LA POTA Y LOS BARCOS PESQUEROS CHINOS EN
EL PERU
EL ESCENARIO
En este artículo se presenta
información extensa y enlaces que permiten comprender la real magnitud del
problema de la flota china. Debiera ser leída por todas las personas que no
desean convertirse en víctimas de la propaganda y publicidad engañosa de
quienes solo buscan satisfacer sus ambiciones personales.
“Desde las aguas de Indonesia, Vietnam, Filipinas y
Corea del Norte hasta las de México, Costa Rica, Colombia, Ecuador, Perú, Chile
y Argentina, en Iberoamérica, pasando por las del golfo de Guinea, Angola,
Senegal, Mozambique y Somalia, en África, los pesqueros chinos se han
convertido en los nuevos dueños de los caladeros. La reducción de capturas en
los tradicionales caladeros chinos ha intensificado la importancia geopolítica
de su flota pesquera de altura”.
“China no pesca únicamente calamares. Tan solo la flota
de aguas distantes china capturó dos millones de toneladas, que representa el
40% del total mundial de este tipo de pesca. China pesca mucho, pero pesca
mucho más que nadie, y pesca en proporción mucho más en aguas distantes.
Especialmente, lo hace en regiones poco desarrolladas, donde no existen
controles suficientes, y en Iberoamérica, donde se sitúa en los límites de las
aguas de explotación económica exclusiva para, en no pocas ocasiones, violar
estos límites”.
“Los países iberoamericanos deben proteger y defender
sus recursos de una sobreexplotación, en muchos casos ilegal. Sin duda, la
agresión de grandes buques factoría contra los intereses y la soberanía de
Perú, Ecuador, Chile y Argentina es un problema con una dimensión nacional. La
preservación del medio ambiente marino es un objetivo de la Agenda 2030 para el
Desarrollo Sostenible”.
La situación sobre la pota y
la flota pesquera china, que se reseña en esta nota, nos muestra, que en el
Perú, no existe una visión de largo plazo que atienda el interés nacional, en
especial de la pesca artesanal. Lo que existe y es cada vez más notorio, son
camarillas de personas que usan como argumento de defensa de los intereses
chinos, nociones vagas como el crecimiento del PBI, que nunca ha beneficiado a
todos los peruanos, ni ha traído mejor calidad de vida a las mayorías. Usando palabras
y tecnicismos que pocos entienden, los adoradores del PBI confunden a las
multitudes, dicen verdades a medias y pretenden crear corrientes de opinión
para defender lo que en el fondo saben que es indefendible.
Estas gentes, en realidad defienden
sus propios beneficios económicos derivados de los negocios que trae la
presencia china en el país, utilizando sus cargos y puestos, bien sea en la
empresa privada o en instituciones del Estado.
La mentira del crecimiento del
país siempre es usada para ocultar y/o tergiversar la verdad, que
lamentablemente todavía muchos creen. El crecimiento económico que dicen que
genera, no está acompañado de un crecimiento moral, ni alcanza a la mayoría de
población.
No les importa los intereses
de los pescadores artesanales que capturan pota. Priman las ganancias de los
astilleros, agencias marítimas y servicios conexos. El poder económico de
grupos de poder relacionados con los ingresos económicos que generan las
relaciones con China, se ha impuesto sobre la moral, la decencia y la soberanía
de países como el Perú, para establecer una posición de poder.
Pero, además, reducir el
problema a tan solo una mera cuestión de intereses económicos sin considerar el
impacto de la flota pesquera china en el mundo, es inmoral. Una potencia
mundial como la China, se ha atribuido el derecho de pescar recursos pesqueros
en cualquier parte del mundo sin un estudio científico de los límites máximos
que debiera capturar para no afectarlos. Sin el menor respeto por los derechos
de las poblaciones ribereñas y su soberanía, ni por el esfuerzo de
organizaciones internacionales que trabajan para preservar los recursos marinos
han configurado una suerte de agresión contra el medio ambiente marino.
El abuso y la falta de respeto
por la sostenibilidad de recursos a nivel mundial, en especial en Perú,
Argentina y África, que está siendo tratado como asunto de menor importancia
por los grupos de poder con intereses económicos en el comercio con China, deja
al descubierto la calidad moral de algunos funcionarios públicos y privados,
así como de algunos sectores de la vida económica y política peruana. Muestra
el hueco de inmoralidad y ausencia de patriotismo en el cual está sumergida la
institucionalidad en el Perú. La manipulación y la politiquería alrededor de
toda esta problemática muestra al desnudo lo que somos como país.
