La debida gestión pesquera

El mayor fallo de la gestión es que ni los pescadores ni los gestores poseen los conocimientos necesarios para dirigir algo tan complejo como un ecosistema marino costero. El derecho a pescar no se debería basar en si uno dispone del dinero suficiente para comprarse un barco, sino en los conocimientos y la voluntad de trabajar en colaboración con los gestores y los científicos para hacer que la pesca sea sostenible. El derecho a pescar se debería ganar o perder según la voluntad de aceptar unos límites razonables a las capturas. Paul Greenberg

REVISTA PESCA

La Revista Pesca es un medio de información alternativo que presenta artículos, opiniones y noticias referidas a la pesca en el Perú y el mundo, con énfasis en la política pesquera, la sostenibilidad de los recursos pesqueros y la seguridad alimentaria. En este blog se publican notas de importancia, así como novedades del sector pesquero.

En 2023 cumplimos 64 años de publicación en el Perú.

Las ediciones a partir del 2010 se publican en formato digital (PDF) en la siguiente página web: http://www.issuu.com/revistapesca/docs


Merecemos una gestión de la pesca con visión de país y compromiso con el ciudadano.

Los peces del Perú, primero para los peruanos


martes, 29 de septiembre de 2020

LA ASIGNACIÓN DE LA CUOTA PERUANA DE JUREL EN LA ZONA OROP

El Ministerio de la Producción (Produce) adjudicó 13,793 toneladas de jurel (Trachurus murphy) que corresponden al excedente no aprovechado de la cuota del recurso de alta mar disponible, al Consorcio Blumar – Camanchaca, integrado por Blumar S.A. y Camanchaca Pesca Sur S.A.

La asignación de la cuota de jurel en alta mar a la empresa ganadora del concurso se basa en lo siguiente:

La Organización Regional de Ordenación Pesquera del Pacífico Sur (OROP - PS), de acuerdo a sus medidas de conservación y manejo, asigna anualmente al Perú una cuota de jurel en alta mar, para ser utilizada en el ámbito de la convención. 

La cuta de jurel de alta mar es asignada a los armadores de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional. En caso de existir un remanente de la cuota de jurel de alta mar que no hubiese sido asignado a los armadores de embarcaciones pesqueras de bandera nacional, puede ser asignado a los armadores de bandera extranjera mediante Concurso Público. 

Para acceder a la cuota de jurel en alta mar los armadores de embarcaciones pesqueras de bandera nacional deben encontrarse registrados en el Registro Único de Embarcaciones Pesqueras que realizan Actividades Pesqueras en la Zona de Alta Mar en el marco del Decreto Supremo Nº 002-2015-PRODUCE; y las embarcaciones de bandera extranjera deben formar parte del Registro de Embarcaciones Autorizadas para pescar jurel (Trachurus murphyi) de la OROP - PS. 

La cuota del recurso jurel de alta mar conferida al Estado Peruano por la Organización Regional de Ordenación Pesquera del Pacífico Sur (OROP - PS), es publicada en el portal web del Ministerio de la Producción dentro de los cinco (05) días hábiles de aprobada la medida de conservación y manejo por la Comisión de la OROP-PS que así lo establezca. 

Los armadores de las embarcaciones pesqueras que enarbolan bandera nacional, pueden presentar a la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura una declaración de interés de capturar la cuota de jurel en el ámbito de la Convención. 

Finalizado el plazo para la presentación de declaraciones de interés por parte de los armadores de embarcaciones pesqueras con bandera nacional, se determina el remanente de la cuota de jurel en alta mar no asignada o disponible, procediéndose al inicio del proceso de asignación a los armadores de las embarcaciones pesqueras de bandera extranjera de los Miembros o Partes No Contratantes Cooperantes de la OROP-PS, mediante Concurso público. 

Y esto último es lo que ha ocurrido. 

Pese a disponer de cuota de captura para el jurel, en 2017, 2018, 2019 y 2020, el Perú no ha realizado esfuerzo pesquero con embarcaciones de bandera peruana en la jurisdicción de la OROP. 

