No creas en todo lo que se dice.

Aun cuando creas que algo aparece claro, ponlo en duda y no reposes. Duda de todo lo que parece ser bonito y verdadero. Pregúntate siempre: «¿Para qué?». No creas que una cosa sola es buena; lo recto no es recto y tampoco lo curvado es curvado. Si alguien dice que un valor es absoluto, pregúntale en voz baja: «¿Por qué?». La verdad de hoy puede mentir ya mañana. Sigue el río desde donde comenzó el torrente. No te basten las piezas aisladas. Pregúntate siempre: «¿Desde cuándo?». Busca las causas, une y disuelve, atrévete a mirar tras las palabras. Si alguien dice: «Esto es bueno (o malo)», pregúntale en voz baja: «¿Para quién?» Friedrich Paulus

La debida gestión pesquera

La Revista Pesca es un medio de información alternativo que presenta artículos, opiniones y noticias referidas a la pesca en el Perú y el mundo, con énfasis en la política pesquera, la sostenibilidad de los recursos pesqueros y la seguridad alimentaria. En este blog se publican notas de importancia, así como novedades del sector pesquero. En 2026 cumplimos 67 años de publicación en el Perú.

viernes, 6 de febrero de 2026

NUEVO REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL IMARPE

 

Ha llegado a su término el proceso de reestructuración del IMARPE, al haberse publicado Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto.

Esto culmina un proceso que ha durado casi 6 años, sobre el cual se han escrito varios artículos. Ahora solo queda esperar que se active el nuevo ROF y se designe a las personas adecuadas.

“Mediante Decreto Supremo N° 015-2025-PRODUCE, se aprobó la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto del Mar del Perú (IMARPE), el cual dispuso la aprobación de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del IMARPE mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva; la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 015-2025-PRODUCE, señala que el citado Decreto Supremo rige a partir de la entrada en vigencia de la Resolución de Presidencia Ejecutiva que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto del Mar del Perú (IMARPE). Mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 166-2025-IMARPE/PE, publicada el 29 de octubre de 2025, se aprobó la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, de conformidad con lo previsto en el Decreto Supremo N° 015-2025-PRODUCE, que contienen la estructura orgánica y el organigrama de la entidad. Asimismo, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 167-2025-IMARPE/PE, se incorpora el plazo de 60 días hábiles para la entrada en vigencia de la citada Resolución, por lo cual su entrada en vigencia tuvo lugar con fecha 30 de enero de 2026; La Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 015-2025-PRODUCE, establece que el Presidente Ejecutivo del IMARPE en un plazo no mayor a cinco días hábiles siguientes a la aprobación de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del IMARPE, aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto del Mar del Perú, que consolida las secciones Primera y Segunda del mencionado documento de Gestión;

Que, con Informe Técnico N° 002-2026-IMARPE/OGPP de fecha 29 de enero de 2026, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, recomienda aprobar el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del IMARPE, mediante el dispositivo legal correspondiente.

En consecuencia, se aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto del Mar del Perú (IMARPE) con la RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 025-2026-IMARPE/PE del 3 de febrero de 2026, el cual consta de noventa y dos (92) artículos y un (1) Anexo que contiene el Organigrama del Instituto del Mar del Perú (IMARPE), los cuales forman parte integrante de la Resolución”.

https://www.gob.pe/institucion/imarpe/normas-legales/7698804-025-2026-imarpe-pe

Cabe mencionar que la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 167-2025-IMARPE/PE, no se encuentra en la correspondiente sección de su portal institucional y solo se puede hallar en la edición extraordinaria de las normas legales de El Peruano del 29 de octubre 2025. En consecuencia, el plazo que menciona para su publicación es el correcto y se ha hecho dentro del mismo.

jueves, 5 de febrero de 2026

PROPUESTA PARA EL ORDENAMIENTO Y MANEJO DEL RECURSO POTA EN EL PERÚ

 

PROPUESTA PARA EL ORDENAMIENTO Y MANEJO DEL RECURSO POTA EN EL PERÚ

Por: Lizardo Ayón

I. Introducción

El recurso pota o calamar gigante (Dosidicus gigas) constituye una de las principales pesquerías del mundo, dónde el Perú se ha posicionado en un proveedor crítico de seguridad alimentaria, esto es importante también a nivel nacional ya que está generando empleo, divisas y dinamismo económico en las caletas del litoral. Sin embargo, el actual esquema de ordenamiento no ha logrado garantizar un manejo sostenible ni transparente, observándose conflictos entre flotas, subdeclaración de desembarques y ausencia de un verdadero control de capturas.

La presente propuesta, basada en la experiencia del manejo por cuotas aplicado en la pesquería de la merluza, plantea un sistema simple, medible y fiscalizable que permita asegurar la sostenibilidad del recurso y la estabilidad del sector.

II. Primer Punto: Establecimiento de una Cuota Permisible de Captura (CPC)

Base científica

El ordenamiento debe partir de la determinación anual de la biomasa por parte del IMARPE, mediante: cruceros de investigación, prospecciones acústicas, Operaciones Calamar gigante con la flota artesanal, análisis de las condiciones oceanográficas, análisis del esfuerzo pesquero,  y desembarques.

Sobre esa base, la autoridad debe fijar una Cuota Permisible de Captura anual.

Como ejemplo técnico se propone:

500 000 toneladas anuales.

Distribución mensual

Para facilitar el control:

500 000 t ÷ 10 meses de pesca = 50 000 t por mes.

Este esquema permitiría un manejo real del recurso, independientemente del número de embarcaciones participantes.

Mecanismo de control

Las 50 000 t mensuales deben registrarse en desembarcaderos autorizados.

Al alcanzarse el tope mensual, la pesquería debe cerrarse automáticamente hasta el mes siguiente. Con ello se garantiza que la captura anual nunca supere lo recomendado por IMARPE. Todo esto en un entorno de Ilegalidad cero

III. Segundo Punto: Eliminación del Sistema Actual de Topes y Salidas

No limitar viajes por embarcación

Si el control se centra en el volumen mensual, no tiene sentido regular:

número de salidas,

días de pesca,

permisos individuales.

El verdadero indicador es el tonelaje desembarcado, no la cantidad de viajes.

Tope único por salida

Los topes diferenciados por tamaño de embarcación (8, 10, 12 t) han demostrado ser ineficaces y generadores de distorsión.

Se propone:

Es importante tener una clasificación de la flota por CBDO, con el objeto de tener los diferentes rangos para poder aplicar topes diferenciados

Problema del sistema actual

Hoy las embarcaciones:

llegan con volúmenes superiores al tope,

el excedente se maneja como “saldo”,

se generan pagos indebidos y actas irregulares.

En la práctica, los topes nunca se han respetado, por lo que no tiene sentido mantener un sistema que fomenta la corrupción y la subdeclaración.

IV. Tercer Punto: Fiscalización Independiente

Modelo tercerizado

Siguiendo la experiencia de la merluza, anguila y anchoveta, se propone que:

El control en muelles y plantas, el pesaje, la trazabilidad, sean realizados por empresas fiscalizadoras tercerizadas, bajo supervisión del Estado. Toda la flota que capture pota debe contar con su sistema satelital

Objetivo central

Todo el sistema debe orientarse a:

no superar 500 000 t anuales,(dependiendo de las condiciones oceanográficas y biológicas)

50 000 t mensuales reales y verificadas.

Vedas de ordenamiento

Se plantea la posibilidad de:

establecer dos meses de veda biológica y Paralización Extractiva administrativa por terminó de cuota como herramienta de gestión para:

ordenar la flota, evaluar información, corregir el sistema.

V. Cuarto Punto: Posición sobre la OROP

Riesgos de un esquema internacional

Un modelo tipo OROP, similar a la experiencia de la CIAT en el atún, sería perjudicial para el Perú:

las cuotas internacionales favorecen a países con flotas modernas, el Perú posee flota artesanal y de menor tecnología, competiríamos con embarcaciones extranjeras que operan fuera de las 200 millas.