Las autoridades hacen poco eco
de los reclamos y denuncias de algunas organizaciones pesqueras,
solidarizándose, en cambio, con los beneficiados por el dinero chino.
A dos años de las elecciones
presidenciales, el escenario es tan indecente, que va a ir creándose el
ambiente propicio para candidatos que ofrezcan soluciones radicales a este y
otros problemas. Es previsible una votación por el radicalismo ante la
podredumbre en la que ha caído el sistema.
En los siguientes links se
ilustra la magnitud de la operación de la flota china a nivel mundial:
https://ceeep.mil.pe/2021/03/17/la-gran-armada-pesquera-china-una-amenaza-para-iberoamerica/
https://www.nytimes.com/es/interactive/2022/10/13/espanol/pesca-china-sudamerica.html
https://ojo-publico.com/4710/flota-china-los-altos-costos-humanos-y-ambientales-los-oceanos
https://www.politicaexterior.com/la-flota-pesquera-china-corsarios-del-siglo-xxi/
EL ACUERDO SOBRE MEDIDAS DEL ESTADO RECTOR DEL PUERTO (AMERP)
El Acuerdo sobre medidas del
Estado rector del puerto es el primer tratado internacional de carácter
vinculante centrado específicamente en la pesca ilegal, no declarada y no
reglamentada (pesca INDNR). Su objetivo es prevenir, desalentar y eliminar la
pesca INDNR impidiendo que los buques que la practican utilicen puertos para
desembarcar sus capturas. De esta manera, el AMERP reduce los incentivos para
que estos buques continúen operando y, además, frena el flujo de productos
pesqueros derivados de la pesca INDNR hacia los mercados nacionales e
internacionales. La aplicación eficaz del AMERP contribuye, en última
instancia, a la conservación a largo plazo y el uso sostenible de los recursos
marinos vivos y sus ecosistemas. Las disposiciones del AMERP se aplican a los
buques de pesca que soliciten entrar a un puerto designado de un Estado que sea
diferente de su Estado del pabellón.
Mediante Resolución Legislativa
N° 30591 del 16 de abril de 2017, el Congreso de la República aprobó el
precitado acuerdo, siendo ratificado mediante Decreto Supremo N° 040-2017-RE,
de fecha 06 de septiembre de 2017, e incorporándose a la legislación nacional
con la publicación del texto del acuerdo en el diario Oficial El Peruano con
fecha 12 de octubre del 2017.
Por otro lado, mediante
Decreto Supremo N° 016-2016-PRODUCE, el Ministerio de la Producción estableció
medidas para autorizar operaciones en puertos y astilleros peruanos de
embarcaciones de bandera extranjera que realizan actividades pesqueras de
recursos hidrobiológicos altamente migratorios, transzonales o transfronterizos
en alta mar.
https://www2.produce.gob.pe/dispositivos/publicaciones/ds006-2016-produce.pdf
Este DS fue perfeccionado por
el DS 016-2020-PRODUCE, que coincidentemente tiene el mismo número, que obliga
a que estas flotas cuenten con el sistema de seguimiento satelital de
embarcaciones del estado peruano, con un registro de los últimos 6 meses, cada
vez que deseen usar los servicios portuarios y astilleros del país. El objeto
consiste en establecer las obligaciones y condiciones que deben cumplir los
armadores de toda embarcación de bandera extranjera que realicen actividades
pesqueras y relacionadas con la pesca de recursos hidrobiológicos fuera del
dominio marítimo del Estado Peruano, para el arribo a aguas jurisdiccionales;
en concordancia al Acuerdo sobre Medidas del Estado Rector del Puerto destinadas
a prevenir, desalentar y eliminar la Pesca Ilegal, No Declarada y No
Reglamentada.
https://www.gob.pe/institucion/produce/normas-legales/1122148-016-2020-produce
Se está defendiendo los
intereses de la flota pesquera china en detrimento de los intereses de la
pesquería nacional.
LA SITUACION
Desde hace años, una flota
pesquera china y de otras nacionalidades, opera desde la milla 201, frente al
dominio marítimo peruano, y se dedica a la pesca de la pota o calamar gigante.