Dado que la flota nacional decide pescar sólo en aguas nacionales, el Estado ha encontrado como mecanismo de aprovechamiento de los recursos pesqueros que se encuentren más allá de las 200 millas, específicamente en el caso de del Organismo Regional de Ordenamiento Pesquero del Pacífico Sur, acudir a embarcaciones de bandera extranjera a través de un mecanismo denominado “arrendamiento”, que en términos prácticos es la venta de la cuota a terceros países. 

La Sociedad Nacional de Pesquería - SNP, de acuerdo a sus comunicaciones alcanzadas, informó que, considerando las condiciones y la localización de la zona de pesca de jurel frente a las costas chilenas, donde las restricciones establecidas por dicho país hacen muy difícil una actividad en esta zona, las empresas asociadas a la SNP, no tuvieron previsto realizar esfuerzo pesquero. 

No se cuenta con una flota de altura que realice capturas en el alta mar y en el propio dominio marítimo peruano. En todo caso ¿Cuáles son las razones por las cuales por las que la flota nacional no realiza operaciones en dicha zona? Amerita un análisis para diseñar un marco promotor que incentive eficazmente a embarcaciones de bandera peruana a operar en toda la jurisdicción de la OROP del Pacífico Sur, de la CIAT y en el triángulo del Sur, donde tampoco hay información, visible por lo menos, de actividad extractiva. 

El tema de fondo es que no se cuenta con una visión de la pesquería para el Perú enmarcada en una Política de Estado para el sector.

lunes, 28 de septiembre de 2020

LA POLITICA NACIONAL MARITIMA Y LA PESCA EN EL PERU

 Referencia

El Poder Ejecutivo tiene entre sus competencias exclusivas, la de diseñar y supervisar políticas nacionales, las mismas que se aprueban por decreto supremo, previa aprobación del Consejo de Ministros, de acuerdo al inciso 1 del artículo 4 de la Ley 29158: Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno.

En concordancia con lo dispuesto en el Decreto Supremo 029-2018-PCM, las Políticas Nacionales constituyen decisiones de política a través de las cuales se prioriza un conjunto de objetivos y acciones para resolver un determinado problema público de alcance nacional y sectorial o multisectorial en un periodo de tiempo.

Las políticas nacionales multisectoriales, corresponden al subconjunto de políticas nacionales que buscan atender un problema o necesidad que requiere para su atención integral la intervención articulada de más de un sector, bajo el ámbito de competencia de dos o más Ministerios.

En tal sentido, mediante el Decreto Supremo 118-2017-PCM, se crea la Comisión Multisectorial de la Acción del Estado en el Ámbito Marítimo (COMAEM), de naturaleza permanente, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros, teniendo como objeto, el seguimiento y la fiscalización de las políticas sectoriales, regionales y locales, y la emisión de informes técnicos a fin de proponer una política nacional marítima y su permanente actualización, y sobre otros aspectos vinculados a las actividades que se desarrollan en el ámbito marítimo nacional.

Para ello, se desarrollaron diversas reuniones de trabajo con los representantes de los sectores miembros de la COMAEM, bajo el asesoramiento técnico permanente de los representantes del CEPLAN, trabajo que demando un esfuerzo multisectorial importante, logrando obtener un proyecto de Política Nacional Marítima, consensuado y validado por todos los sectores, el mismo que fue presentado en la Octava Sesión Ordinaria de la COMAEM, siendo aprobada por consenso por todos los sectores componentes de la Comisión.

La Política Nacional Marítima responde a la necesidad de integrar la acción del Estado en el mar y contribuye a fortalecer la articulación de las políticas sectoriales en el ámbito marítimo, para una mejor y oportuna toma de decisiones consensuadas a nivel del Estado que fortalezca el bienestar general, considerando los enfoques de genero e interculturalidad, en el análisis del problema público.