Impacto económico

Una cuota asignada internacionalmente podría:

reducir la captura nacional, afectar el abastecimiento de plantas, limitar la capacidad de oferta al importador, debilitar al pescador artesanal. Incluir un sistema de madrinas cuando se tenga que capturar pota en la zona OROP

El Perú debe mantener la soberanía en la administración de la pota dentro de su territorio y basar el manejo en su propia realidad productiva.

VI. Conclusiones

El ordenamiento debe basarse en una cuota científica anual definida por IMARPE.

Distribuirla en 50 000 t mensuales con cierre automático.

topes diferenciados en función de una categorización de la flota y eliminar el número de salidas.

Implementar fiscalización tercerizada en muelles y plantas y sistema satelital a la flota potera

Incorporar PARALIZACION EXTRACTIVA de ordenamiento administrativo.

Evitar un esquema tipo OROP que reduzca la capacidad nacional. Incluir un sistema madrina para que la flota artesanal tenga eficiencia en la zona OROP

VII. Recomendación final

Adoptar un sistema similar al aplicado en la merluza, con reglas claras, control del volumen total y transparencia, permitirá:

sostenibilidad del recurso, estabilidad laboral, lucha real contra la corrupción,

Pesca ilegal

planificación de exportaciones.

Hay que considerar que:

1.- No se consensuo las normas entre todos los actores .

Hoy se hacen las mesas técnicas para soslayar este primer paso.

2.- En teoría las normas funcionaban ( ¿?) pero hoy la derogan el mismo ministerio y discriminan premiando a " Formalizados "[Usan Satelital ]

Finalmente se debe de CUANTIFICAR que número de naves quedaran para esta pesquería



miércoles, 4 de febrero de 2026

BALIZA SATELITAL Y RADIO BALIZA PARA LA FLOTA PESQUERA

 

La baliza satelital y la radio baliza para las embarcaciones pesqueras no son lo mismo.

Son dispositivos que ayudan a las embarcaciones y al control de la pesca, por lo cual su uso es útil y necesario.

En cuanto a la seguridad de la embarcación y a su eventual rescate en caso de emergencia, la radio baliza es, además de obligatoria, la mejor respuesta. Ofrece un beneficio directo a la embarcación y puede salvar la vida de sus tripulantes.

La baliza satelital ofrece, además la posibilidad de que toda la faena de pesca sea rastreada lo que facilita el control de la captura y la pesca ilegal.

El detalle es que ambos equipos tienen un costo de adquisición y luego un pago mensual por el servicio. Aquí radica, quizá, el principal problema de la renuencia de los armadores artesanales a instalarlo.

Hay armadores grandes, medianos y pequeños con economías diferentes. Estos costos impactan en todos ellos, pero no por igual. Los más pequeños serán gravados con un gasto que perjudica su ingreso de subsistencia. Los otros también son impactados pero están mejor preparados para soportar ese gasto en su estructura de costos.

"A través de la Resolución Ministerial N.° 000171-2025-PRODUCE, se incorpora la nueva categoría “tipo D” al sistema SISESAT, dirigida específicamente a embarcaciones artesanales obligadas por norma a contar con este equipamiento. Esta actualización permitirá a los pescadores acceder a equipos satelitales más económicos, adecuados a sus necesidades, sin afectar la calidad del monitoreo ni su seguridad operativa.

Actualmente, existen 5,523 embarcaciones que deberían contar con equipos SISESAT, pero solo 1,703 han sido implementadas. Con esta medida, se busca cerrar esa brecha con soluciones más accesibles y técnicamente viables para el sector artesanal."

https://www.gob.pe/institucion/produce/noticias/1164671-produce-actualiza-su-reglamento-sisesat-ampliando-su-portafolio-de-equipos-para-las-embarcaciones-pesqueras-artesanales

Desde el punto de vista de la seguridad en caso de necesidad de rescate, basta con la radio baliza, lo que significa un beneficio para el armador. Por tanto está invirtiendo en su seguridad. Pero la baliza satelital, tendiendo ya una radio baliza, no ofrece mayor beneficio al armador, sino al Estado para efectos de control y seguimiento.

Siendo así, sería razonable que el Estado, que será el mayor beneficiado de que las embarcaciones posean una baliza satelital, asuman el costo del equipo y el pago mensual del servicio. De esta manera no se perjudica al armador y se reduce la resistencia del mismo a instalar el equipo. Esto puede negociarse antes de entrar a promulgar normas coercitivas.

Como referencia, para entender que el Estado sí puede hacerlo, tenemos que el programa Reactiva Perú, lanzado en 2020 para garantizar préstamos a empresas por la COVID-19, enfrenta una alta morosidad. El Estado ha asumido la deuda de 117,673 créditos impagos tras más de 90 días de mora.

Una auditoría de cumplimiento a la Corporación Financiera de Desarrollo (COFIDE) reveló que el Estado ha transferido más de S/ 6031 millones a diversas empresas del sistema financiero debido a que 117,673 créditos -otorgados como parte del programa Reactiva Perú- se mantuvieron impagos durante más de 90 días en el periodo evaluado que comprende el 2020 hasta el 30 de junio de 2025.

Del total de S/ 6,031 millones de garantías honradas (pagadas) por el Estado, únicamente se ha recuperado poco más de S/ 404 millones, que equivale al 6.7 %, mientras que S/ 2,115 millones se encuentran en proceso de recuperación (representan el 35.1 %).

Cabe destacar que más de S/ 3,512 millones no podrían ser recuperados y se constituirían en una pérdida para el Estado (representan el 58.2 % de la garantía pagada), de acuerdo con la información proporcionada por la entidad auditada.

Entonces, si el estado se da el lujo de perder todo este dinero ¿Por qué no podría asumir el pago de comprar una baliza satelital para la flota? Cada equipo tiene un precio que varía entre 1,620 soles y 2,390 soles. El mantenimiento mensual del servicio puede variar de 120 soles a 170 soles.

Calculemos 3,000 embarcaciones. Serían en el caso de la más barata 4,860,000 soles. Entonces si el Estado ha prestado 6 mil millones de soles de los cuales solo ha recuperado el 6% ¿por qué no asumir la compra de las radio balizas, lo que significaría apoyar al armador artesanal y cumplir su propósito de control, fiscalización, seguimiento y trazabilidad.

La implementación de la baliza satelital debe considerarse como un instrumento de cumplimiento normativo que refuerza la regulación y control de las actividades pesqueras. Al tomar este enfoque, el Estado podría asumir los costos correspondientes, lo cual le ayudaría al control de la pesca ilegal, la sostenibilidad y la trazabilidad.

RADIO BALIZA



Una radiobaliza (o EPIRB) es un equipo de seguridad esencial que, al activarse en emergencias marítimas, emite una señal de socorro en la frecuencia de 406 MHz para alertar a los centros de búsqueda y rescate, facilitando la localización precisa.

https://www.tiktok.com/@estamarsecuador/video/7356344771423636741

https://www.youtube.com/watch?v=ZHe9HEV2hhA

Las radiobalizas de localización de siniestros permiten una rápida ubicación de cualquier embarcación o de sobrevivientes durante una emergencia en el mar, de tal manera que puedan ser ubicados e identificados en cuestión de minutos en cualquier parte del mundo. De la misma forma, funcionan los localizadores personales de emergencia para ubicación en mar y tierra.

¿Qué son las radiobalizas? Las radiobalizas son hoy un elemento esencial para la seguridad marítima. En caso de emergencia, la radiobaliza se activa en forma manual y/o automática, advirtiendo de la situación de emergencia a las autoridades. La señal emitida es reflejada por un satélite hacia la estación ubicada en la costa, la misma que se encarga de activar el operativo de rescate, reduciendo notoriamente los riesgos, como lo ocurrido con los cuatro pescadores recientemente rescatados. El costo oscila entre los $ 400 y $ 800.