Estas naves se observan por instituciones dedicadas al análisis de datos
satelitales, como Global Fishing Watch o HawkEye360 y por embarcaciones
peruanas que se cruzan en su ruta.
La plataforma Global Fishing
Watch, que sigue las señales que emiten los barcos pesqueros en el mundo,
confirma que la flota de bandera china se mueve muy cerca del límite de nuestro
dominio marítimo.
“Desde mayo de 2023 hasta ahora (agosto 2024) son 251
los barcos chinos registrados que han ingresado a puertos peruanos sin tener a
bordo un dispositivo satelital. Fuera de las 200 millas también hay algunos
barcos coreanos o taiwaneses que estarían operando y que igualmente están
obligados al mismo registro. Perú es el único país de la región que les permite
ingresar a puerto a estos barcos chinos, no lo hace ni Ecuador, ni Chile, ni
Argentina. Si no lo hiciera Perú, tendrían que ir 17.000 km hasta sus puertos,
lo que implicaría perder más de 60 días efectivos de pesca”.
Fuente:
Anualmente, el Perú
desembarca, en promedio, alrededor de medio millón de toneladas (TM) de pota,
de acuerdo a estadísticas del Ministerio de Producción, convirtiéndose en el
principal producto hidrobiológico de CHD que produce el país.
La presencia de la flota
pesquera china en el Perú, está mostrando la verdadera naturaleza de las
autoridades e instituciones, al desnudar sus posiciones y actitudes frente al
impacto negativo que están causando a las pesquerías como la de la pota.
Mientras algunos defienden la sostenibilidad de los recursos y empleos de los
pescadores, hay quienes defienden las ganancias de algunos grupos minoritarios
pero poderosos e influyentes, quienes escudan sus intereses tras el discurso
del crecimiento del PBI y del crecimiento económico.
El hecho es que dada la
penetración china en el país a través de sus inversiones, se han creado
intereses de empresarios y autoridades que a fin de permanecer congraciados con
estas inversiones, se tornan complacientes en otros asuntos como los de la
flota pesquera china sin importarles el impacto sobre la pesquería peruana.
La comunidad pesquera potera piurana
se enfrentó a un grupo de barcos industriales pesqueros de bandera China en julio
de este año, quienes vienen siendo objeto de cuestionamientos a nivel mundial
por sus actividades, algunas ilegales, que están sobre explotando la pota y
poniendo en riesgo la sostenibilidad del stock de pota que da trabajo a la
flota artesanal peruana y soporta las exportaciones de CHD nacionales.
Mayor información en el
siguiente link:
LOS PROBLEMAS
LA NORMA SOLO ATIENDE UNO DE LOS PROBLEMAS
1. Esta flota compite de forma desleal con el Perú porque
capturamos la misma pota, vendemos a los mismos compradores y en los mismos
mercados internacionales; pero con exigencias distintas. Perú establece límites
máximos de captura anuales y costos operativos sin subsidios estatales. Ellos
pescan los trescientos sesenta y cinco días del año sin límite alguno y cuando
no están en la zona, están pescando en aguas afuera de Argentina, Ecuador y
Chile. Pescan permanentemente.
2. Perú corre el riesgo de que esta flota sobrexplote la
pota y esta se agote en nuestro mar a corto o mediano plazo. Es un solo stock
el que está dentro y fuera de las 200 millas en el área, por lo que el impacto
sobre la porción existente a partir de la milla 201 afecta al que está dentro
de las 200 millas.
3. Es probable que haya incursiones de algunos barcos para
realizar pesca dentro de nuestro dominio marítimo, configurándose una pesca
ilegal puesto que no tienen permiso de pesca.
4. No hay límite científico de captura para la flota china
que opera al borde del dominio marítimo peruano, en aguas internacionales, lo
que la convierte en depredadora.
5. La contaminación que genera esta flota es algo real que
debe evaluarse. Una cantidad de barcos, que fluctúa entre 400 a 600,
concentrada en una zona relativamente pequeña, produce residuos sólidos y
oleosos, o sea basura, que son probablemente arrojados al océano, lo que
impacta negativamente en ese ecosistema.
La norma vigente hace
complicada, aunque no imposible, la operación logística de esta flota, y tiene
por objeto negar servicios portuarios a aquellas embarcaciones que hayan
incursionado dentro de nuestro dominio marítimo. La flota china, obviamente,
está afectada, lo que es precisamente el objetivo de la norma.