En tal sentido, esta política nacional constituye el deseo colectivo tanto de hombres como mujeres de la nación de usar y proteger el ámbito marítimo y aprovechar sus recursos, que implican los espacios, actividades y factores vinculados a ella, para su desarrollo de una manera eficiente.

Para la identificación y delimitación de la situación problemática, los miembros del comité de trabajo II remitieron los problemas que cada sector percibía en el ámbito marítimo. Los aportes se compilaron en una declaración que fue discutida y validada por el mismo comité.

Posteriormente, se procedió a diagnosticar los problemas identificados y las variables que los componen sobre la base de evidencia existente, como datos estadísticos, juicios de expertos, estudios e investigaciones, entre otros. Se analizaron las relaciones de influencia y dependencia entre las variables para identificar el rol que desempeña cada una en el desarrollo del ámbito marítimo. El método que se utilizó fue la Matriz de Impactos Cruzados, Multiplicación Aplicada a una Clasificación (Micmac). Para su ejecución, se desarrolló un taller con los miembros del comité de trabajo II.

Instituciones que conformaron el Comité de Trabajo II:

1 Centro Nacional de Planeamiento Estratégico

2 Ministerio de Defensa, Marina de Guerra del Perú

3 Ministerio de Relaciones Exteriores

4 Ministerio de la Producción

5 Ministerio de Transportes y Comunicaciones

6 Ministerio del Ambiente

7 Ministerio de Energía y Minas

8 Ministerio de Educación

9 Ministerio de Cultura

10 Ministerio de Comercio Exterior y Turismo

 

El Decreto Supremo N° 012-20129-DE, promulgado el  23 de diciembre de 2019, dice:

Artículo 1.- Aprobación de la Política Nacional Multisectorial

Apruébase la Política Nacional Marítima 2019-2030, de carácter Multisectorial, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo.

Artículo 2.- Conducción de la Política Nacional Multisectorial La conducción de la Política Nacional Marítima 2019-2030 está a cargo del Ministerio de Defensa.

El artículo 1.4.4. Situación actual del problema público, en su párrafo c. Desarrollo  Productivo del ámbito marítimo, contiene los incisos (1) Pesquería y (2) Acuicultura

En esta sección se aborda el tema pesquero, constituyendo el primer antecedente de una Política de Estado para el sector pesquero, por lo cual el día que se formule la Politica Nacional de Pesca y la Política Nacional de Acuicultura, deberá está alineada con la Política Nacional Marítima. Al haber participado el PRODUCE en la formulación de la misma a través de un representante del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, es de presumir que se incorporó a la pesca y acuicultura debidamente.

Pero sigue siendo una Política generada en un sector que la ve como componente del tema marítimo.

En el inciso (1), que se refiere a algunos antecedentes y estadísticas de la pesca, se menciona el consumo de pescado per cápita con una cifra tomada del Anuario Estadístico de PRODUCE, pero que no está en línea con la cifra que maneja el Programa A Comer Pescado. El Ministerio trabaja bajo el método de FAO y el Programa toma cifras de la ENAHO, que algunas autoridades vienen usando públicamente creando confusión. Mientras la autoridad sectorial no sincere cuál es la cifra a emplear, tenemos una línea de base incierta, lo cual debe corregirse cuando se diseñe la Política de Pesca.

En otro párrafo menciona: “Respecto a las problemáticas que afectan al sector pesquero y acuícola, entre las principales se encuentra la pesca ilegal, la informalidad, la variabilidad climática y el cambio climático; adicionalmente, los pescadores tienen un bajo nivel de organización y capacidad de gestión, lo que afecta los niveles óptimos de producción, sus beneficios económicos sujetos a la abundancia de los recursos, estacionalidad, demanda y sus propias necesidades”

La pregunta es: ¿son estos todos los problemas o parte de ellos?

En esta línea ¿Qué problemas se plantearían ante el CEPLAN, dado que su metodología exige la definición del problema público? Porque aunque parezca un poco fuera de tono, el pensamiento del CEPLAN es que para que haya una política debe haber un problema. O sea que si no hubiese problemas no habría políticas. ¿Es este razonamiento correcto?

