La debida gestión pesquera

El mayor fallo de la gestión es que ni los pescadores ni los gestores poseen los conocimientos necesarios para dirigir algo tan complejo como un ecosistema marino costero. El derecho a pescar no se debería basar en si uno dispone del dinero suficiente para comprarse un barco, sino en los conocimientos y la voluntad de trabajar en colaboración con los gestores y los científicos para hacer que la pesca sea sostenible. El derecho a pescar se debería ganar o perder según la voluntad de aceptar unos límites razonables a las capturas. Paul Greenberg

REVISTA PESCA

La Revista Pesca es un medio de información alternativo que presenta artículos, opiniones y noticias referidas a la pesca en el Perú y el mundo, con énfasis en la política pesquera, la sostenibilidad de los recursos pesqueros y la seguridad alimentaria. En este blog se publican notas de importancia, así como novedades del sector pesquero.

En 2023 cumplimos 64 años de publicación en el Perú.

Las ediciones a partir del 2010 se publican en formato digital (PDF) en la siguiente página web: http://www.issuu.com/revistapesca/docs


Merecemos una gestión de la pesca con visión de país y compromiso con el ciudadano.

Los peces del Perú, primero para los peruanos


viernes, 8 de septiembre de 2023

LAS MANIOBRAS PARA MANTENER EL CONTROL DEL IMARPE

 A fin de neutralizar el DU 015-2020 y mantener el control de la Marina de Guerra del Perú sobre la única institución científica que investiga el mar y aguas continentales, algunos congresistas presentaron este proyecto de ley que lo único que hace, con argumentos débiles, es asegurar la presencia de un almirante en situación de retiro en el control de la institución. El DU 015 fue convenientemente, para estos propósitos, incumplido por todos los ministros desde su promulgación. Ahora resulta curioso que apenas sale el ex ministro Pérez Reyes, tácito enemigo de la norma, el proyecto de ley se agenda para debate. ¿Será que la nueva ministra no es partícipe de que el DU 015 continúa en situación de incumplimiento? La única jugada legalmente válida era y es derogar el DU con una ley.Ese es el juego de los congresistas marinos retirados.

Pero además, el propio IMARPE presentó su propio proyecto de ley para derogar el DU 015, aunque no pide que la Marina siga dirigiendo la Institución. LA REACCION DEL IMARPE EN JULIO 2023

En julio de 2023, el Instituto del Mar del Perú ha preparado un proyecto de ley que deroga el DL 95 y el DU 015-2020. Esperan presentar este proyecto a un grupo de congresistas, ya que Imarpe no tiene competencias para hacerlo directamente. ¿Lo sabe el ministro?

Sin embargo en diciembre de 2022, presentó un proyecto de ROF con su respectivo Decreto Supremo al PRODUCE para su promulgación, en cumplimiento del mandato del DU 015-2020.

Al realizar el proyecto de ley al que se hace mención, resulta que por un lado el Ministerio no cumple la ley, el IMARPE la cumple al remitir el proyecto hace 6 meses con toda una exposición de motivos y debido sustento; pero ahora va a presentar un nuevo proyecto de ley que anula todo lo accionado.

Si un Ministerio se niega a dar cumplimiento a una norma con rango de ley ¿con qué derecho moral puede exigir el cumplimiento de las leyes del sector pesquero a sus administradores? La cosa no está en si el DU 015 es bueno o malo o si el proyecto de ley que está por presentar el Imarpe es también bueno, malo, mejor o peor.

Timoteo Querevalú, quien presentó la acción de cumplimiento, ahora se ha dirigido a la Comisión de Producción del Congreso para levantar su voz, presentando un escrito ante la Comisión de Producción del Congreso de la República en relación al DU 015-2020 que ordena la reestructuración. . del IMARPE y al proyecto de Ley Nº 1129/2021-CR que pretende burlar dicho decreto y mantener al IMARPE bajo el control de la Marina de Guerra, que dice:

“Han transcurrido 1,365 días ya la fecha no se cumplió con los efectos del DU 015-2020, y dado al exceso de tiempo transcurrido, como ciudadano peruano, el 09 de marzo presenta un recurso al Despacho del Ministerio de la Producción, requiriendo se cumpla con el indicado DU.Habiendo tomado conocimiento el día de hoy 7 de Setiembre, que la Comisión que Ud preside, está considerando someter para aprobar el Proyecto de Ley Nº 1129/2021-CR, presentado por el congresista José Cueto Aservi, contrario a la NECESIDAD Y URGENCIA DE LA DACION DEL DU 015-2020, se debe considerar con mayor razón el CARÁCTER IRRENUNCIABLE, PARA QUE SE CUMPLA LO DISPUESTO EN EL DU 015-2020, cuyos motivos prevalecen y dan lugar a abundante sustento al petitorio que formula a su despacho ante la DECADENTE SITUACION Y CRISIS QUE AFRONTA IMARPE, por lo que detallo”:

El documento completo puede leerse en el siguiente enlace:

https://app.box.com/s/92tb1bilzwg4ssefa5aj4votmbdcsnpm

 
Mayores Referencias:

http://revistapesca.blogspot.com/2023/06/el-caso-del-decreto-de-urgencia-015.html

http://revistapesca.blogspot.com/2022/01/quien-debe-presidir-el-imarpe.html

http://revistapesca.blogspot.com/2022/01/proyecto-de-nueva-ley-para-el-imarpe.html

http://revistapesca.blogspot.com/2023/07/anarquia-en-el-sector-pesquero.html

Sentencia del TC declarando CONSTITUCIONAL el DU 015

https://tc.gob.pe/jurisprudencia/2021/00001-2021-AI.pdf