Este decreto supremo pretende
controlar que esta flota no realice actividad extractiva ilegal en nuestras 200
millas y enfrenta la captura ilegal de recursos pesqueros dentro del dominio
marítimo peruano. Sin embargo, la normativa solo atiende al problema número 3.
No enfrenta los problemas 1 y 2, 4 y 5, probablemente porque no existe
legislación internacional al respecto ni medios para efectuar controles.
Es necesario precisar el
mecanismo y procedimiento mediante el cual la Dirección de Fiscalización,
Supervisión y Control del Ministerio de la Producción, informa oportunamente a
la Autoridad Marítima Nacional si las embarcaciones pesqueras chinas cuentan con
el dispositivo de control satelital, a fin de evitar ambigüedades o
leguleyadas.
Es necesario perfeccionar el
DS 016-2020 para de este modo eliminar cualquier motivo que justifique la
inaplicación de la norma que protege nuestros intereses.
¿SE PUEDE HACER ALGO?
El Perú tiene el deber de
adoptar todas las medidas necesarias para la conservación y explotación
sustentable de los recursos transzonales y altamente migratorios que inciden en
sus aguas jurisdiccionales. No debieran imponerse los intereses económicos de
algunos o la participación china en nuestro comercio internacional.
Una manera de controlar a esa
flota extranjera, es cortar la atención de los suministros y frenar la
posibilidad de apoyo logístico no dando puerto de atención ni brindando
servicios. La norma existente no es tan drástica, aunque debería serlo ya que
no es suficiente la limitación impuesta.
Sin embargo la pesca en aguas
internacionales no está prohibida y así lo estuviera, no existen mecanismos
para impedirla. Lo que organizaciones como la OROP del Pacífico Sur pudieran
dictar con miras a conservar el recurso, no son vinculantes. Los paises
miembros pueden cumplirlas o no, sin que exista forma alguna de obligarlos a
cumplirlas.
Se habla de la necesidad de
prevenir la pesca ilegal, de definir que es ilegal y que no, pero los pocos
esfuerzos por frenar la posibilidad de dar servicios a esta flota se ven
amenazados por lobbies y tibias declaraciones de las autoridades peruanas, que
además no tocan el problema de fondo.
En la medida que encuentren
facilidades en el país, la posibilidad de cortar su operación se hace imposible
por la indiferencia o tibieza de las autoridades responsables y de la sociedad,
que debería exigir mayor presión por parte de las autoridades y del Ministerio
de Defensa en la custodia del dominio marítimo peruano.
Más allá de la normativa
vigente, no es aceptable que ante el evidente perjuicio que causa la flota
pesquera china a la pesquería nacional, se le brinden facilidades portuarias en
lugar de negarlas en un soberano acto de defensa de los intereses nacionales.
Más aún cuando su control, depende de una Institución Tutelar de la Patria como
es la marina de Guerra del Perú.
En el supuesto de que se
implementen medidas y condiciones más fuertes para el ingreso de estos barcos, se
crearía un escenario en el cual si todos ellos cumplen los requisitos y hacen
su ingreso legal a aguas peruanas, ¿qué argumentos podría exigir la pesca
artesanal para impedir su acceso? Los únicos perjudicados directos e inmediatos,
son o serían los pescadores artesanales peruanos que se dedican a la extracción
de pota y que ven en esta presencia china una amenaza a su existencia. Esta se
materializa en la sobreexplotación de la pota dada la enorme cantidad de barcos
chinos que la vienen explotando y podrían llevar a su extinción, lo que
colapsaría la actividad artesanal peruana.
El asunto ocurre a nivel
mundial ya que la enorme flota china viene operando en los principales
caladeros del mundo como Argentina y África en aguas internacionales sin que
nadie pueda impedirlo.
Estamos frente a la
posibilidad de un serio impacto sobre la pesca artesanal peruana, que
probablemente no será debidamente protegida por el Estado porque hay demasiados
intereses en juego que no son precisamente pesqueros. La presencia china en el
Perú a través de grandes inversiones en el sector minero, electricidad y
portuario, en especial con el mega puerto de Chancay es muy importante para la
economía peruana. Además China es uno de los principales socios comerciales del
Perú y recibe un importante volumen de las exportaciones peruanas.