Teniendo en consideración el compromiso asumido por el Perú ante la Organización Marítima Internacional (OMI) y el enorme número embarcaciones pesqueras nacionales que operan dentro las tres mil millas de costa, en 1995 la Marina de Guerra del Perú dispuso la adquisición e implementación de una Estación Terrena COSPAS- SARSAT la misma que es operada por la Dirección de Capitanías y Guardacostas y trabaja con una red de satélites de órbita polar y geoestacionarios pertenecientes a Estados Unidos, Francia, Canadá y Rusia los cuales reciben la señal emitida por los equipos Radiobalizas de Localización de Siniestros (RLS) y que, al ser transmitida esta señal por los satélites a la estación terrena, determina a la embarcación, aeronave o persona que está en peligro, indicando igualmente la posición de la emergencia.

En el Perú, desde el 5 de setiembre de 2003 por Resolución Directoral No 0562-2003/DCG, la Dirección General de Capitanías y Guardacostas dispuso el uso obligatorio de Radiobalizas de Localización de Siniestros Marítimos de 406 MHz para todas las embarcaciones que naveguen fuera de las 15 millas de distancia de costa. Sin embargo, hoy en día, hay naves pesqueras que aún no cuentan con esta tecnología a pesar de que en el Decreto se establece que su equipamiento es obligatorio.

Fuente: https://diariocorreo.pe/opinion/radiobaliza-senal-virtual-efectiva-347231/

BALIZA SATELITAL

El Sistema de Seguimiento Satelital (SISESAT) es una herramienta tecnológica que permite rastrear en tiempo real la ubicación, el rumbo y la velocidad de las embarcaciones pesqueras. Es clave para garantizar el cumplimiento de las normas pesqueras, proteger los recursos hidrobiológicos y evitar la pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (INDNR).

Además de fortalecer la fiscalización y la trazabilidad de los recursos marinos, el SISESAT contribuye directamente a mejorar la seguridad de la tripulación, al permitir una rápida respuesta ante emergencias en altamar. También facilita la toma de decisiones basadas en evidencia y refuerza la transparencia en las actividades extractivas.



Una baliza satelital es un dispositivo de geolocalización que utiliza redes de satélites (GPS, Iridium, Argos) para transmitir la posición, rumbo y velocidad de personas, vehículos o embarcaciones en tiempo real.

Una baliza es una señal distintiva e identificable transmitida por un satélite para indicar su presencia o proporcionar información de seguimiento esencial.

Características y Funciones Clave del SISESAT:

Monitoreo en Tiempo Real: Permite conocer la ubicación exacta de las embarcaciones, esencial para la supervisión de actividades extractivas.

Seguridad y Pesca Responsable: Facilita la respuesta oportuna ante emergencias, protegiendo la vida de los pescadores, y asegura el cumplimiento de las normas pesqueras.

Cobertura y Equipos: Incluye cuatro categorías de equipos GPS (A, B, C y D) ajustados al tamaño y tipo de embarcación, con monitoreo incluso para embarcaciones extranjeras.

Combate a la Pesca Ilegal: Es fundamental para fiscalizar el cumplimiento de las zonas de pesca y prevenir el ingreso a áreas restringidas.

Obligatoriedad: A partir de noviembre 2024, el monitoreo es obligatorio para todas las embarcaciones, intensificando la fiscalización en el mar territorial peruano.

El sistema es administrado por la Dirección de Seguimiento, Vigilancia y Control del Ministerio de la Producción.

https://www.instagram.com/reels/DNbpGV8oQ5p/

https://www.youtube.com/watch?v=KBli1XYB2SE

martes, 3 de febrero de 2026

LA BALIZA SATELITAL PARA LAS EMBARCACIONES ARTESANALES BAJO COACCION

 

La nueva norma, establecida por la Resolución Ministerial Nº 000018-2026-PRODUCE, dice que estas embarcaciones ya no estarán sujetas a límites por faena; la medida busca elevar los desembarques bajo control satelital sin afectar la sostenibilidad del recurso.

A diferencia del régimen anterior, que fijaba topes de captura por faena según la capacidad de bodega y márgenes de tolerancia adicionales, ahora las embarcaciones artesanales que cuenten con el Sistema de Seguimiento Satelital (SISESAT) instalado y operativo quedan exceptuadas de esos límites; y así las embarcaciones optimicen su operatividad y competitividad, respetando el volumen autorizado en sus permisos de pesca y sin que ello implique un aumento del total autorizado, sino más bien un mejor aprovechamiento bajo control, trazabilidad y criterios de sostenibilidad.

Con el nuevo esquema, quienes cuenten con tecnología SISESAT podrán administrar su esfuerzo extractivo de manera flexible, dentro del marco nacional y bajo monitoreo constante, mientras que las embarcaciones que no dispongan de este sistema seguirán sujetas a los topes y tolerancias previos.

“El objetivo es que los pescadores artesanales desarrollen y optimicen su actividad pesquera dada las actuales condiciones del recurso, zonas de pesca, el tiempo de sus faenas y el aprovechamiento de la cuota autorizada, priorizando a las embarcaciones que operan bajo monitoreo permanente mediante el SISESAT, sin comprometer la sostenibilidad del recurso”, señaló el viceministro de Pesca y Acuicultura, Jesús Barrientos.

Esto no tiene que ser necesariamente correcto. Lo que se observa es que, ante la incapacidad de convencer y conseguir la aceptación de la norma del satelital, ante el rechazo a entender las razones por las cuales los armadores se niegan, el Ministerio recurre al chantaje, a la coacción, que es el uso de fuerza, violencia, amenazas o presión intimidatoria para obligar a una persona a actuar contra su voluntad, ya sea para realizar algo que no desea o para impedirle hacer lo que la ley no prohíbe.  A la coerción que no es sino la presión ejercida sobre alguien para forzar su voluntad o su conducta. El chantaje es una forma de coacción o extorsión donde se amenaza a alguien con revelar información perjudicial, difamar o causar daño para obtener dinero, favores u otros beneficios. Implica presionar a la víctima, forzándola a actuar en contra de su voluntad, ya sea en un contexto económico, delictivo o emocional.

Ante la falta de argumentos e incapacidad de convencimiento, estas son las tácticas que está usando el Ministerio y se olvidan de que funcionarios chinos negociaron con la entonces viceministra de pesca y acuicultura la flexibilización de la norma que los obligaba a instalar una baliza satelital para poder ingresar a tomar servicios logísticos en puertos peruano. La propia plataforma del Gobierno lo confirma: piso 7 del edificio del Produce; el 24 de mayo 2023 de 15:00 a 16:00; reunión entre Úrsula Desilú León, viceministra del Produce, y Song Yang, embajador chino en el Perú; razón: “Cooperaciones entre el Perú y China.

A los chinos se les facilitó la vida. A los artesanales peruanos se les está chantajeando.

En este tema, además de las conveniencias del control satelital, debe entenderse que hay costos que probablemente los armadores no pueden asumir. Sus economías son pequeñas y el pago mensual del servicio satelital, así como el costo del equipo, impactan en sus estructuras de costo. Los medianos o más grandes tal vez puedan hacerlo, pero ¿se ha evaluado cuantos son los que pueden asumirlo y cuántos no? ¿Sobre todo en un escenario de poca pesca y problemas causados por la veda y los topes?

¿Se consumió un plato de pota en el chifa al que asistió el presidente?







viernes, 30 de enero de 2026

¿QUÉ SIGNIFICA UNA PESQUERÍA SOSTENIBLE EN TÉRMINOS PRÁCTICOS EN LA COYUNTURA ELECTORAL 2026?

 

Significa que el tamaño de la industria extractiva y transformadora no puede ser de libre elección por el pescador. La capacidad extractiva tiene que estar en función al tamaño de la biomasa susceptible de ser extraída.

