La debida gestión pesquera

El mayor fallo de la gestión es que ni los pescadores ni los gestores poseen los conocimientos necesarios para dirigir algo tan complejo como un ecosistema marino costero. El derecho a pescar no se debería basar en si uno dispone del dinero suficiente para comprarse un barco, sino en los conocimientos y la voluntad de trabajar en colaboración con los gestores y los científicos para hacer que la pesca sea sostenible. El derecho a pescar se debería ganar o perder según la voluntad de aceptar unos límites razonables a las capturas. Paul Greenberg

REVISTA PESCA

La Revista Pesca es un medio de información alternativo que presenta artículos, opiniones y noticias referidas a la pesca en el Perú y el mundo, con énfasis en la política pesquera, la sostenibilidad de los recursos pesqueros y la seguridad alimentaria. En este blog se publican notas de importancia, así como novedades del sector pesquero.

En 2023 cumplimos 64 años de publicación en el Perú.

Las ediciones a partir del 2010 se publican en formato digital (PDF) en la siguiente página web: http://www.issuu.com/revistapesca/docs


Merecemos una gestión de la pesca con visión de país y compromiso con el ciudadano.

Los peces del Perú, primero para los peruanos


sábado, 28 de mayo de 2022

MULTAS Y SANCIONES EN EL SECTOR PESQUERO PERUANO

El presente Decreto Supremo tiene por objeto establecer un régimen excepcional y temporal de reducción de las multas impuestas por el Ministerio de la Producción, en materia pesquera y acuícola, hasta la fecha de entrada en vigencia de la presente norma.

https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-supremo-que-establece-un-regimen-excepcional-y-tempo-decreto-supremo-n-007-2022-produce-2071417-11/

El asunto es evaluar la corrección y eficacia de estas medidas y su impacto sobre la pesca, sobre el principio de autoridad, así como el origen y/o motivación de estas medidas. ¿Se trata de favorecer realmente al pescador artesanal? Probablemente si, pero también se favorece a los grandes deudores y culpables de faltas reales que ameritaron la sanción.

Estas medidas podrían llevar a evaluar la existencia misma de la Dirección General de Supervisión Fiscalización y Sanción del Ministerio de la Producción. ¿En que medida su labor se vuelve eficaz si una decisión política le restará autoridad y eficacia? ¿O será hora de convertirla en una Superintendencia como ya se ha sugerido varias veces? 

Es probable que haya sanciones elevadas y/o injustas en algunos casos, pero es la única herramienta disuasiva que este organismo dispone para controlar la pesca. Al aplicar una reducción en general se premia a los infractores que realmente merecen la sanción. 

Si ésta se licúa o desaparece de cuando en cuando, ¿Qué razón efectiva tiene la existencia de un organismo controlador y sancionador?

Ojo Público realizó un interesante análisis del tema en 2017, que sigue vigente a la luz de los hechos actuales y que puede leerse en el siguiente enlace:

https://ojo-publico.com/500/gobierno-plantea-reducir-multas-para-la-pesca-ilegal-de-anchoveta-hasta-un-95

Lo curioso es que la última medida no ha sido comentada,   hasta hoy por lo menos, en ningún medio de comunicación ni se le ha dado la difusión que merecería dado su impacto sobre la falla del principio de autoridad.

Esta norma obedece, seguramente a una decisión política, salvo que el informe técnico que debería sustentarla, presente una metodología que soporte un descuento del 90%.

Algunos especialistas dicen que el año 2017 existieron multas que no tenían sustento económico. Sin un marco teórico y/o metodológico. Con una nueva teoría se ajustaron todas las sanciones que generaron un nuevo reglamento.

El año 2018 se condonó  menos del 60% de las multas,  con un informe técnico. En este año 2022 sería interesante que se publique el informe que sustenta la última reducción de multas.

En 2017, el entonces Ministro de la Producción redujo las multas para la pesca ilegal a través de un nuevo reglamento, tal como dice la nota a continuación.