1.4.5. Situación futura deseada

Se identificó, seleccionó y analizó las tendencias más relevantes para el futuro del ámbito marítimo. Esta información, junto con el análisis relacional de variables y la descripción de la situación actual, permitió determinar la situación futura deseada sintetizada por variables en la tabla 12. El análisis detallado de las tendencias y los escenarios contextuales, se presentan en el apéndice 1. Se determinó el año 2030 como el plazo para lograr la situación futura deseada. Con este horizonte se propuso la situación futura deseada, la cual es coherente (pero no condicionada) con la situación actual, las tendencias de futuro y las relaciones de influencia entre las variables.

1.5. Políticas relacionadas

A continuación, se citan las siguientes catorce (14) Políticas Nacionales vinculadas a la Política Nacional Marítima:

(1) Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública

(2) Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional

(3) Política Nacional Antártica

(4) Política Nacional para la Calidad

(5) Política Nacional del Ambiente

(6) Política y Estrategia Nacional de Recursos Hídricos

(7) Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre

(8) Política Nacional para el Desarrollo de la Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (CTI)

(9) Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo

(10) Política de Seguridad y Defensa Nacional

(11) Política Nacional de Desarrollo e Integración Fronteriza

(12) Política Nacional de Educación Ambiental

(13) Política Nacional del Deporte

(14) Política Nacional de Igualdad de Género

Objetivo Prioritario 2

Fortalecer las actividades productivas en el ámbito marítimo, en forma racional y sostenible.

Lineamientos:

(2.1) Incrementar el aprovechamiento sostenible de los recursos no renovables (no vivos) marinos del dominio marítimo, las aguas interiores y la alta mar.

(2.2) Incrementar el nivel técnico, profesional y jurídico legal según corresponda, de las mujeres y hombres involucrados en el ámbito marítimo.

(2.3) Incentivar la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación, respecto al mar y sus recursos por los actores del ámbito marítimo.

 (2.4) Fortalecer la coordinación y articulación del aprovechamiento de los recursos sostenibles entre las entidades públicas de los tres niveles de gobierno vinculados al sector productivo del ámbito marítimo.

(2.5) Fortalecer las capacidades de supervisión, control y fiscalización de las actividades productivas en el ámbito marítimo en las entidades públicas competentes.

(2.6) Difundir el conocimiento sobre las posibilidades que se tiene del uso y aprovechamiento de los recursos disponibles del ámbito marítimo por la población.

(2.7) Mejorar la oferta y las condiciones generales de los destinos turísticos en el ámbito marítimo nacional.

(2.8) Promover la práctica de la náutica deportiva en la población nacional.

(2.9) Fortalecer la inserción laboral formal de las mujeres en las actividades del ámbito marítimo.

 Objetivo Prioritario 4

Asegurar la sostenibilidad de los recursos y ecosistemas en el ámbito marítimo.

Lineamientos:

(4.1) Fortalecer la gestión integrada para el uso sostenible de los recursos naturales y ecosistemas.

(4.2) Mejorar la protección en las áreas naturales protegidas, en el ámbito marítimo.

(4.3) Reducir los niveles y efectos de la contaminación en el dominio marítimo y la zona marino-costera.

(4.4) Mejorar los mecanismos de articulación y coordinación, así como fortalecer capacidades para la gestión orientadas a la prevención y mitigación de desastres por acción de la naturaleza, entre las entidades involucradas.

(4.5) Fortalecer la coordinación y articulación de las entidades públicas de los tres niveles de gobierno vinculados a la sostenibilidad de los recursos y ecosistemas del ámbito marítimo.

(4.6) Fortalecer las capacidades de supervisión, control y cumplimiento normativo que rigen las actividades productivas del ámbito marítimo en las entidades públicas competentes.

(4.7) Impulsar el desarrollo de energías renovables en el ámbito marítimo nacional.