La investigación científica debe decir el tamaño total de cada una de las biomasas de las especies comercialmente explotables, determinar sus tallas mínimas de captura, épocas de desove para suspender la actividad durante ese período y la cuota anual global permisible de extracción reservando una parte para el mantenimiento poblacional y la que fuese necesaria desde el enfoque ecosistémico.

Esta información permitiría determinar si la actual capacidad de realizar esfuerzo pesquero proveniente de la flota artesanal e industrial es coherente con los límites admisibles. De ahí se derivarán acciones de reducción del esfuerzo o de fomento del mismo en aquellas pesquerías que lo admitan.

En función al tamaño posible de la materia prima susceptible de extraer se puede dimensionar correctamente la capacidad de transformación para la industria del CHD y del CHI, derivándose el mismo tipo de medidas aplicables a la actividad extractiva

Fomentar las inversiones en extracción o transformación sin disponer de la información mencionada anteriormente es inadecuado y puede llevar el esfuerzo pesquero a niveles inconvenientes para el inversionista y para la sostenibilidad del ecosistema.

Las reglas del mercado no operan en este escenario puesto que el recurso pesquero no aumenta en función a la demanda.

La información científica disponible que permite actuar razonablemente está centrada en la anchoveta, lo cual ha permitido gestionar su pesquería de forma aceptable. No podemos decir lo mismo de la pota, del perico, del jurel y la caballa que son las otras especies abundantes y disponibles. Menos información aún se dispone de los recursos capturados por la actividad artesanal como los bentónicos por ejemplo. 

Se ha atribuido siempre a los recursos marinos, no solo el carácter de renovable, sino además, la cualidad de inagotable. Se ha elegido aceptar el mito, en obstinada ignorancia de los hechos, creyendo que los recursos pesqueros son infinitos e inagotables y forzando la extracción hacia límites impredecibles en sus consecuencias.

La forma más racional de proteger nuestros recursos pesqueros es adoptando un enfoque precautorio. Los peces son recursos naturales renovables, pero solo si se les deja reproducirse adecuadamente cuidando de no reducir sus poblaciones.



viernes, 23 de enero de 2026

¿SE PUEDE COMER MAS PESCADO EN EL PERU, DESDE LA PERSPECTIVA DE UNA PESCA SOSTENIBLE EN LAS ELECCIONES 2026?

 

Incentivar el consumo de pescado y/o promocionarlo, resulta ser una acción irresponsable, dado que solo se debería y/o podría hacer, si existiese información científica sobre cuáles serían las especies a incentivar, cuál sería su límite de captura y cuál sería la talla mínima.

No se puede seguir pescando con una flota cuyo tamaño no está de acuerdo a la biomasa de especies objetivo que se podría capturar sin poner en riesgo su existencia. Se requiere saber, en primer término, cuánto se puede capturar de cada especie y cuál es la capacidad de captura de la flota. Esa información conduciría a establecer el número máximo de embarcaciones pesqueras que garantice la sostenibilidad de las especies marinas en el ecosistema marino de Humboldt, así como las cuotas máximas de captura.

El recurso pesquero no aumenta en función de la demanda. Sucede que la biomasa de las diversas especies objetivo sigue el camino inverso, éstas se reducen y por tanto son insuficientes para satisfacer las expectativas y necesidades de todos los partícipes de la pesquería.

Aun superando el tema de asegurar la sostenibilidad de las especies, subsiste un asunto que debe evaluarse: Si se incrementa la demanda de pescado, la oferta sufrirá como consecuencia, además del riesgo de agotamiento, un incremento de precios. En este escenario ¿podrían las personas más necesitadas de proteína acceder a comprar pescado? El pollo siempre fue, desde la época de EPSEP y el auge de consumo de jurel y merluza, un competidor importante porque generalmente es más barato que el pescado.

Lo que corresponde, entonces, es evaluar qué especies son las mejores o únicas candidatas a ser promocionadas con el fin de incrementar el consumo. Y sin necesidad de mucho análisis, solamente tenemos a la anchoveta, la cual es la mejor especie estudiada y quizá la única hasta hace poco y la pota.

El gasto de promoción del consumo de pescado debería, por lo tanto, focalizarse en estas dos especies en forma prioritaria. Sin embargo, la investigación sobre las otras especies, y su cuidado y protección, no debe ser descuidada en ningún caso.

Hay sectores de la población cuyos ingresos les permiten comprar pescado fresco, congelado o enlatado, aunque en los últimos años sus precios han subido considerablemente, aunque sus necesidades de proteína no son necesariamente tan grandes como otros sectores que sí sufren de desnutrición y anemia infantil. Es a estos sectores, que no pueden pagar por valor agregado, a quienes hay que considerar como objetivo prioritario y hacia donde deben ser dirigidos los recursos del Estado que permitan no solo crear el hábito de consumo de pescado, sino las condiciones de captura y comercialización que les generen un producto de precio accesible a su nivel de ingresos y/o a programas de apoyo alimentario.

En nuestro país, una parte considerable de la población continúa con bajos niveles de consumo y de acceso a los alimentos, con la consecuente persistencia de niveles de desnutrición. Pero para el sistema, el producto alimenticio es más rentable cuando se exporta. La necesidad de otros países es una fórmula mágica que lo transforma todo en oro.

Es éticamente imposible negar esta realidad, menos aún ante una de las características más espeluznantes de la estructura pesquera nacional: la coexistencia del hambre con la exportación de nuestros productos alimenticios hidrobiológicos.

La desnutrición crónica es un indicador que tiene frenado al país y que mientras no se resuelva no permitirá el crecimiento nacional con equidad y sin exclusión. Niños menores de dos años padecen de desnutrición crónica en el Perú y sufren de anemia por deficiencias de hierro en su alimentación. Pero nos jactamos del éxito económico que significan los volúmenes de proteína exportados tanto en forma de harina de pescado como de productos hidrobiológicos congelados y en conservas.

La seguridad alimentaria en el Perú está estrechamente vinculada a la distribución de sus recursos. Es debatible, desde este punto de vista, el modelo que sostiene y prioriza la exportación de dichos recursos.

El Estado está llamado a mejorar la calidad de vida de sus ciudadanos a través de políticas de inclusión y de desarrollo. En la zona rural, en términos de alimentación, la presencia del Estado es pobre, inexistente y/o limitada. La población rural dispersa en condición de pobreza se encuentra ubicada en zonas alejadas de difícil acceso.

La actual orientación del Programa “A comer pescado” que lleva a cabo el Ministerio de la Producción, dirigido a promover el consumo de pescado en áreas territoriales donde no es necesaria la intervención estatal, requiere de una nueva orientación. En este escenario, la misma debiera ser fortalecer la ingesta calórico-proteica de la población rural dispersa en condición de pobreza: niños menores de 5 años, incrementando el consumo de recursos ícticos de manera sostenible y promoviendo la participación del sector pesquero artesanal en la extracción, procesamiento y comercialización de estos productos.

Es necesario implementar un programa social que contribuya con la seguridad alimentaria nacional en la mejor forma posible que el sistema político lo permite, yendo más allá de políticas que no tienen sostenibilidad sino que descansan en la voluntad política y el marketing político. No se requiere intervención en ciudades costeras ni en sectores de la población que tienen acceso a la adquisición de productos hidrobiológicos, sino en las realmente necesitadas.

Para apoyar con éxito la erradicación de la desnutrición, se requiere de Proyectos/Programas innovadores. El programa debe fundamentarse en la necesidad de crear un mercado como responsabilidad del Estado y en el fortalecimiento de capacidades que permitan convertir la atención de ese mercado en un negocio rentable, generando empleo y riqueza, lo que lo hace sostenible en el tiempo.

LA DISTRIBUCION

El pescado necesita ser promocionado para aumentar sus volúmenes de ventas. No es suficiente con tener un producto de buena calidad y apariencia y que esté disponible para los distintos segmentos de mercado, es también necesario hacerlo conocer. El asunto es ¿qué pescados pueden ser promocionados sin afectar la sostenibilidad de dichas especies?