 “El titular del Ministerio de la Producción, Pedro Olaechea justificó la decisión de reducir las multas para la pesca ilegal de anchoveta que entrarían en vigencia desde octubre.

https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-supremo-que-aprueba-el-reglamento-de-fiscalizacion-y-decreto-supremo-n-017-2017-produce-1585361-5/

No sirvieron. Actualmente las sanciones equivalen al 60% de lo que los infractores obtendrían al convertir sus pescas en harina de pescado. Según el nuevo reglamento de inspección y sanciones que emitirá el Produce estas multas son excesivas y no han servido para rebajar las infracciones de los pescadores, armadores y empresarios.

En entrevista con RPP Noticias dijo que "las multas han sido terribles, han generado una crisis en el sector y no han parado".

"Por lo cual hemos redefinido la acción por la cual se debe multar, hemos redefinido el evento, que es la captura de juveniles. Hoy cuando se capturan juveniles estos no son tirados al mar porque ya están muertos, y se da inmediatamente aviso al puerto y se cierra el cuadrante donde se ha encontrado el pescado de este tamaño", dijo en Ampliación de Noticias.

El nuevo Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras (RISPAC) contempla sanciones más claras y medidas, que hagan que el infractor reconozca su culpa

Menos incidencia. Resaltó que este año hubo una pesca realmente buena y que se espera que la captura incidental de juveniles esté por debajo de los límites permitidos.

"Hemos llegado a 13.9% debido al control y ya los mismos pescadores están colaborando. Entonces con capacitación, con multas bien definidas, con actividades en las cuales los pecadores entienden la ventaja de entrar, está disminuyendo hoy día el problema", dijo el ministro .

Indicó además que el Perú implementará a partir de octubre un acuerdo para prevenir y eliminar la pesca ilegal y que se les entregará a los pescadores una certificación de lo que están pescando.

"Estamos trabajando muy cerca del pescador artesanal para que tengan su indicador de dónde han sacado el pescado para que cuando lo vendan puedan acceder a mejores mercados como el europeo, americano, los mercados internacionales", explicó.

El ministro Olaechea dijo que las multas no han sido efectivas en erradicar esa mala práctica en el litoral peruano”. | Fuente: ANDINA

Fuente:

https://rpp.pe/economia/economia/olaechea-responde-porque-bajarian-multas-para-la-pesca-ilegal-de-anchoveta-noticia-1079455

En 2022 se aplica una medida similar, lo que indicaría que lo actuado por el Ministro Olaechea en 2017 no fue efectivo, o no fueron ciertas las consideraciones que lo llevaron a dictar esas medidas.

Produce dispone de reducción temporal de multas al sector acuícola y pesquero

Para sanciones de hasta 50 UIT la escala de reducción es de 90%; en las de hasta 200 UIT en 70% y las mayores a 200 UIT alcanza el 50%. El plazo para acogerse a este beneficio es durante los próximos 90 días hábiles.

Se debe que el plazo para recibirse este beneficio es durante los próximos 90 días hábiles y aplica para sanciones de multas pendientes de pago. (Foto: Produce)

El Gobierno peruano dispuso un régimen excepcional y temporal de reducción de las multas impuestas por el Ministerio de la Producción (Produce) en materia pesquera y acuícola.

A través del Decreto Supremo Nº 007-2022-Produce, publicado hoy en el diario El Peruano, se establece que la escala de reducción alcanza hasta el 90% en sanciones de hasta 50 UIT; 70% para las de hasta 200 UIT; y de 50% para las mayores de 200 UIT.

El titular de Produce, Jorge Prado Palomino, explicó que este régimen excepcional de reducción de multas se da con la finalidad de reducir los impactos económicos generados por la propagación del COVID-19, la cual ha afectado a toda la cadena productiva del sector pesquero.

