La debida gestión pesquera

El mayor fallo de la gestión es que ni los pescadores ni los gestores poseen los conocimientos necesarios para dirigir algo tan complejo como un ecosistema marino costero. El derecho a pescar no se debería basar en si uno dispone del dinero suficiente para comprarse un barco, sino en los conocimientos y la voluntad de trabajar en colaboración con los gestores y los científicos para hacer que la pesca sea sostenible. El derecho a pescar se debería ganar o perder según la voluntad de aceptar unos límites razonables a las capturas. Paul Greenberg

REVISTA PESCA

La Revista Pesca es un medio de información alternativo que presenta artículos, opiniones y noticias referidas a la pesca en el Perú y el mundo, con énfasis en la política pesquera, la sostenibilidad de los recursos pesqueros y la seguridad alimentaria. En este blog se publican notas de importancia, así como novedades del sector pesquero.

En 2023 cumplimos 64 años de publicación en el Perú.

Las ediciones a partir del 2010 se publican en formato digital (PDF) en la siguiente página web: http://www.issuu.com/revistapesca/docs


Merecemos una gestión de la pesca con visión de país y compromiso con el ciudadano.

Los peces del Perú, primero para los peruanos


domingo, 8 de mayo de 2022

EL PROYECTO DE LEY QUE CREA EL MINISTERIO DE PESQUERÍA

 

La aprobación en primera votación del proyecto de Ley 635/2021-CR viene siendo objeto de varias interpretaciones y apreciaciones.

En este sentido no es suficiente con leer el titular o el articulado del proyecto porque induce a error.

Este proyecto de Ley no crea el Ministerio de Pesca y Acuicultura. Simplemente lo declara de interés nacional. ¿Qué significa esto? Pues nada. Es una declaración lírica que no obliga al Ejecutivo a crear un nuevo Ministerio.

Para entender debidamente el tema hay que examinar la exposición de motivos del proyecto para darse cuenta de que su intención es puramente declarativa.

Por otro lado, la creación del Ministerio no necesariamente implica la mejora y optimización de la entidad. Si no, imaginemos que al actual PRODUCE se le cambia de nombre, permaneciendo en sus cargos los mismos funcionarios.

En los siguientes links se puede encontrar algunos comentarios sobre el tema:

https://revistapesca.blogspot.com/2020/04/el-ministerio-de-pesqueria-es-la.html

https://revistapesca.blogspot.com/2021/05/la-restitucion-del-ministerio-de.html

https://revistapesca.blogspot.com/2021/05/un-nuevo-modelo-institucional-para-la.html

La creación de un Ministerio de Pesca y Acuicultura, tiene que ser parte de un nuevo modelo de gestión, que incluya una Política Nacional que facilite la gobernanza marcando la visión sectorial de largo plazo, acompañada de un nuevo cuerpo de doctrina legal concordante con dicha política.

Es necesario, por otro lado, enfocar la problemática en forma integral, por lo cual no es suficiente la creación de un nuevo Ministerio.

Se requiere:

Crear el Ministerio de Pesca y Acuicultura en base al Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura, lo cual no genera costos ni gastos nuevos.

Crear la Superintendencia Nacional de Pesca y Acuicultura (Sunapes) para asumir la función de fiscalización y sanción que hoy recae en el Ministerio de la Producción, garantizando así la independencia y tecnicismo de esta función.

Nuevo ROF del IMARPE y recomposición de su Consejo Directivo.

Crear el Instituto Tecnológico Pesquero en reemplazo del CITE Pesquero Callao.

Proponer una nueva Ley General de Pesca.

Elaborar la Política Nacional de Pesca y la Política Nacional de Acuicultura.