Existen varias modalidades de promoción, desde las recetas de preparación (cocina) impresas en las etiquetas, embalajes o distribuidas en los puestos de venta, hasta la promoción por chefs líderes internacionales o concursos de chefs de restaurantes, pasando por los anuncios en los medios tradicionales de comunicación o en festivales gastronómicos, costumbristas o temáticos (de la pota, de la anchoveta, chilcanito de pescado, desayunos escolares, etc.). De otro lado, los profesionales de la salud y la educación (maestros, médicos y nutricionistas) pueden ser grandes aliados en la promoción del consumo de pescado.

Las estrategias de promoción deben ser adecuadas a cada realidad de la población peruana, principalmente cuando el objetivo son los sectores socioeconómicos menos favorecidos y que acusan altos niveles de deficiencias nutricionales. El Estado debe actuar sobre la educación al consumidor y la creación de mercado para incentivar al inversionista. Debe tener por objetivo la promoción del consumo de anchoveta y sus derivados e incrementar el consumo per cápita de pescado en la población, a fin de mejorar el nivel nutricional y de salud de los sectores socioeconómicos menos favorecidos y reducir la desnutrición crónica infantil.

Para dicho fin, el primer paso es crear la demanda de pescado. Esta se consigue mediante la promoción, publicidad y educación al consumidor efectuada por entidades del Estado mediante diversos programas, entre los cuales se encuentran las ferias semanales, degustación, concursos entre comedores populares y clubes de madre. ¿Qué se puede promocionar? Recursos abundantes como la pota y la anchoveta.

El segundo paso es crear la infraestructura de comercialización minorista. Esto se consigue articulando con los Municipios la asignación de puestos en los mercados y estimulando a los bodegueros a incursionar en la oferta de productos hidrobiológicos de la misma forma que ofertan pollo y carnes.

Creado el interés y ubicada el área física, debe estructurarse créditos para la creación de microempresas que inviertan en infraestructura básica (caseta de madera, congelador y materiales diversos) destinados exclusivamente al expendio de productos hidrobiológicos.

Luego se capacita a los interesados en volverse microempresarios o a aquellos que ya lo son, con programas especialmente dirigidos a la manipulación de pescado y a técnicas de comercialización administrativas.

Este es el paso más importante pues establece la demanda sostenida que pueda absorber la oferta sostenida del sector pesquero artesanal estimulando la inversión privada.

El tercer paso, creada la masa crítica de compradores minoristas, es articular la distribución del pescado capturado por la flota artesanal.

La anchoveta o los recursos destinados al consumo humano directo deben sufrir un proceso de congelado en diversas presentaciones, almacenarse y luego distribuirse a través de cámaras isotérmicas hasta el punto de venta final. Otra opción es procesarlos como curados, como la saladita lo que facilita su distribución.

Sin embargo, es la orientación del mercado la que definirá el tipo de producto por región, por zona, o por ciudad.

Todo este circuito de procesamiento, almacenamiento, distribución, venta, cobranza, etc. corresponde al sector privado el cual verá un nicho de mercado en esta operación, la posibilidad de generar nuevos negocios, y de generación de empleo.

El Estado actuará únicamente como el impulsor de la idea, mediante capacitación y financiamiento iniciales para que posteriormente los negocios crezcan y se consoliden por sí mismos.



martes, 20 de enero de 2026

PESCA: LA PERSPECTIVA ALIMENTARIA Y DEL MERCADO EN LA COYUNTURA ELECTORAL 2026

 

Pensar qué significan para los pobladores las cifras de ingresos provenientes de la pesca hace que nos preguntemos si acaso no sería más correcto hablar de cuántos impuestos han generado esta actividad y cómo los ha beneficiado. Y es que esta visión nos daría una idea de la verdadera posición de la pesquería peruana en su relación con el país y con aquellos que, como legítimos propietarios de estos recursos naturales, tienen el derecho de saber en qué han sido beneficiados.

¿Qué puede pensar el poblador marginado que no tiene qué comer pero escucha que somos un gran país pesquero? ¿Qué le importan esas cifras si, además de no representar un beneficio directo para él, tampoco representa alimento para sus familias? El poblador andino no consume pescado y acusa índices preocupantes de desnutrición. Mientras tanto, el sector crece en medio de aplausos.

Se ha atribuido siempre a los recursos marinos, no solo el carácter de renovable, sino además, la cualidad de inagotable. Se ha elegido aceptar el mito, en obstinada ignorancia de los hechos, creyendo que los recursos pesqueros son infinitos e inagotables y forzando la extracción hacia límites impredecibles en sus consecuencias.

Regalar pescado o venderlo a precios artificiales para hacer propaganda de esos actos es una ayuda a ciertos sectores de la población; pero no es una solución a la desnutrición ni lo que el país necesita. Programas que promocionan productos pesqueros elaborados por ciertas industrias tampoco es la solución que se requiere.

EXPORTACIONES

Se afirma que el Perú aumentó sus exportaciones pesqueras y que obtuvo éxitos destacables. Lo que no se especifica es quiénes son los que ganaron. Detrás de las exportaciones de productos pesqueros, se oculta un problema proporcionalmente similar o mayor que los beneficios logrados según la información oficial. Bajo las publicitadas cifras que ofrecen la imagen de un sector próspero, se desarrolla el drama real de una pesquería sometida un esfuerzo pesquero intenso. Y un país que va dejando tras de sí hermosas bahías contaminadas y devastadas.

¿Cuántos hospitales, cuántas escuelas, cuantas carreteras, cuantos desembarcaderos, han surgido gracias a la contribución de la pesquería? Probablemente algo haya surgido si revisamos las inversiones provenientes del canon pesquero, pero ¿en proporción justa a los volúmenes de dinero ingresado por la exportación?

Hoy se ve menos pescado que antes en los mercados y cuesta tanto o más que el pollo, con contadas excepciones.  El beneficio del país no va de la mano del beneficio de las empresas en el actual modelo.

Hoy, existe un mayor dinamismo del sector pesquero exportador pero, ¿irradian este crecimiento al resto del país? Que les vaya bien a las empresas no significa que le vaya bien al ciudadano medio.

Por más que se pretenda justificar que el sector genera divisas (que finalmente son propiedad de los exportadores y no del Estado) y generan empleo directo e indirecto, la realidad muestra que el sector pesquero peruano no es necesariamente inclusivo, puesto que a los dueños de los recursos, es decir el pueblo peruano, no se le muestra lo que reciben.

Las ventas de pescado sin proceso de transformación están exoneradas del Impuesto General a las Ventas, lo que beneficia al comprador; pero el pescado es cada vez más caro, o sea que su consumo se viene reduciendo a ciertos sectores que los pueden pagar y no a las mayorías.

La promoción del consumo humano directo de productos pesqueros en el mercado nacional, el cual puede ayudar a reducir los índices de desnutrición de la población, especialmente la infantil, tropieza con la dificultad de que la industria pesquera solamente tiene incentivos para exportar sus productos y no para el mercado interno. Por la exportación se le restituye el Impuesto General a las Ventas pagado y se le otorga un Drawback, en algunos casos, que es un estímulo para la exportación. En cambio para el mercado interno, los productos transformados pesqueros pagan el IGV y carecen de algo parecido al Drawback. En consecuencia la industria pesquera no tiene mayor motivo para introducir sus productos en un mercado que no le ofrece atractivos.

La vocación exportadora del sector, coherente con el modelo económico vigente, condena a la población peruana a disponer de una oferta de recursos hidrobiológicos insuficiente y de calidad discutible si la comparamos con la calidad del denominado “producto de exportación”.

Tan selectivo es el asunto que en las etiquetas se pone el término “calidad de exportación” como para reafirmar ante el país y el mundo entero, que en el Perú hay una clara selectividad: lo que se exporta es mejor que lo que se deja para el consumo interno.

Tan poca atención se presta al país, que existe un Ministerio de Comercio Exterior, pero no existe un Ministerio de Comercio Interior. Al sistema le preocupa más satisfacer las necesidades alimentarias de los países desarrollados que las necesidades de la propia población.