 “Considerando los esfuerzos realizados por gran parte de la ciudadanía y las acciones emprendidas para combatir la propagación de esta pandemia, se identificó esta necesidad de apoyar al sector pesquero y acuícola”, afirmó.

plazos y formas

Se tendrá que el plazo para recibir este beneficio es durante los próximos 90 días hábiles y aplica para sanciones de multa pendientes de pago, en plazo de impugnación, impugnadas en vía administrativa o judicial y en ejecución coactiva, aún si estas se encuentran siendo materia del recurso de revision judicial.

Se encuentran fuera del ámbito de aplicación de la presente norma las multas administrativas sujetas al beneficio establecido en el artículo 42 del Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 017-2017-Produce; o al régimen excepcional y temporal de beneficio para el pago de multas administrativas establecido en la Única Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 006-2018-Produce.

Asimismo, se precisó que las personas naturales o jurídicas concluyeron ante la Dirección de Sanciones de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción, la solicitud de acogimiento a la reducción de multa y/ o fraccionamiento, conforme con lo establecido en el artículo 124 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS.

Por último, la Dirección de Sanciones de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura emitirá la Resolución que aprueba o deniega la solicitud de pago fraccionado de la multa en un plazo máximo de 30 días hábiles, contado desde la recepción de la solicitud. Vencido dicho plazo, sin pronunciamiento expreso, el solicitante podrá considerar denegada su solicitud.

fuente

https://elcomercio.pe/economia/produce-dispone-reduccion-temporal-de-multas-al-sector-acuicola-y-pesquero-rmmn-noticia/

 


 


martes, 17 de mayo de 2022

Las salvaguardias y la industria

 

La decisión de no proteger a la industria textil peruana, debe generar tranquilidad en la industria pesquera y en la China.

Pero... ¿es lo debido?

https://andina.pe/agencia/noticia-no-aplicaran-salvaguardias-provisionales-a-importaciones-confecciones-893050.aspx?fbclid=IwAR1vK0HkK5MLimVpQdwGd_vaNELcJmI7HnCbPLHNfFbE5hTDuL3K-dRXqOE

Con el tiempo se debería conocer si las razones que sustentan esta medida son técnicas o políticas.

En honor a la verdad, las prendas importadas de la China son de una dudosa calidad pero de muy bajo precio. Lo barato suele durar muy poco, como que es lo que ocurre. Se sacrifica calidad por precio y se condena a la industria nacional textil; pero otras industrias son favorecidas.

Por tanto ¿cuál es la verdad detrás de esta decisión de no proteger a la industria textil peruana?

http://revistapesca.blogspot.com/2022/05/exportaciones-pesqueras-peruanas-china.html



viernes, 13 de mayo de 2022

EXPORTACIONES PESQUERAS PERUANAS A CHINA ESTARÍAN EN RIESGO POR SALVAGUARDAS

 

En relación a este tema, algunos sugieren que cualquier salvaguarda o acción que el Estado peruano aplique que pueda fastidiar a China podría afectar a las exportaciones pesqueras.

Entonces ¿no se debe hacer nada que incomode a la China?

En ese contexto tampoco debería decirse nada sobre la presencia de la flota pesquera china que opera al borde de nuestro dominio marítimo ¿o sí?

¿Debe entenderse que se prefiere que la industria textil sufra la competencia desleal de importaciones que están afectándola para que no se perjudique la industria pesquera?

¿Por qué el Estado debería desproteger a la industria textil u otras en beneficio de la industria pesquera?

Las exportaciones pesqueras ¿generan 700 mil empleos? Sería interesante conocer la fuente de ese dato.

 

“Los envíos agrícolas y de pesca no tradicionales a China, valorizados en US$ 523 millones al año, podrían estar en riesgo si la Comisión Multisectorial conformada por los ministerios de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur), de la Producción (Produce) y de Economía y Finanzas (MEF), acuerda aplicar medidas de salvaguarda a las confecciones provenientes del gigante asiático y Bangladesh, advierte la Sociedad de Comercio Exterior del Perú (ComexPerú).