En relación al actual proyecto, literalmente, en parte de la exposición de motivos se lee:

ANTECEDENTES LEGISLATIVOS:

“El antecedente legislativo más reciente, es el Proyecto de Ley 5779/2020-CR, Ley que declara de necesidad pública e interés nacional la creación del Ministerio de Acuicultura y Pesca, presentado por el Congresista Josepht Pérez Mimbela el 22 de julio de 2020, siendo decretado a la Comisión de Descentralización, Regionalización, Gobiernos Locales, y Modernización de la Gestión del Estado. Sin embargo, no llegó a ser dictaminado, quedando sin estudio por parte de la Comisión.

En ese orden de ideas, resulta pertinente alertar al Poder ejecutivo, sobre la necesidad pública y el interés nacional de un cambio en la estructura actual del Ministerio de la Producción, y se contemple un cambio en su estructura.

ANÁLISIS COSTO BENEFICIO

Según la información de la Oficina General de Evaluación de Impacto y Estudios Económicos del Ministerio de la Producción, en el país existen 90,000 pescadores artesanales cuya mayor concentración está en Piura, ¡ca, Arequipa y Ancash.

De otro lado, en el portal institucional de PRODUCE se precisa que, de acuerdo con ¡a Encuesta Nacional de Hogares (ENAHO 2019), se estima que la población pesquera artesanal marítima y continental llegaría a los más de 93,000 empleos directos en e/ámbito marítimo y continental.

Asimismo, señalan que "los ingresos monetarios percibidos por la pesca artesanal serían el sustento económico de más de 300,000 personas a nivel nacional".

Considerando que la norma, no demandará recursos adicionales, y que su aprobación y publicación, contribuirán a que el Poder ejecutivo evalúe la opción de reorganizar el Ministerio de la Producción en favor de los agentes de la actividades pesquera y acuícola, el resultado esperado será significativamente superior a su costo.

EFECTOS DE LA VIGENCIA DE LA NORMA EN LA LEGISLACIÓN NACIONAL

La presente iniciativa al ser de carácter declarativo, busca alertar al Poder ejecutivo sobre la imperiosa necesidad de contar con un Ministerio de Pesquería y Acuicultura para administrar, regular y supervisar adecuadamente este sector productivo, por lo que no contraviene ningún artículo de la Constitución Política del Perú, y no modifica ni colisiona con normas de la legislación vigente”.

El Gobierno Militar del Gral. Juan Velazco Alvarado creó el Ministerio de Pesquería, mediante el D.L. 18026, el 16 de diciembre de 1969, siendo nombrado como primer Ministro de Pesquería el Gral. Javier Tantaleán Vanini.

El Ministerio de la Producción fue creado por Ley N° 27779 - Ley Orgánica modificatoria de la Organización y Funciones de los Ministerios, publicada el 11 de julio del 2002, a partir de la fusión del Ministerio de Pesquería y parte del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales – MITINCI, determinándose su competencia en materia de las actividades extractivas y productivas comenzando en los sectores industria y pesquería (Art. 33°).

De acuerdo al Decreto Legislativo N° 1047, que aprobó su Ley de Organización y Funciones, y a la Ley N° 29271, que le transfirió la competencia en MYPE y le asignó la competencia en cooperativas, el Sector Producción comprende las competencias de Pesca, de Acuicultura, de Industria, de Comercio Interno, de MYPE y de Cooperativas.

Si realmente hubiese voluntad política por crear el Ministerio, lo sensato hubiese sido proponer y aprobar una ley que lo crea, exactamente como se creó en 2002 el actual PRODUCE.

¿Cuál es entonces, el sentido de aprobar un proyecto de ley que es de carácter declarativo, y que solo busca alertar al Poder ejecutivo sobre la imperiosa necesidad de contar con un Ministerio de Pesquería y Acuicultura?

La aprobación del Proyecto de Ley 635/2021-CR resulta ser tan solo una declaración lírica que no obliga al Ejecutivo a crear un nuevo Ministerio.

El tiempo invertido en este proyecto bien pudo ser dedicado a la creación efectiva de un Ministerio de Pesca y Acuicultura.