En ese orden de cosas, la exportación es más atractiva por los beneficios tributarios que se derivan de ella para los exportadores.  El mercado interno carece de similares estímulos. Por tanto es posible hablar de subsidios a la exportación pesquera.

Exportamos harina de pescado para alimentar peces cultivados en otros países, exportamos congelados a otros países para alimentar a otras poblaciones, y exportamos conservas a otros países para alimentar también a otras poblaciones. Lo que no se puede exportar se destina al mercado nacional. Además, lo que no satisface los estándares de calidad de los mercados internacionales, se traslada al mercado nacional. Se mantiene un doble estándar de calidad menospreciando al consumidor peruano.

La pesca de consumo en estado fresco, por sus volúmenes y por cuestiones de mercado, se destina a la población nacional. Pero la ausencia de cadena de frío limita su distribución.

Cabe preguntar si la capacidad de producción de hidrobiológicos del Perú permite incrementar su oferta exportable, que se ve presionada y favorecida por la firma de tratados de libre comercio.

Es evidente que en el caso de harina de pescado producida en base a anchoveta, no habrá posibilidad, (no debería haberla por lo menos) de incrementar las cuotas de captura, por lo cual no habría forma de incrementar estas exportaciones.

En el caso de recursos destinados al Consumo Humano Directo, a menos que se orienten capturas a nuevos recursos o recursos subexplotados, tampoco habría forma de producir un incremento de la oferta. El empresario privado optará siempre por vender sus productos con mayor valor agregado al mejor precio y al mejor postor. En esa lógica de pensamiento siempre encontrará en la exportación un mercado dispuesto a pagar caro por alimentos o materia prima para producir alimentos gourmet que satisfagan no necesariamente el hambre sino exigencias gastronómicas. El ciudadano pobre que solo requiere proteína barata tenderá a ser excluido de esa lógica de mercado.

La única forma de incrementar la oferta exportable, sin afectar al ecosistema marino peruano, sería con productos provenientes de la acuicultura y maricultura.

SOBERANIA Y SEGURIDAD ALIMENTARIA

La pesquería viene siendo conceptuada como fuente de riqueza vía exportación, cuando primero debe ser fuente de alimentación nacional. Si aspiramos a la soberanía y seguridad alimentarias se necesita una pesquería que produzca alimentos variados, sanos y accesibles para su población y, para el mercado externo debe haber igualdad de trato. Los beneficios a la exportación deben ser similares a los del mercado interno.

Estamos lejos de una noción de soberanía alimentaria. Dicha noción se entiende como el derecho de los pueblos a alimentarse en correspondencia con sus especificidades sociales, económicas, ambientales y culturales. Dentro de un sistema donde el alimento sea disponible y autosuficiente. Es decir con posibilidades de su compra en mercados justos, con calidad y cantidad de alimentos sanos y libres de todo tipo de contaminaciones.

La soberanía alimentaria supone un cuidado sostenible de los recursos naturales.

El mar peruano todavía ofrece varias especies abundantes que son muy poco utilizadas por la industria o consumidas por el público.

La cada vez mayor escasez de especies de consumo tradicionales como el congrio, el mero, la corvina, etc., indican que hay menos peces. Por eso, salvo una que otra especie, el pescado es caro en un país que se dice "pesquero".

La verdad es que los volúmenes que antes existían de otras especies ya no son los mismos. Para los pescadores ya no es rentable pretender vivir de su captura. Para los consumidores, los precios de la mayor parte de especies que antes eran asequibles a su adquisición, hoy ya no lo son. Solo unos pocos sectores privilegiados pueden acceder a ciertas especies.

Hubo un tiempo en el cual el jurel y uno que otro recurso era accesible y competía favorablemente con el pollo, su principal competidor. Hoy la situación se ha revertido.

Hay una imposibilidad para acceder a los alimentos por parte de amplias poblaciones que no pueden pagar los precios actuales.

La mayor parte de las capturas pesqueras en el Perú van a la producción de harina y aceite de pescado para la exportación, con otra parte para el consumo humano directo, también mayormente para la exportación en forma de enlatado y congelado. A nivel nacional, el pescado se consume principalmente fresco. Las especies de peces más cotizadas (corvina, lenguado, cojinova - especies carnívoras de carne blanca) son actualmente muy escasas y sus precios las hace inasequibles a la mayor parte de la población. Actualmente, las principales especies de pescado consumidas en el Perú son pelágicas (pota, bonito, jurel, caballa y otras).

La promoción del consumo de pescado debe orientarse a los estratos socioeconómicos más bajos y con los recursos más abundantes.

La promoción de consumo de la anchoveta tuvo avances importantes. Hoy ya no existe ningún programa de esta naturaleza. El desarrollo del mercado interno peruano para productos preferentemente derivados de la anchoveta es un enorme desafío. Implica educar a la población en el hábito de consumo de productos hidrobiológicos, en especial la anchoveta y de transformar un simple potencial de consumo en un verdadero mercado.

El reto nacional es desarrollar el mercado interno. La barrera para ello radica en que es más fácil aprovechar los mercados que otros países ya tienen bien estructurados y exportar. Los Estados Unidos, la Unión Europea y el Japón, entre otros, son mercados atractivos porque pagan precios altos pero también, porque tienen mercados estructurados, con redes de importadores, de grandes distribuidores, mayoristas y minoristas que posibilitan una venta rápida para productos de buena calidad.

Esta tendencia, sumada a la deficiente red de frío y de comercialización en el mercado interno, así como por la escasa demanda, afectan el desarrollo del mercado interno. Los elevados precios de los productos que se ofertan a este mercado constituyen otro de los limitantes. Ante mercados externos ya existentes, es difícil pensar que el sector privado realizará esfuerzos por invertir en la creación de un mercado interno para anchoveta y otros hidrobiológicos. Ante esa realidad y la disponibilidad de anchoveta y pota, es preciso que el Estado intervenga en la creación del mercado y en la articulación con el sector privado para llevar esta proteína a los sectores que más la necesitan y a precios accesibles.

El Perú no es Lima solamente. Si la anchoveta y la pota pueden ser una solución alimentaria, lo que corresponde es llevarla a todos los mercados del país.



sábado, 17 de enero de 2026

LA PERSPECTIVA CIUDADANA SOBRE LA PESCA EN LA COYUNTURA ELECTORAL 2026

 

“Los recursos marinos son un bien público, no un recurso privado. Por tanto, el derecho de explotar esos recursos debe asignarse con arreglo a criterios que garanticen que la pesca contribuya lo máximo posible al interés público”

Es en ese contexto que el Estado otorga permisos de pesca para la extracción de recursos naturales, renovables en este caso. Por tanto, no son los pescadores ni la industria los propietarios del recurso. Por el derecho a extraerlos y lucrar con ellos, es natural y justo que efectúen un pago, una contribución por dicha concesión al país, como dueño de los recursos.

Algunos recursos como la anchoveta, el jurel, el atún y la merluza generan un pago al Estado por su extracción, llamado derecho de pesca. La normatividad de la recaudación y empleo, así como la tasa de las pocas especies que pagan está desfasada y requiere de ser revisada. El país no conoce el monto recaudado por derechos pesca, quiénes pagaron, quiénes deben y en qué se ha empleado esta recaudación.

Los recursos pesqueros capturados por pescadores artesanales no están obligados al pago de derechos de pesca porque así se estableció en la Ley General de Pesca, la cual fue promulgada en un contexto promotor de la actividad extractiva, que probablemente ya no es válido en las circunstancias actuales. La pesca artesanal no tributa, esencialmente por su alto grado de informalidad, además.

Si los costos de producción son artificialmente rebajados, gracias a derechos de pesca bajos o gratuitos, entonces se permite la existencia de grupos económicos que tienen acceso gratuito o muy barato a los recursos pesqueros.