Y es que desde fines del 2021 el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y Propiedad Intelectual (Indecopi) viene recopilando información para determinar si el ingreso de confecciones del Asia al Perú afecta a la industria local de elaboración de prendas como lo señalan -principalmente- los comerciantes del emporio de Gamarra.

El informe final estaría listo en junio próximo, aunque el Produce adelantó en febrero pasado que -con un informe preliminar-, podrían aplicar una salvaguarda provisional que sería de máximo 200 días.

De acuerdo a la gerente general de ComexPerú, Jessica Luna, la decisión estaría por concretarse. “Lo que sabemos es que el Indecopi ya remitió a la Comisión Multisectorial el informe y estaría tomando una decisión en los próximos días pese a que existe un riesgo de que China aplique represalias a nuestros envíos”, dijo a Gestión.pe.

China es hoy el principal socio comercial de Perú y cada año recibe más de 700 productos peruanos nuevos, de los cuales el 95% son no tradicionales. Solo en productos agrícolas no tradicionales como la uva, palta Hass, arándanos y tara en polvo, hay un mercado de más de US$ 230 millones al año.

De acuerdo a Luna, China ha expresado su desacuerdo con la aplicación de una medida de salvaguarda por lo que se prevé posibles sanciones. Ya en el 2021, cuando Indecopi realizaba una primera evaluación para la aplicación de salvaguardas, el país asiático decidió no renovar la autorización de exportación a once plantas pesqueras de consumo humano directo (CHD) de Perú.

Cayetana Aljovín, presidenta de la Sociedad Nacional de Pesquería (SNP), aclaró que no afirman ni descartan que la desautorización se dio como consecuencia de las salvaguardas, pero “lo cierto es que en el pasado no se habían dado este tipo de situaciones.

Pese a ello, las empresas han podido resolver el problema en los último meses. Así, los envíos a China en el año 2021 sumaron US$ 1,925 millones, lo cual representó el 49% de las exportaciones pesqueras, siendo la harina de pescado el principal producto con cerca de US$ 1,500 millones.

Para Aljovín, China podría tomar represalias contra especies no tradicionales o acuícolas, cuyos envíos alcanzaron los US$ 293 millones en el 2021.

“China es el principal mercado de nuestras exportaciones pesqueras y ello puede verse perjudicado con la aplicación de salvaguardas que no respondan a criterios técnicos comprobados. Por tratarse de una medida arbitraria, se generarían sin duda, medidas de retaliación en contra de nuestras exportaciones pesqueras, perjudicando seriamente al país y a los más de 700,000 empleos que este sector genera directa e indirectamente”, remarcó.

Este diario solicitó información al Indecopi sobre el avance del estudio, sin embargo, mencionaron que la información se mantenía en reserva y que todavía estaban dentro del plazo asignado.

Posiciones

Susana Saldaña, dirigente de Gamarra, argumentó en una anterior entrevista (Gestión 16.02.22) que la importación de prendas desde China y Bangladesh creció 52% entre el 2016 y 2020, con precios 33% mas bajos, “lo que afecta la producción nacional de alta calidad por el uso de algodón”.

Al respecto, ComexPerú menciona que la solución al problema por el que atraviesan los microempresarios textiles pasa por el acceso al crédito e innovación y no las salvaguardas. Muestra de ello -menciona-, es que desde hace 26 años se aplica medidas antidumping para el calzado proveniente del Asia pero la producción local se ha mantenido igual -pese a que tiene acceso a más de 20 mercados- por falta de financiamiento e innovación.

“Si se aplican salvaguardas aumentas el arancel a la ropa importada por lo que el costo de importación será más caro y tendrá impacto en el bolsillo de la población que ya tiene problemas por la subida de precios de la canasta básica”, dijo.

Evolución textil

Durante el primer trimestre del 2022, la importación de confecciones desde China y Bangladesh crecieron 4.3% y 8.51%. respectivamente. en comparación al mismo periodo del 2019. Mientras que el de textiles creció en más de 62% desde ambos países en el mismo período de análisis (ver cuadro)”.