Como se aprecia, al no tener políticas referidas a la pesca y la acuicultura, la Política Nacional Marítima solo menciona a la pesquería en forma referencial, parcial y tangencial.

Por tanto, la necesidad de formulación de una política propia del sector está vigente aún. Además tiene un mandato legal, como se aprecia en la Resolución Ministerial Nº 301-2019-PRODUCE que aprueba la lista sectorial de las Políticas Nacionales bajo rectoría o conducción del Ministerio de la Producción y dispone la formulación de la Política Nacional de Acuicultura y la Política Nacional de Pesca:

También debe tomarse en cuenta el Reglamento que regula las Políticas Nacionales aprobado con el DECRETO SUPREMO Nº 029-2018-PCM y modificado con el Decreto Supremo Nº 038-2018-PCM.

 Los detalles pueden verse en el siguiente link:

 https://www.ceplan.gob.pe/politicas-nacionales-y-sectoriales/

La política de pesca no solo necesita de voluntad y decisión política para formularse, sino que también requiere de personas que aporten ideas y visión de futuro y también de técnicos que le den formato a esas ideas de acuerdo a lo que demanda el CEPLAN.  Su diseño, es complejo y puede resultar morosa para leer por el ciudadano común que tenga interés. Pero hay dos cosas aquí: una es que tenemos que interesarnos en temas políticos porque de ellos depende nuestra vida diaria y la otra cosa es que el CEPLAN hace las cosas muy técnicamente complejas. Sin embargo lo único permanente en la política peruana es que nada es permanente.


domingo, 20 de septiembre de 2020

LA FALTA DE OBJETIVOS PESQUEROS

 La objetividad macroeconómica generó la presunción de que un país de “economía sana” se decidió a impulsar reformas estructurales como la privatización de muchos servicios públicos sin importar sus graves consecuencias sociales. La irracionalidad de dicho modelo se funda en que los beneficios obtenidos de tales inversiones y privatizaciones no han permitido crear un Estado eficiente ni moderno. La gestión de libre mercado no ayudó a aliviar las carencias públicas primordiales ni a resolver la muchas veces ineficiente gestión de fondos públicos –cuando no se infiltran en pequeñas o gigantescas operaciones de corrupción–. Muy por el contrario, el Estado suele ofrecer servicios públicos de bajísima calidad, operativamente ineficientes y de poco impacto en la población. Eso aviva la necesidad de una maquinaria “privada” paralela que impulsa un discurso a favor de la “salud individual”, vulnerando y desdibujando el concepto de “salud pública” y promoviendo la desigualdad social. Esta chata visión economista y de management promueve la idea de adaptar modelos de otros países sin considerar aspectos de importancia como la cultura y la historia, sobre todo en el Perú, que tiene una configuración de valores y actitudes sociales, étnicos y lingüísticos complejos y variados”.

MEMORIA COVID-19

José Carlos Mariátegui

https://drive.google.com/file/d/1xWZJ8gPE8A74C-zQuInJ3nCyhG1GUfvr/view

El texto transcrito, que forma parte del segundo volumen  del libro “Ensayos desde la pandemia para imaginar el Perú Bicentenario”, publicado por El Proyecto Especial Bicentenario de la Presidencia del Consejo de Ministros, define de alguna manera, la filosofía nacional de elaboración de las políticas públicas.

En este contexto, nos encontramos con un sector pesquero injustamente relegado por la ausencia de políticas de Estado y de agendas, ni siquiera de corto plazo. Venimos asistiendo demasiado tiempo  a la improvisación y a la atención del día a día, a la actitud reactiva ante conflictos o reclamos gremiales sin ninguna idea de futuro ni de país.

