No creas en todo lo que se dice.

Aun cuando creas que algo aparece claro, ponlo en duda y no reposes. Duda de todo lo que parece ser bonito y verdadero. Pregúntate siempre: «¿Para qué?». No creas que una cosa sola es buena; lo recto no es recto y tampoco lo curvado es curvado. Si alguien dice que un valor es absoluto, pregúntale en voz baja: «¿Por qué?». La verdad de hoy puede mentir ya mañana. Sigue el río desde donde comenzó el torrente. No te basten las piezas aisladas. Pregúntate siempre: «¿Desde cuándo?». Busca las causas, une y disuelve, atrévete a mirar tras las palabras. Si alguien dice: «Esto es bueno (o malo)», pregúntale en voz baja: «¿Para quién?» Friedrich Paulus

La debida gestión pesquera

La Revista Pesca es un medio de información alternativo que presenta artículos, opiniones y noticias referidas a la pesca en el Perú y el mundo, con énfasis en la política pesquera, la sostenibilidad de los recursos pesqueros y la seguridad alimentaria. En este blog se publican notas de importancia, así como novedades del sector pesquero. En 2025 cumplimos 66 años de publicación en el Perú.

miércoles, 22 de octubre de 2025

LA INVESTIGACION DE LA POTA Y LOS DERECHOS DE PESCA

 

Este es un asunto importante, porque si el Ministerio pide a los armadores que financien la investigación pesquera, debe, por lo menos, explicar cuánto ha recaudado por derechos de pesca y en que han sido empleados. Ningún Ministro ha dado cuenta de este asunto y es injusto que se oculte esta información al sector. Más aún cuando se pide a los armadores que financien una actividad de investigación que es responsabilidad del Estado y no del administrado.

Esto permitiría evaluar en cifras reales, cuánto es lo que la sociedad peruana percibe como retribución de la industria pesquera por el privilegio de extraer peces del dominio marítimo peruano.

El país no conoce el monto recaudado por derechos pesca, quienes pagaron, quiénes deben y en qué se ha empleado esta recaudación. Produce es el ente responsable de esta recaudación. Transfiere el 50% al MEF para alimentar el canon pesquero y retiene el 50%. ¿En qué lo ha empleado en los últimos 15 años? La única información pública de la cual se puede deducir el monto recaudado es la transferencia de canon pesquero que efectúa el MEF. Al ser el 50% se deduce cual es la cifra retenida por Produce. Pero la autoridad de pesquería no exhibe la información en forma transparente.

La investigación en pesquería ha tenido, desde siempre, un sesgo orientado a la anchoveta en desmedro de investigación sobre otros recursos y está, además, gestionando que los armadores financien operaciones de investigación, como las Eureka y ahora la pota, lo cual es inapropiado siendo el país con mayor volumen de desembarques del mundo. El Imarpe debe contribuir a mejorar la investigación sin recurrir a los armadores. Este asunto pone sobre la mesa el nunca aclarado tema de los derechos de pesca.

Nos lleva a cuestionar si es moral, ética y debidamente aceptable, que el Ministerio pida a los armadores que financien la investigación, en este caso de la pota, sin mostrar cuáles son los saldos no utilizados de los derechos de pesca, así como en qué se han utilizado. Nos permitiría saber por qué no se emplean esos saldos, si los hubiese, en la investigación de la pota en lugar de gravar a los armadores.

El siguiente texto se encuentra en un comunicado del Ministerio de la Producción del día 21 de octubre 2025:

“El Ministerio de la Producción (PRODUCE) anunció la convocatoria oficial para la participación en la “Operación Calamar Gigante IV”, conforme a lo dispuesto en el artículo 1° de la Resolución Ministerial N.° 332-2025-PRODUCE, que autoriza a las embarcaciones pesqueras artesanales a ser parte de esta nueva edición, programada para desarrollarse durante la segunda semana del mes de noviembre…el Ministerio CONVOCA A LOS ARMADORES DE EMBARCACIONES PESQUERAS ARTESANALES Y A LAS ORGANIZACIONES DEL SECTOR a manifestar su interés en participar, poniendo a disposición sus embarcaciones y cumpliendo con los requisitos establecidos para la inscripción correspondiente.

Requisitos para la inscripción y participación:

• El armador o dueño de la embarcación cubrirá los gastos de navegación y tripulación durante toda la operación.”

https://www.gob.pe/institucion/produce/noticias/1268584-produce-convoca-a-pescadores-artesanales-a-participar-en-la-operacion-calamar-gigante-iv

Pero este detalle no se menciona en la Resolución publicada el día 23

https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2450169-1

En consecuencia no se puede saber a ciencia cierta quien asume el costo.

La norma vigente sobre los derechos de pesca es el capítulo III del Reglamento de la Ley General de Pesca DS 012-2001-PE que establece que los armadores de embarcaciones pesqueras mayores de 32,6 metros cúbicos de capacidad de bodega y las comprendidas en el numeral 1.2 del inciso a) del Artículo 30 del Reglamento están obligados a pagar los derechos de pesca establecidos en el Artículo 45 del Reglamento y los que fije el Ministerio de Pesquería en función a cada recurso hidrobiológico no contemplado en dicho artículo.

La Resolución Ministerial Nº 386-2008-PRODUCE resuelve constituir la Comisión Especial a que se refiere el artículo 27º del Reglamento de la Ley General de Pesca que tiene como funciones analizar, evaluar, aprobar y priorizar la ejecución de actividades y/o proyectos con fines de investigación científica, tecnológica, capacitación y otros vinculados al desarrollo pesquero, para lo cual, en el caso de proyectos deberán contar previamente con un pronunciamiento sobre la viabilidad de éstos de la Oficina de Programación e Inversiones del Sector Producción, de conformidad a lo establecido en la normativa del Sistema Nacional de Inversión Pública.

Conceptualmente, el procedimiento es apropiado; pero implica en primera instancia, conocer los saldos de los cuales dispone la OGA provenientes de la recaudación de los derechos de pesca, una vez efectuada la transferencia que corresponde al MEF para el canon pesquero.

Con dicha información, la Comisión sabría de cuánto dinero dispone para ser aplicado en cumplimiento a las normas descritas de empleo de este dinero.

Pero en el tiempo la OGA del Ministerio no ha venido haciendo pública esta información. Se presume que es debido a que el sistema administrativo contable no permite y/o no facilita conocer los saldos con precisión. Lo que ocurre es que a la recaudación de derechos de pesca se le da el tratamiento de Recursos Directamente Recaudados (RDR), por lo cual entran a una sola cuenta que se mezcla con otros RDRs. Por tanto debe ser complicado conocer con exactitud qué saldos existen en la cuenta específica “Derechos de Pesca”.

Las normas vigentes no indican expresamente que la información derivada de las cobranzas, morosos, omisos al pago y/o declaración jurada y empleo de los recursos directamente recaudado proveniente de los Derechos de Pesca se publiquen para conocimiento público.

Por tanto ni el sector ni la opinión pública tienen acceso a conocer detalles de la eficiencia de la cobranza, ni a saber quiénes han pagado y quienes no han pagado ni a conocer cómo se emplean estos dineros. Por tanto nadie fuera del Produce fiscaliza.

Pero es cuestión de voluntad política del Ministro el revertir esta situación y hacer transparente la información.

La extracción proveniente de la flota artesanal no está sujeta al pago de derechos de pesca.