Fuente: Sunat. Elaboración ComexPerú

Mientras que las exportaciones peruanas de textiles, de acuerdo con cifras de la Sunat, alcanzaron un valor de US$ 132.9 millones solo en enero pasado, lo que equivale a un 31.1% más en comparación con el mismo mes del 2021 y un 33.3% más con respecto a enero del 2020.

“Ahorita la industria textil peruana se ve beneficiada porque hay una mayor demanda mundial por ropa. Después de dos años sin que nadie compre prendas debido al home office, la gente empieza a acudir a reuniones”, agrega Luna. Justamente, se prevé que la demanda de ropa crezca 6% este año y 5.3% en el 2023.

Fuente

https://www.futbolenvivo.com.co/comexperu-exportaciones-peruanas-a-china-por-us-523-millones-estarian-en-riesgo-por-salvaguardas/?fbclid=IwAR0CnILN4hw3FGS6uahiZhMIOvZ0tWuUpmCZBSl9ekZCYmDbgr4lPdLjjaI

 https://gestion.pe/economia/comexperu-exportaciones-peruanas-a-china-por-us-523-millones-estarian-en-riesgo-por-salvaguardas-noticia/#:~:text=Los%20env%C3%ADos%20agr%C3%ADcolas%20y%20de,MEF)%2C%20acuerda%20aplicar%20medidas%20de

domingo, 8 de mayo de 2022

EL PROYECTO DE LEY QUE CREA EL MINISTERIO DE PESQUERÍA

 

La aprobación en primera votación del proyecto de Ley 635/2021-CR viene siendo objeto de varias interpretaciones y apreciaciones.

En este sentido no es suficiente con leer el titular o el articulado del proyecto porque induce a error.

Este proyecto de Ley no crea el Ministerio de Pesca y Acuicultura. Simplemente lo declara de interés nacional. ¿Qué significa esto? Pues nada. Es una declaración lírica que no obliga al Ejecutivo a crear un nuevo Ministerio.

Para entender debidamente el tema hay que examinar la exposición de motivos del proyecto para darse cuenta de que su intención es puramente declarativa.

Por otro lado, la creación del Ministerio no necesariamente implica la mejora y optimización de la entidad. Si no, imaginemos que al actual PRODUCE se le cambia de nombre, permaneciendo en sus cargos los mismos funcionarios.

En los siguientes links se puede encontrar algunos comentarios sobre el tema:

https://revistapesca.blogspot.com/2020/04/el-ministerio-de-pesqueria-es-la.html

https://revistapesca.blogspot.com/2021/05/la-restitucion-del-ministerio-de.html

https://revistapesca.blogspot.com/2021/05/un-nuevo-modelo-institucional-para-la.html

La creación de un Ministerio de Pesca y Acuicultura, tiene que ser parte de un nuevo modelo de gestión, que incluya una Política Nacional que facilite la gobernanza marcando la visión sectorial de largo plazo, acompañada de un nuevo cuerpo de doctrina legal concordante con dicha política.

Es necesario, por otro lado, enfocar la problemática en forma integral, por lo cual no es suficiente la creación de un nuevo Ministerio.

Se requiere:

Crear el Ministerio de Pesca y Acuicultura en base al Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, lo cual no genera costos ni gastos nuevos.

Crear la Superintendencia Nacional de Pesca y Acuicultura (Sunapes) para asumir la función de fiscalización y sanción que hoy recae en el Ministerio de la Producción, garantizando así la independencia y tecnicismo de esta función.

Nuevo ROF del IMARPE y recomposición de su Consejo Directivo.

Crear el Instituto Tecnológico Pesquero en reemplazo del CITE Pesquero Callao.

Proponer una nueva Ley General de Pesca.

Elaborar la Política Nacional de Pesca y la Política Nacional de Acuicultura.