A diferencia de los recursos agrícolas y ganaderos, los pesqueros no se riegan, no se abonan ni se fumigan. Además, no tienen un propietario, pues aunque teóricamente lo es la Nación, ésta en términos prácticos resulta indiferente. 

Produce es el ente responsable de la recaudación de derechos de pesca. Transfiere el 50% al MEF para alimentar el canon pesquero y retiene el 50%.

CANON PESQUERO

El Canon Pesquero es la participación de la que gozan los Gobiernos Locales y Regionales sobre los ingresos y rentas obtenidos por el Estado por la explotación de los recursos hidrobiológicos, de las empresas dedicadas a la extracción comercial de pesca de mayor escala de recursos naturales hidrobiológicos de aguas marítimas y continentales lacustres y fluviales, y de aquellas empresas que además de extraer estos recursos se encarguen de su procesamiento.

El 10 de agosto de 2004 se publicó la Ley N° 28322 que aprobó diversas modificaciones a la Ley Nº 27506, Ley de Canon y posteriormente el 22 de diciembre de 2004 se publicó el D.S. Nº 187-2004-EF/15 mediante el cual se incorporaron modificaciones al Reglamento del Canon.

El Canon Pesquero está constituido por el 50% del Impuesto a la Renta y EL 50% de los Derechos de Pesca pagados por las empresas dedicadas a la extracción comercial de pesca de mayor escala, de recursos naturales hidrobiológicos de aguas marítimas, y continentales lacustres y fluviales.

Se debe señalar que el Reglamento de la Ley de Canon, establece que el monto del Canon Pesquero proveniente de los Derechos de Pesca, será determinado semestralmente, en virtud de lo dispuesto en los artículos 41° y 47° del Reglamento de la Ley General de Pesca.

Para efecto de la distribución del Canon Pesquero se considera como área de influencia lo establecido en el artículo 4º literal e) del Reglamento (D.S. N° 005-2002-EF): “El área territorial de los Gobiernos Locales y Regionales en cuya circunscripción las empresas dedicadas a la extracción comercial de pesca de mayor escala desembarquen los recursos hidrobiológicos según lo dispuesto en la Ley General de Pesca y sus normas reglamentarias”.

Según el artículo 5º de la Ley de Canon, Ley N° 27506, modificada por el artículo 2º de la Ley N° 28322, “el Canon será distribuido entre los Gobiernos Locales y Regionales de acuerdo a los índices de distribución que fije el Ministerio de Economía y Finanzas en base a criterios de Población y Necesidades Básicas Insatisfechas. Su distribución es la siguiente:

·          El 10% (diez por ciento) del total de canon para los gobiernos locales de la municipalidad o municipalidades donde se explota el recurso natural.

·          El 25% (veinticinco por ciento) del total de canon para los gobiernos locales de las municipalidades distritales y provinciales donde se explota el recurso natural.

·          El 40% (cuarenta por ciento) del total de canon para los gobiernos locales del departamento o departamentos de las regiones donde se explota el recurso natural.

·          El 25% (veinticinco por ciento) del total de canon para los gobiernos regionales donde se explota el recurso natural.

El literal b) del numeral 15.5 del Artículo 15º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que los índices de distribución del Canon y Sobrecanon son aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Resolución Ministerial, sobre la base de los cálculos que para tal efecto formule la Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales, considerando los criterios establecidos en el marco legal correspondiente.

La única información pública de la cual se puede deducir el monto recaudado es la transferencia de canon pesquero que efectúa el MEF. Al ser el 50% se deduce cual es la cifra retenida por Produce. Pero la autoridad de pesquería no exhibe la información en forma transparente.

Debe mencionarse que no es competencia del sector pesca la distribución de los derechos de pesca sino del MEF; pero este ministerio lo viene realizado de forma ineficiente e injusta. Lo único que hace es dispersar y atomizar recursos financieros exiguos de inicio.

Derechos de pesca no es lo mismo que el impuesto a la renta. No es un pago caprichoso para aumentar los ingresos del tesoro público, sino que más bien es un instrumento que permitirá el adecuado balance entre la mortalidad comercial de recursos naturales y los beneficios económicos de las empresas operadoras. Un dividendo por el derecho a explotar un recurso natural, que es de propiedad de todos los peruanos.  Una compensación por los impactos generados sobre el ecosistema y sobre el medio ambiente.

LA PARTICIPACION DE LA SOCIEDAD

Resulta, en términos prácticos que todo lo que se pesca tiene costo cero. La materia prima resulta gratis, porque lo que se gasta en pescarlo no es costo de la misma, sino operativo.

El empresario, especialmente el armador artesanal, al observar que en la actividad pesquera se están produciendo beneficios económicos positivos, ingresa a ella tomando en cuenta sólo su estructura de costos y pensando en el ingreso que obtendrá de la participación de la actividad pesquera. Sin embargo, no toma en cuenta los efectos externos que causa a los participantes existentes. Es decir que, al ingresar él, no considera que se reduce la biomasa disponible, por lo que para alcanzar los mismos niveles de ingreso se requiere ejercer un mayor esfuerzo pesquero, o alternativamente desplazarse a mayores distancias para alcanzar un mismo nivel de captura. Al final, se ejerce una cantidad de esfuerzo tal que los beneficios económicos que existían se hacen cero. Por ello la formalización de embarcaciones tal como se planteó y la prórroga de plazos que hoy se pretende aplicar, no es conveniente.

La industria pesquera que destina recursos hidrobiológicos a su transformación en congelados, enlatados, curados y principalmente anchoveta para su reducción en harina, si bien es cierto significa un importante aporte al PBI, también es cierto que:

Contribuye con el impuesto a la renta de tercera categoría en una proporción que el público no conoce en relación a la producción que exporta; contribuye con una tasa de derechos de pesca baja; causa un impacto serio al medio ambiente, que es visible y evidente en todas las ciudades donde se encuentran plantas procesadoras; causa un impacto sobre la biomasa de anchoveta reduciendo las posibilidades de alimentación de la cadena trófica superior, provocando una reducción de las poblaciones de aves guaneras y de peces, cuyos efectos más directos los sufre la pesca artesanal; no se ha hecho nada efectivo para limpiar y descontaminar las bahías donde se realiza esta producción, y se continúa causando impactos negativos sobre el océano y sobre el aire.

No se conocen los montos de los impuestos que el Estado devuelve al sector por lo que exporta. El Estado debe poner sobre la mesa estos números y además, la recaudación de los derechos de pesca y el destino que les da. Esto permitiría evaluar en cifras reales, cuánto es lo que la sociedad peruana percibe realmente como retribución de la industria pesquera, por el privilegio de extraer peces del dominio marítimo peruano.

FINALMENTE

Más allá de las cifras macro económicas, crecimiento del PBI y todo aquello que los medios de comunicación difunden periódicamente...¿Qué gana en términos prácticos, reales y directos, la sociedad peruana? ¿Qué gana el Perú en términos de beneficio directo al ciudadano común y corriente y al propio sector en términos de inversión en infraestructura, capacitación e investigación y desarrollo? Porque en términos de alimentación nacional, hay mucho por hacer, el pescado cada vez es más caro y alejado de la mesa de las poblaciones más vulnerables, y no se le encuentra como algunos años atrás.

No se puede ocultar el hecho de que el número de personas que pescan ha aumentado y que éstas están cada vez mejor equipadas a nivel de flota y de aparejos tecnificados. A ello se le define como aumento o crecimiento del esfuerzo pesquero. Sucede que la biomasa de las diversas especies objetivo sigue el camino inverso: éstas se reducen y por tanto son insuficientes para satisfacer las expectativas y necesidades de todos los partícipes de la pesquería. El recurso pesquero no aumenta en función de la demanda.

Los beneficios económicos del sector pesquero marítimo alcanzan a una fracción mínima de la población involucrada. Los volúmenes de recursos pesqueros naturales no aumentan a la par que crece la población vinculada a la extracción.