Este hecho podría pesar más en
la balanza de las decisiones políticas peruanas que incline las mismas hacia la
flexibilización de las medidas de ingreso de la flota china a puertos peruanos.
La existencia de astilleros y puertos logísticos en el Perú como el de Chancay,
aumentan el riesgo de mayores ingresos de esta flota, ya que poseen por detrás
todo el apoyo económico y subsidios del gobierno de ese país asiático.
Esa flota requiere de
servicios portuarios peruanos, por la cercanía de los mismos a la zona de
pesca, para mantenimiento y otras actividades logísticas y administrativas como
el relevo de tripulaciones. Lo que adicionalmente a lo ya expuesto, genera
ingresos a los astilleros peruanos, en especial al SIMA y a las agencias
marítimas y proveedores de bienes y servicios.
“Desde mayo de 2023 hasta ahora (agosto 2024) son 298
los barcos chinos registrados que han ingresado a puertos y el 24 de agosto
ingresaran dos barcos más por el Callao”.
Fuente: APN
Es evidente, por tanto, que
existen beneficios del ingreso de los barcos chinos, que sumado a los de la
sociedad comercial entre China y Perú hacen o harían posible que los mismos no
se detengan, no se limiten, sino que por el contrario se incrementen.
En este contexto hay temas que
requieren ser explicados:
¿Por qué la ex secretaria
general de Produce y ex vice ministra de pesca y acuicultura continua ocupando
un cargo en el directorio de la Autoridad Portuaria Nacional, entidad que
concede autorización de ingreso a los barcos de bandera extranjera como los
chinos? El cargo le corresponde a un representante del PRODUCE, pero ella ya
dejó de ser funcionaria del Ministerio de la Producción.
La Marina de Guerra niega
constantemente que haya actividad pesquera de barcos de bandera extranjera
dentro de las 200 millas. Pero lo que vemos a continuación son hechos que,
legítimamente, pueden hacer desconfiar a la ciudadanía en algunos mandos de
nuestra Marina de Guerra.
“Tres informes de la Contraloría, analizados
por OjoPúblico, hallaron que inspectores de la Dirección General de Capitanías
suscribieron reportes donde aseguraban haber verificado las condiciones de 18
naves, aunque estas se encontraban navegando o en otros puertos, y recomendaron
que se les renueve o refrende sus certificados nacionales de prevención de la
contaminación por hidrocarburos y por aguas sucias. Ambos documentos son
indispensables para tramitar zarpes trimestrales y diarios para pescar. Las
inspecciones ficticias se realizaron en los puertos de Chimbote, Callao y
Paita.
De acuerdo al Informe
19742-2021-CG/SIE-SCE, del 22 de octubre del 2021, entre enero y noviembre del
2019 se simularon inspecciones a seis embarcaciones pesqueras en el puerto de
Chimbote. Las favorecidas fueron Mariana B, Bamar IV, Bamar I, Atlántico IV,
Luisa de Humay y Macabi 10.
“… se colige que, el inspector naval e
inspector auxiliar simularon la ejecución de la inspección, y por tanto, no se
verificó el cumplimiento de los requisitos técnicos que prevenga la
contaminación por hidrocarburos y por aguas sucias, que establece la normativa
vigente, permitiendo con ello, que se emita el cuarto refrendo del Certificado
nacional de prevención de la contaminación por hidrocarburos, válida hasta el 3
de marzo de 2020, y el primer refrendo del Certificado nacional de prevención
de la contaminación por aguas sucias, válido hasta el 2 de enero de 2020”, se
lee en el informe de control.
OjoPúblico solicitó descargos
a la Dicapi. A través de un cuestionario, el secretario del comandante general
de la Marina, respondió que se inició procedimiento administrativo contra los
inspectores de Dicapi encontrados con responsabilidad administrativa en los
informes de la Contraloría relacionados con inspecciones simuladas realizadas
en el 2019. Este concluyó que "no hubo inspecciones simuladas, ya que la
totalidad de las inspecciones auditadas fueron realizadas. Sin embargo, se
incumplieron los establecimientos establecidos para tal fin".
También se informa que el
personal militar fue sancionado administrativamente y se encuentra laborando en
la institución. Además, se indica que como las inspecciones no fueron
simuladas, los certificados se siguieron usando mientras permanecieron vigente
y se encuentran sujetos a inspecciones ya sea por refrenda o renovación.