Es así que ya transcurrieron ocho meses desde que promulgó un decreto de urgencia declarando la reestructuración del Instituto del Mar, con un mandato perentorio de 30 días para elaborar un nuevo reglamento de organización y funciones, sin que hasta la fecha se tenga noticias del mismo. La entidad está siendo dirigida por un Consejo Directivo, de alguna forma ilegítimo, puesto que el propio Decreto de Urgencia dispone su reconformación sin que se haya hecho nada al respecto. Pero más grave es que se inició un investigación por presuntos actos de corrupción que daño honras y personas sin que se conozca los resultados de la misma. Personas inocentes fueron perjudicadas por efectos colaterales de esta situación y pareciera ser que este Gobierno terminará sin haber resuelto la situación creada en enero de 2020. Que se sepa, públicamente no hay resultados de dichas investigaciones ni sanciones a ninguno de los investigados hasta el día de hoy.

Esta administración ha heredado, además, otros pendientes que reflejan y evidencian el daño que sufre el sector por la continua rotación de funcionarios y la ausencia de agenda. Ocurre que una administración proyecta unas normas, esta sale del cargo y quien la sucede la ignora o no la procesa. En esta nota menciono proyectos que competen a dos aspectos importantes y trascendentes para el sector: la pesca artesanal y los derechos de pesca.

Se trata de proyectos de normas, que pueden ser emblemáticas, que fueron pre publicadas en algún momento y que hasta la fecha siguen sin promulgarse:

DERECHOS DE PESCA

Lo sensible del tema es que esta tasa, al provenir de la explotación de un recurso natural que es propiedad de todos los peruanos, debería favorecer a todos. En este contexto, la modificación de los derechos de pesca, sin revisar y modificar la normatividad vigente sobre el uso de dichos recursos financieros, resultaría una medida incompleta.

Racionalizar los derechos de pesca implica subir aquellos que deban ser subidos; modificar la normativa asignando pago de derechos de pesca a todas las especies, o a las que contribuyen a la exportación en forma significativa (por lo menos); eliminar los sobrecostos existentes en la industria; modificar la ley del canon y/o la metodología de elaboración de los índices de distribución del canon pesquero.

Esta problemática no forma parte de ninguna agenda sectorial. Apenas si se toca el borde del problema pretendiendo subir la tasa de algunos recursos, pero como una medida aislada, tal como se aprecia en las siguientes pre publicaciones:

Resolución Ministerial N° 494-2019-PRODUCE del 16 noviembre 2019

Dispone la publicación del proyecto de norma mediante el cual se establece un nuevo factor de cálculo del derecho de pesca por tonelada extraída del recurso anguila.

Resolución Ministerial N° 495-2019-PRODUCE del 15 de noviembre de 2019

Dispone la publicación del proyecto de norma mediante el cual se establece un nuevo factor de cálculo del derecho de pesca por tonelada extraída del recurso merluza.

Resolución Ministerial N° 044-2019-PRODUCE del 14 de febrero de 2019

Dispone la publicación de proyecto de Decreto Supremo que establece un nuevo factor de cálculo del derecho de pesca correspondiente al concepto de extracción del recurso hidrobiológico anchoveta para CHD.

En algún momento se tuvo la intención de incrementar en algo, los derechos de pesca que pagan la anchoveta para CHD, la merluza y la anguila; pero pese a la pre publicación del proyecto de norma, quedaron en el aire y no se ha tomado ninguna decisión hasta la fecha.

PESCA ARTESANAL

La problemática de la pesca artesanal es amplia y variada; pero tampoco constituye parte de una agenda detallada, orgánica y de largo plazo.

En este contexto, la administración de los DPAs constituye un problema que pretendió ser resuelto mediante normas que, además de haber sido objetadas por algunos gremios artesanales, no forman parte de una solución integral a las necesidades de la pesca artesanal. En ese sentido se pre publicaron los siguientes proyectos:

11/10/2019    R.M. N° 421-2019-PRODUCE  que dispone la publicación en el portal del Ministerio del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba los Lineamientos para el proceso de selección de la organización social de pescadores artesanales que se encargue de la gestión administrativa de una infraestructura pesquera artesanal no transferida