La lógica del Estado debe ser cumplir con el criterio de sostenibilidad, que significa dejar dinero en el fondo del mar para que lo recojan las próximas generaciones, cuidando que nunca se agoten.

Un importante referente, para tener siempre en cuenta, se encuentra en la sentencia del Tribunal Constitucional, del Pleno jurisdiccional 00011-2008-PI/TC, de la cual se destaca el artículo 37, que expresa:

“En tal sentido, cuando la generación lucrativa de ciertas empresas pesqueras entra en conflicto con el bienestar colectivo o la defensa de los bienes que resultan indispensables para que la vida humana siga desarrollándose, la interpretación que de la Constitución se haga debe preferir el bienestar de todos y la preservación de toda clase de vida, toda vez que la Economía Social de Mercado condiciona la participación de los grupos económicos al respeto del bien común y del interés general, estableciendo límites para que la democracia constitucional no sea un espacio donde se impongan las posiciones de los más poderosos económicamente en detrimento de los demás bienes jurídicos protegidos constitucionalmente”.

 “Una pesquería sostenible es aquella que puede mantenerse de forma indefinida sin comprometer la viabilidad de la población de la especie objetivo y sin ejercer un impacto negativo sobre otras especies dentro del ecosistema, incluidas las personas. Además debe incluir un compromiso de buenas prácticas con el medio marino, contaminación cero y que la actividad no produzca daños irreversibles”



miércoles, 14 de enero de 2026

LA BASE LEGAL DEL ORDENAMIENTO PESQUERO EN LA COYUNTURA ELECTORAL 2026

 

La línea de trabajo de la Revista Pesca y su blog, ha sido y es, exponer temas y problemas referidos a la pesca en el Perú. La acuicultura no es materia sobre la cual trate la Revista Pesca.

Se exponen ideas y también hechos, con una visión de país y no de parte, a fin de que la colectividad disponga de insumos para analizar, formarse opinión propia y actuar en consecuencia, si es que corresponde.

Se procura tratar temas de fondo sin menoscabo de las personas ni de las instituciones. Sin embargo, algunos personajes, interpretan incorrectamente este propósito, como es en el caso del ROF del IMARPE. Hay quienes consideran un ataque a la institución, el hecho de denunciar que autoridades del sector no aprueban hasta ahora el nuevo ROF, que es un mandato legal. Es la exposición de un hecho concreto, real y verificable, que los directivos responsables no están cumpliendo el mandato dispuesto en el DL 1677 y en el DS 015-2025/PRODUCE, sin que medie explicación alguna. Nadie puede estar por encima de la ley.

Una denuncia de actos ilegales de los responsable de la dirección de la institución, no es una agresión al IMARPE ni a ninguna otra entidad. Las instituciones no son responsables de lo que hacen sus jefes de turno. Se cuestiona al responsable, al infractor de la norma. Exponemos un hecho concreto que no puede ser ocultado o disfrazado con otros comentarios ni tampoco minimizado.

No es la intención ni la línea de Pesca entrar en debates ni discusiones, sino que los lectores analicen y formen sus propias opiniones.

En este contexto no podremos hablar debidamente de ordenamiento pesquero si las normas y leyes no se cumplen. Quienes defienden la violación de ley con argumentos inexistentes, tratando de desviar la atención sembrando la idea de que se está atacando a la institucionalidad del IMARPE, están equivocados, o no admiten que la ley, por dura que sea, es la ley.

Si se permite que la pesquería sea administrada sin respetar una sola norma o ley, entonces puede replicarse su incumplimiento en muchas más situaciones y la administración se volvería anárquica.

La ciencia es ciencia y no debe estar dirigida por funcionarios que pretenden disimular el incumplimiento de la ley solo porque a alguien no le ha gustado la norma. Hay mecanismos para resolverlo, pero en ningún caso la rebeldía de la propia autoridad.

La Ley General de Pesca tiene por objeto normar la actividad pesquera con el fin de promover su desarrollo sostenido como fuente de alimentación, empleo e ingresos y de asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiológicos, optimizando los beneficios económicos, en armonía con la preservación del medio ambiente y la conservación de la biodiversidad. La misma menciona que son patrimonio de la Nación los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú.

En consecuencia, corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional.

Los recursos pesqueros pertenecen a la Nación, legítimamente representada por sus autoridades. Los artículos 66 a 68 de la Constitución Política del Perú, establecen que los recursos naturales son patrimonio de la Nación, correspondiendo al Estado promover su uso sostenible; y conservación de la diversidad biológica. Es en ese contexto que el Estado otorga permisos de pesca para la extracción de recursos naturales, renovables en el caso de los hidrobiológicos. Por tanto, no son los pescadores ni la industria los propietarios del recurso.

Los artículos 6 y 7 de la Ley Orgánica para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, Ley Nº 26821, establecen que el Estado es soberano en el aprovechamiento de los recursos naturales, mediante el aprovechamiento sostenible de estos, a través de las leyes especiales sobre la materia y las políticas del desarrollo sostenible, entre otras acciones. Del mismo modo, el artículo 20 de la referida ley, dispone que el aprovechamiento de recursos naturales por parte de particulares da lugar a una retribución económica que se determina por criterios económicos, sociales y ambientales. Todo concepto que deba aportarse al Estado por el recurso natural, ya sea como contraprestación, derecho de otorgamiento o derecho de vigencia del título que contiene el derecho, establecidos por las leyes especiales, es absolutamente indiscutible.

En este marco jurídico, el Estado no interviene nada más que dando el marco regulatorio dirigido a cumplir metas de control biológico y de protección. 

Los ciudadanos peruanos, legítimos propietarios de los recursos naturales, debieran orientar sus demandas a una mayor y mejor participación en los beneficios que otorga la pesca. Los recursos pesqueros son de todos los peruanos y no solo de unos cuantos.

La administración pesquera adecuada a la realidad nacional, debiera ser la suma de normas y acciones conducentes al logro de cuatro objetivos principales:

·      Asegurar la sostenibilidad de los recursos pesqueros.

·      Alcanzar la Seguridad alimentaria con creciente consumo de productos abundantes, especialmente en zonas de extrema pobreza.

·      Elevar la calidad de los productos hidrobiológicos y el nivel de la pesca artesanal a través de la capacitación.

·      Optimizar el ordenamiento del sector.

A la fecha, los ROPS (Reglamento de Ordenamiento Pesquero) que existen, están diseñados recurso por recurso y no con enfoque ecosistémico. La gran mayoría de especies no tienen reglamento. Es necesario aplicar a nuestra pesquería el concepto y los principios del manejo ecosistémico; diversificar el esfuerzo pesquero y propiciar iniciativas que redunden en el consumo humano de nuestros recursos.

Ello exige contar con información científica para asegurar la sostenibilidad de los recursos y evaluar factores económicos y sociales que inciden directa o indirectamente en la actividad pesquera. Y

complementariamente se requiere acciones educativas y de capacitación.

Los pescadores artesanales, que antes capturaban sus especies a poca distancia de sus poblaciones hoy se han visto obligados por la necesidad, a convertirse en pescadores de altura y se aventuran a veces hasta más allá de las 200 millas en busca de especies sustitutas a su pesquería tradicional, como el perico y la pota, por ejemplo. Sin embargo, no gozan de mayor interés ni apoyo por parte de las administraciones de la pesquería, en especial en temas educativos y de capacitación.

El ordenamiento pesquero debe fijar la sostenibilidad como el criterio fundamental para el manejo de los recursos renovables, respetando la base legal y la normatividad existente. Esta sola afirmación, por simple que parezca, podría convertirse en el único objetivo por cuanto implica múltiples acciones complementarias y colaterales que abarcan casi toda la problemática pesquera.

El objetivo central del gobierno debe ser sencillo y estable en el tiempo: “Promover el desarrollo eficiente y sostenible de nuestras principales pesquerías”. En otras palabras, regular la pesca de tal manera que no se agoten los recursos pesqueros.