus
áreas porque no está asignada esa función. ¿Pero puede ello justificar o excusar
que no la tengan?
PRODUCE
a través de la Dirección General de Pesca Artesanal tampoco tiene en sus
funciones una específica para llevar esa estadística. La única función que se
asemeja a algo relacionado es la que dice: “Organizar
y actualizar el Registro de las Organizaciones Sociales de Pescadores,
Procesadores y Armadores Artesanales cuyas actividades son de alcance nacional,
así como la renovación de sus juntas directivas; y la de Organizar y actualizar los registros
administrativos nacionales para la gestión y operación de la infraestructura
pesquera artesanal”
El
IMARPE, como órgano de PRODUCE elabora periódicamente encuestas estructurales
de la pesquería artesanal (ENEPA). “La
ENEPA III fue ejecutada entre setiembre y octubre del año 2015, en 92 puntos de
muestreo a lo largo del litoral (87 lugares de desembarque y 5 localidades de
residencia de pescadores). Es una encuesta de inventario que recoge datos
acerca de cierto número de características fundamentales que se requieren para
evaluar la magnitud y estructura de una pesquería con el propósito de
contribuir a promover e implementar programas integrales para el desarrollo y
mejor manejo de la pesquería artesanal del mar peruano, Es ejecutada en forma
periódica desde el año 1996, constituyendo un esfuerzo importante para mantener
información completa, actualizada y confiable sobre la actividad pesquera
artesanal. La Enepa III se ejecutó con el propósito de conocer cómo se ha
incrementado el esfuerzo de pesca en términos de número de pescadores y
embarcaciones pesqueras artesanales, así como para conocer la situación social,
económica y demográfica actual del pescador, a fin de formar las bases de una
fuente de información que permita la adopción de políticas de desarrollo en el
corto, mediano y largo plazo y para que sirva como fuente de información para
desarrollar investigaciones a tesistas de pre y post grado de las universidades
y otras instituciones educativas”
La función de dirigir y ejecutar
encuestas, censos y otras investigaciones estadísticas del Sector, corresponde
a la Oficina de Estudios Económicos, que estructuralmente depende de la
Secretaría General, o sea del Titular del Pliego y no del Despacho
Viceministerial; pero tampoco tiene una función específica en cuanto a la data
de pescadores artesanales, la cual solo podría provenir a través de un censo. El nivel de coordinación entre el
IMARPE, desarrollando una función como la ENEPA, que funcionalmente compete a
la Oficina de Estudios Económicos, podría ser deficiente o inexistente.
La
DICAPI otorga los carnets de pescador y habilita títulos, por tanto sería la
entidad más adecuada para tener una data de pescadores.
El
INEI condujo el primer censo de pescadores artesanales en 2012.
Los
intentos de formalización, poco exitosos por cierto, tampoco ayudan mucho en
situaciones como la actual donde se necesitan datos reales y precisos, porque
el concepto de formalización ha sido entendido y referido solo al permiso de
pesca. Es decir que está dirigido a la embarcación, no al pescador. Al dar el
permiso se identifica embarcación y armador, o sea al propietario de la misma.
Pero obvia la obligatoriedad de obtener el RUC, que permitiría controlar el
cumplimiento de las obligaciones tributarias y de seguridad social que le
compete al armador, como empleador de los tripulantes de su embarcación también
denominados pescadores embarcados, que en la práctica son sus empleados.
Este
segmento no está en los planes de formalización de nadie, ¿ es por eso que no
existe estadísticamente?. ¿Es por eso que no han sido considerados como
beneficiarios de los subsidios por la emergencia del Coronavirus?
La
pregunta es si existe algún nivel de coordinación entre las instituciones que
permita disponer de data de pescadores actualizada, o por lo menos el interés e
iniciativa para elaborarla, aunque la norma no lo indique con precisión.
No se
puede gobernar, administrar o regular lo que no se conoce. Para una adecuada
administración de la pesquería se necesita fundamentalmente dos cosas:
· Primero,
conocer cuántos administrados tiene, a todo nivel, pescadores, armadores,
artesanales, industriales, embarcaciones y plantas de proceso.
· Segundo,
se requiere información científica sobre los recursos hidrobiológicos.
Sin
esa data ¿puede un funcionario que además no conoce de pesca, administrar
correctamente el sector, en especial en tiempos de crisis como los actuales?
Resulta muy difícil y complejo administrar lo que no se conoce.
En
cuanto a los Gobiernos Regionales, tampoco es clara su responsabilidad. La
transferencia de competencias y funciones es aún tema inconcluso, confuso y con
poca voluntad de enfrentarlo.