En relación al actual proyecto, literalmente, en parte de la exposición de motivos se lee:

ANTECEDENTES LEGISLATIVOS:

“El antecedente legislativo más reciente, es el Proyecto de Ley 5779/2020-CR, Ley que declara de necesidad pública e interés nacional la creación del Ministerio de Acuicultura y Pesca, presentado por el Congresista Josepht Pérez Mimbela el 22 de julio de 2020, siendo decretado a la Comisión de Descentralización, Regionalización, Gobiernos Locales, y Modernización de la Gestión del Estado. Sin embargo, no llegó a ser dictaminado, quedando sin estudio por parte de la Comisión.

En ese orden de ideas, resulta pertinente alertar al Poder ejecutivo, sobre la necesidad pública y el interés nacional de un cambio en la estructura actual del Ministerio de la Producción, y se contemple un cambio en su estructura.

ANÁLISIS COSTO BENEFICIO

Según la información de la Oficina General de Evaluación de Impacto y Estudios Económicos del Ministerio de la Producción, en el país existen 90,000 pescadores artesanales cuya mayor concentración está en Piura, ¡ca, Arequipa y Ancash.

De otro lado, en el portal institucional de PRODUCE se precisa que, de acuerdo con ¡a Encuesta Nacional de Hogares (ENAHO 2019), se estima que la población pesquera artesanal marítima y continental llegaría a los más de 93,000 empleos directos en e/ámbito marítimo y continental.

Asimismo, señalan que "los ingresos monetarios percibidos por la pesca artesanal serían el sustento económico de más de 300,000 personas a nivel nacional".

Considerando que la norma, no demandará recursos adicionales, y que su aprobación y publicación, contribuirán a que el Poder ejecutivo evalúe la opción de reorganizar el Ministerio de la Producción en favor de los agentes de la actividades pesquera y acuícola, el resultado esperado será significativamente superior a su costo.

EFECTOS DE LA VIGENCIA DE LA NORMA EN LA LEGISLACIÓN NACIONAL

La presente iniciativa al ser de carácter declarativo, busca alertar al Poder ejecutivo sobre la imperiosa necesidad de contar con un Ministerio de Pesquería y Acuicultura para administrar, regular y supervisar adecuadamente este sector productivo, por lo que no contraviene ningún artículo de la Constitución Política del Perú, y no modifica ni colisiona con normas de la legislación vigente”.

El Gobierno Militar del Gral. Juan Velazco Alvarado creó el Ministerio de Pesquería, mediante el D.L. 18026, el 16 de diciembre de 1969, siendo nombrado como primer Ministro de Pesquería el Gral. Javier Tantaleán Vanini.

El Ministerio de la Producción fue creado por Ley N° 27779 - Ley Orgánica modificatoria de la Organización y Funciones de los Ministerios, publicada el 11 de julio del 2002, a partir de la fusión del Ministerio de Pesquería y parte del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales – MITINCI, determinándose su competencia en materia de las actividades extractivas y productivas comenzando en los sectores industria y pesquería (Art. 33°).

De acuerdo al Decreto Legislativo N° 1047, que aprobó su Ley de Organización y Funciones, y a la Ley N° 29271, que le transfirió la competencia en MYPE y le asignó la competencia en cooperativas, el Sector Producción comprende las competencias de Pesca, de Acuicultura, de Industria, de Comercio Interno, de MYPE y de Cooperativas.

Si realmente hubiese voluntad política por crear el Ministerio, lo sensato hubiese sido proponer y aprobar una ley que lo crea, exactamente como se creó en 2002 el actual PRODUCE.

¿Cuál es entonces, el sentido de aprobar un proyecto de ley que es de carácter declarativo, y que solo busca alertar al Poder ejecutivo sobre la imperiosa necesidad de contar con un Ministerio de Pesquería y Acuicultura?

La aprobación del Proyecto de Ley 635/2021-CR resulta ser tan solo una declaración lírica que no obliga al Ejecutivo a crear un nuevo Ministerio.

El tiempo invertido en este proyecto bien pudo ser dedicado a la creación efectiva de un Ministerio de Pesca y Acuicultura.