11/10/2019    R.M. N° 422-2019-PRODUCE , que dispone la publicación en el portal del Ministerio del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba el modelo de Convenio de Gestión Administrativa de las Infraestructuras Pesqueras Artesanales entre el Ministerio de la Producción o Gobierno Regional el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero y la Organización Social de Pescadores Artesanales

11/10/2019    R.M. N° 423-2019-PRODUCE, que dispone la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que Aprueba el Manual de Administración de Infraestructuras Pesqueras Artesanales en el Portal Institucional del Ministerio

12/10/2019    R.M. N° 424-2019-PRODUCE, que dispone la publicación de proyecto de Resolución Ministerial que aprueba el Reglamento de Supervisión de la Gestión Administrativa de las Infraestructuras Pesqueras Artesanales - IPAS en el Portal Institucional del Ministerio

12/10/2019    R.M. N° 426-2019-PRODUCE, que dispone la publicación de proyecto de Resolución Ministerial que aprueba el Reglamento que establece los criterios para la determinación de tarifas aplicables a los servicios que se brindan en las infraestructuras pesqueras artesanales en el Portal Institucional del Ministerio

Otro elemento importante de la problemática es la formalización del sector. Hasta la fecha solo se han hecho programas para otorgar permiso de pesca a los armadores y a eso le han denominado formalización lo cual no es exacto porque no los convierte en sujetos tributarios ni tampoco en empleadores que brinde acceso a la salud y seguridad social a sus tripulantes pescadores que tienen el derecho y la necesidad, lo cual resolvería las demandas de los pescadores por acceder a estos servicios.

La formalización en la pesca requiere entender primero, que no es lo mismo el armador pesquero que el tripulante o pescador embarcado. El primero es el dueño de la embarcación, o sea el empresario y responsable de que esté en perfectas condiciones para navegar, con todos los equipos, avituallamiento y demás material necesario para su correcto funcionamiento.

El armador y el patrón pueden ser la misma persona, pero no necesariamente. El primero puede contratar a un patrón, que a su vez contrata o embarca a sus tripulantes, que son pescadores embarcados. El barco o embarcación es una unidad de negocio, por lo tanto se tipifica como una empresa. El tripulante es, finalmente el empleado con que cada embarcación realiza la labor de pesca, la cual genera ingresos y requiere de capital de trabajo, pero es muy diferente del pescador o tripulante.

Entendidas las diferencias entre armadores, patrones y tripulantes y, conocida la problemática que tiene más de una década sin poder resolverse, cabe distinguir, en cuanto al término formalización, las diferencias entre tener un permiso de pesca y ser “formal”.

Luego, de acuerdo a las diferencias entre embarcación artesanal y de menor escala, proceder a regularlas debidamente de acuerdo a las competencias de los gobiernos regionales y del ministerio.

El armador tendría que contratar debidamente a los pescadores, ponerlos en planilla y declarar mensualmente a través del PDT. Este solo hecho les daría automáticamente derecho a ESSALUD y a pensión, sea ONP o AFP, resolviendo así esta constante y justa reclamación de los pescadores. Simultáneamente se generaría una base de datos de pescadores embarcados que hasta ahora no existe.

Hasta ahora los reclamos por seguridad social se pretenden solucionar con improvisaciones u ofreciendo las alternativas de salud que existen en el mercado a través del MINSA o ESSALUD a fin de que puedan acceder a estas prestaciones. Pero nada en cuanto a pensiones.

La verdad es que no ha funcionado.

¿A dónde va Palacio de Gobierno en materia pesquera? Es de allí de donde deberían salir las directivas para un trabajo integrado entre los sectores responsables que conduzcan a definir una agenda sectorial que nos brinde una visión de futuro con una pesquería ordenada, inclusiva y sostenible. Nada de esto será posible, en tanto no haya una voluntad política clara por ordenar la actividad pesquera dentro de un marco establecido por una política con visión de largo plazo. Si no se despoja de politiquería a la administración de la pesca peruana, seguiremos hablando de los mismos problemas gobierno tras gobierno.