Respecto a las investigaciones
fiscales, Dicapi indicó que el caso que se indagaba en la Fiscalía del Callao
se encuentra archivado de modo definitivo. Su versión difiere de la
proporcionada a este medio por el Ministerio Público, que señaló que una de las
partes apeló el archivo
Fuente:
https://ojo-publico.com/ambiente/contraloria-detecta-inspecciones-ficticias-embarcaciones-pesqueras
¿Podemos confiar en las
autoridades navales o no? ¿Es verdad cuando dicen que la flota pesquera china
no realiza actividad extractiva dentro de las 200 millas? ¿No son acaso esos
barcos clientes, o potenciales clientes de astilleros peruanos incluidos el
Servicio Industrial de la Marina? Siendo así ¿se puede confiar en que serán
tratados sin protección ni amparo alguno como corresponde?
¿Es verdad que se realizan
inspecciones ficticias a los barcos? ¿Los jefes de flota, bahías o patrones y
capitanes de embarcaciones peruanas tienen algo que decir, en función a sus
experiencias, en relación a las inspecciones anuales que deben pasar?
En una realidad en la que hay
una fuerte influencia china en nuestra economía…¿podemos confiar realmente en
que las autoridades navales y del ejecutivo apostarán por la defensa de los
intereses pesqueros peruanos?
El Ministerio de la Producción
ha dispuesto, mediante la RM Nº 000222-2024-PRODUCE, la asignación de una cuota
de captura de 499 683 toneladas de pota.
Esta cifra se basa en lo
mencionado en el Informe Técnico “INDICADORES BIOLÓGICOS, PESQUEROS Y
POBLACIONALES DEL CALAMAR GIGANTE Dosidicus gigas y PERSPECTIVAS DE PESCA PARA
EL 2024”, remitido por IMARPE con el Oficio N° 0384-2024-IMARPE/PCD al
Ministerio.
¿La cuota está referida a todo
el stock de pota, o solamente al que se encuentra dentro del dominio marítimo
peruano?
¿Qué cuota o límite de captura
tiene la flota china que opera al borde del dominio marítimo peruano? ¿O no
tiene ninguno, bien sea impuesto por la OROP del Pacífico Sur u otra
organización?
En ese escenario, si a partir
de la milla 201 los chinos pueden pescar los volúmenes que deseen ¿qué sentido
tiene asignar una cuota dentro de las 200 millas, que no los limita a ellos
sino solo a los peruanos?
Si los chinos pescan sin
limitaciones fuera de nuestro dominio marítimo, ¿la flota peruana está impedida
de capturar más de la cuota si la extracción se hace fuera de las 200 millas?
Si así fuese ¿cómo se va a establecer controles a las embarcaciones peruanas
para ubicar con precisión el lugar de la captura?
Información sobre el puerto de Chancay en los
siguientes links:
https://senaldealerta.pe/almirante-y-gerente-a-la-vez-en-puerto-chancay/
https://senaldealerta.pe/chancay-altos-mandos-y-carpeta-fiscal/
https://senaldealerta.pe/chantaje-al-estado-peruano-en-puerto-chancay/
Más información sobre la flota pesquera china en los
siguientes links:
https://revistapesca.blogspot.com/2023/04/el-lobby-de-embarcaciones-de-bandera.html
https://revistapesca.blogspot.com/2023/08/la-pesca-china-en-altamar-la-amenaza.html
https://app.box.com/s/r5gibptae8p01dhuxe4nsk15y4f816n7
https://revistapesca.blogspot.com/2023/12/ingreso-de-barcos-pesqueros-chinos.html
https://revistapesca.blogspot.com/2023/12/el-ingreso-de-barcos-chinos-los.html
https://revistapesca.blogspot.com/2024/04/el-control-de-ingreso-de-barcos.html
https://revistapesca.blogspot.com/2024/05/produce-sanciona-nave-pesquera-china.html
https://revistapesca.blogspot.com/2024/05/los-interes-extranjeros-contra-los.html
https://revistapesca.blogspot.com/2024/07/las-medidas-para-controlar-el-ingreso.html
https://revistapesca.blogspot.com/2024/05/la-cuota-de-pota-2024.html
EL ARTICULO COMPLETO CON
ANEXOS EN EL SIGUIENTE LINK: