No creas en todo lo que se dice.

Aun cuando creas que algo aparece claro, ponlo en duda y no reposes. Duda de todo lo que parece ser bonito y verdadero. Pregúntate siempre: «¿Para qué?». No creas que una cosa sola es buena; lo recto no es recto y tampoco lo curvado es curvado. Si alguien dice que un valor es absoluto, pregúntale en voz baja: «¿Por qué?». La verdad de hoy puede mentir ya mañana. Sigue el río desde donde comenzó el torrente. No te basten las piezas aisladas. Pregúntate siempre: «¿Desde cuándo?». Busca las causas, une y disuelve, atrévete a mirar tras las palabras. Si alguien dice: «Esto es bueno (o malo)», pregúntale en voz baja: «¿Para quién?» Friedrich Paulus

La debida gestión pesquera

La Revista Pesca es un medio de información alternativo que presenta artículos, opiniones y noticias referidas a la pesca en el Perú y el mundo, con énfasis en la política pesquera, la sostenibilidad de los recursos pesqueros y la seguridad alimentaria. En este blog se publican notas de importancia, así como novedades del sector pesquero. En 2025 cumplimos 66 años de publicación en el Perú.

jueves, 22 de marzo de 2018

POLÍTICA NACIONAL Y POLÍTICA PESQUERA EN EL PERÚ


El DS Nº 029-2018-PCM, del 19 de marzo de 2018, en la primera disposición complementaria transitoria, establece que:

De la aprobación de la Política General de Gobierno para el presente periodo gubernamental
La Política General de Gobierno para el presente periodo de gobierno aprobada por acuerdo del Consejo de Ministros, se materializa por Decreto Supremo con el refrendo de el/la Presidente/a del Consejo de Ministros, a los diez (10) días hábiles de entrada en vigencia de la presente norma.

¿Cuál es la política general del presente gobierno para el sector pesquero en relación al reciente Decreto Supremo mencionado en el párrafo anterior?

El Plan Estratégico Sectorial Multianual del Ministerio de la Producción, aprobado con la RM 354-2017-PRODUCE del 25 de julio de 2017 no contempla mayores cambios ni reformas estructurales en el sector pesquero. El Plan Operativo Institucional del mismo Ministerio, aprobado con la RM 356-2017-PRODUCE del 26 de julio de 2017, tampoco ofrece cambios significativos de fondo en la administración de la pesquería nacional. Lo cual es una lógica consecuencia de la ausencia de una agenda o proyecto de políticas de Estado para la pesca del actual régimen, que sugiera reformas de fondo.
La definición de objetivos estratégicos y su inclusión en un plan de gobierno o política de gobierno o de Estado, es una declaración de intenciones. En términos prácticos, los cambios o reformas estructurales se activan únicamente a través de los instrumentos de gestión apropiados, los cuales son una ley, decreto supremo, resolución suprema o resolución ministerial. Mientras una política o un objetivo estratégico no aterricen en cualquiera de estos documentos de gestión, no dejaría de ser una declaración lírica que muestra voluntad política; pero no evidencia una decisión política con efectos reales.
Es necesario prestar atención a lo que significa administrar la explotación de los recursos pesqueros y establecer la tributación justa para garantizar una adecuada participación de la sociedad en la renta proveniente de esos recursos naturales, sin perjudicar la rentabilidad de las empresas o pescadores.

El control y la explotación de nuestros recursos naturales renovables y no renovables, merecen replantearse con el objeto de que el Estado participe de los beneficios económicos de su explotación en mejores términos, entre otras reformas de fondo.

Si aspiramos a la soberanía y seguridad alimentarias se necesita una pesquería que produzca, en primer lugar, alimentos variados, sanos y accesibles para su población y, en segundo lugar, para las oportunidades del mercado externo. La pesquería sigue siendo conceptuada como fuente de riqueza vía exportación, negándonos a aceptar que primero debe ser fuente de alimentación nacional y luego ser usada como arma estratégica de negociaciones en un mundo que poco a poco se verá más inundado por el hambre.

El interés nacional, entendido como la defensa del bien común, impone políticas que puedan cuidar los recursos pesqueros para las generaciones futuras y que le den a la sociedad una adecuada participación en las ganancias que obtienen quienes se ven beneficiados por una concesión de explotación de un bien común patrimonio de toda la nación y alimentos baratos para toda la población del país en forma prioritaria.

La protección de nuestros recursos solo pueden materializarse a partir de la existencia de un poder político que establezca planes de largo plazo y optimice el funcionamiento del aparato estatal.

Los procesos de implementación de objetivos estratégicos, en términos generales, están debidamente normados y podrían parecer complicados; pero no empiezan a activarse sin la existencia de la voluntad política expresada en una Política de Estado o de Gobierno. Para que esto tenga éxito y se puedan alcanzar metas en un período de gobierno, se requiere de gran capacidad de síntesis de la problemática pesquera y las acciones propuestas.
Mucha reforma terminaría en inaplicable. Poca reforma tiene probabilidad de éxito en la medida que el tiempo sea suficiente y no haya detenciones debidas a la oposición de algunos administrados o subsectores, por lo cual debe establecerse consensos previos.
Lo ideal es que los subsiguientes gobiernos continúen la misma línea y la perfeccionen a fin de tener un gran diseño de largo plazo para una pesquería sostenible, inclusive y que privilegie la alimentación nacional.
Sin embargo, ningún cambio ni mejora alguna serán posibles mientras no se establezcan un mínimo de objetivos estratégicos debidamente consensuados y luego apropiadamente convertidos en documentos de gestión que presenten acciones y actividades concretas, susceptibles de ser medidas a través de indicadores.
El DS Nº 029-2018-PCM aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales y establece las siguientes definiciones:
Artículo 5.- Políticas de alcance nacional
Son políticas de alcance nacional, aplicables en todo el territorio, las Políticas de Estado y las Políticas Nacionales.
Artículo 6.- Políticas de Estado
6.1 Las políticas de Estado definen lineamientos generales que orientan el accionar del Estado en el largo plazo a fin de lograr el bienestar de los ciudadanos y el desarrollo sostenible del país. Son el resultado de un consenso alcanzado en el Foro del Acuerdo Nacional.
6.2 Están contenidas en el Acuerdo Nacional y se concretan en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional.
6.3 La Presidencia del Consejo de Ministros a través del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN facilita el seguimiento a las políticas de Estado.
         Artículo 7.- Política General de Gobierno
7.1 La Política General de Gobierno es el conjunto de políticas priorizadas que se desarrollan a través de políticas nacionales durante un periodo de Gobierno.
7.2 Está bajo la dirección del Presidente de la República y debe ser presentada por el/la Presidente/a del Consejo de Ministros al Congreso de la República, conforme lo dispuesto en la Constitución Política del Perú.
7.3 El/la Presidente/a del Consejo de Ministros apoya al Presidente de la República en la gestión de la Política General de Gobierno mediante la coordinación, seguimiento al cumplimiento y evaluación de las políticas priorizadas.
7.4 A los cuarenta (40) días de haber asumido sus funciones el Presidente de la República, y por iniciativa de este, el Consejo de Ministros aprueba mediante acuerdo la Política General de Gobierno, en el marco de las Políticas de Estado, los objetivos del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional y las políticas nacionales vigentes. Dicha Política General se materializa mediante Decreto Supremo refrendado por el/la Presidente/a del Consejo de Ministros.
7.5 Los ministerios competentes proponen la aprobación o actualización de las políticas nacionales que conforman la Política General de Gobierno bajo su competencia, conforme la estructura contenida en el Anexo 1, en un plazo máximo de ochenta (80) días calendario de publicado el Decreto Supremo a que se hace referencia en el numeral 7.4 que antecede.
7.6 En caso una política priorizada de gobierno ya contara con una política nacional aprobada que trasciende el periodo de gobierno en curso, deberá ser actualizada, de corresponder, sujetándose al plazo señalado en el numeral 7.5.
7.7 El seguimiento a las metas que se prioricen en la Política General de Gobierno está a cargo de la Oficina de Cumplimiento de Gobierno e Innovación Sectorial de la Presidencia del Consejo de Ministros.
Artículo 8.- Políticas nacionales
8.1 Constituyen decisiones de política a través de las cuales se prioriza un conjunto de objetivos y acciones para resolver un determinado problema público de alcance nacional y sectorial o multisectorial en un periodo de tiempo.
8.2 Definen los objetivos prioritarios, los lineamientos, los contenidos principales de las políticas públicas, los estándares nacionales de cumplimiento y la provisión de servicios que deben ser alcanzados y supervisados para asegurar el normal desarrollo de las actividades públicas y privadas. Para tal efecto, toda política nacional se debe formular conforme al contenido del anexo 1.
8.3 Su diseño y evaluación son de competencia exclusiva de los Ministerios para cada uno del o los sectores a su cargo, pudiendo tener continuidad más allá de un determinado gobierno.
8.4 Los ministerios tienen a cargo la coordinación de sus políticas nacionales, contando con el apoyo de la Presidencia del Consejo de Ministros para la coordinación de su formulación y seguimiento, en lo que resulte pertinente.
8.5 Se enmarcan en las Políticas de Estado, la Política General de Gobierno y los objetivos del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional y pueden ser:
- Políticas nacionales sectoriales, corresponden al subconjunto de políticas nacionales acotadas a una determinada actividad económica y social específica pública o privada, bajo el ámbito de competencia de un Ministerio.
- Las políticas nacionales multisectoriales, corresponden al subconjunto de políticas nacionales que buscan atender un problema o necesidad que requiere para su atención integral la intervención articulada de más de un sector, bajo el ámbito de competencia de dos o más Ministerios.
Artículo 9.- Concordancia de las políticas regionales y locales con las políticas nacionales
Los gobiernos regionales y locales formulan políticas regionales y locales, en sus respectivos ámbitos territoriales, en concordancia con las políticas nacionales conforme a lo dispuesto en sus respectivas Leyes Orgánicas.
Artículo 11.- Vinculación de las políticas nacionales con el SINAPLAN
11.1 Las políticas nacionales desarrollan sus objetivos a través de metas, indicadores y responsables en los respectivos planes estratégicos sectoriales multianuales-PESEM, planes estratégicos multisectoriales, planes estratégicos institucionales y planes operativos institucionales de los Ministerios y sus organismos públicos, según corresponda, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN.
11.2 Las políticas nacionales no requieren la elaboración de planes de implementación o ejecución distintos a los establecidos en el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN.
11.3 A nivel territorial, las políticas nacionales se vinculan con los Planes de Desarrollo Concertado y con los planes institucionales (Plan Estratégico Institucional y Plan Operativo Institucional) de los gobiernos regionales y locales, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN.

Marcos Kisner Bueno
Presidente de la Revista Pesca

sábado, 17 de marzo de 2018

El destino de los derechos de pesca en el Perú


Racionalizar los derechos de pesca implica subir aquellos que deban ser subidos; modificar la normativa asignando pago de derechos de pesca a todas las especies, o a las que contribuyen a la exportación en forma significativa (por lo menos); eliminar los sobrecostos existentes en la industria; modificar la ley del canon y/o la metodología de elaboración de los índices de distribución del canon pesquero; establecer que el destino de los recursos recaudados provenientes de los derechos de pesca solo podrán utilizarse en programas sociales de alimentación, inversión en infraestructura artesanal, o investigación de especies principales que captura la pesca artesanal, mas no en gasto corriente de ningún tipo, bien sea por el Produce o por los gobiernos locales o regionales.

El artículo 13 de la Ley N° 27506, Ley de Canon, creó el Canon Pesquero señalando que dicho Canon está compuesto por el 50% (cincuenta por ciento) del total de los Ingresos y Rentas que percibe el Estado de las empresas dedicadas a la extracción comercial de pesca de mayor escala, de recursos naturales hidrobiológicos de aguas marítimas, y continentales lacustres y fluviales;
El numeral 5.2 del artículo 5 de la Ley N° 27506, y normas modificatorias, establece los criterios de distribución del Canon;
El literal e) del artículo 2 del Reglamento de la Ley N° 27506, Ley de Canon, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2002-EF y normas modificatorias, establece la base de referencia para calcular el Canon Pesquero, la cual está constituida por el 50% (cincuenta por ciento) del Impuesto a la Renta y los Derechos de Pesca a que se refiere la Ley General de Pesca, Decreto Ley N° 25977, pagado por las empresas dedicadas a la extracción comercial de pesca de mayor escala, de recursos naturales hidrobiológicos de aguas marítimas, y continentales lacustres y fluviales;
El literal e) del artículo 7 del citado Reglamento dispone que el monto del Canon Pesquero proveniente de los Derechos de Pesca será determinado semestralmente, en virtud de lo dispuesto en los artículos 41 y 47 del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 012-2001-PE, debiendo el Ministerio de la Producción informar al Ministerio de Economía y Finanzas respecto de los lugares donde las empresas dedicadas a la extracción comercial de pesca de mayor escala desembarquen los recursos hidrobiológicos, así como los volúmenes de pesca de mayor escala desembarcados en tales lugares durante cada período, dentro de los 20 (veinte) días hábiles siguientes al último día del mes que culmine el semestre, a efectos de determinar los índices de distribución respectivos;
El primer párrafo del artículo 6 del Reglamento en mención, señala que el Instituto Nacional de Estadística e Informática – INEI y el sector al cual corresponde la actividad que explota el recurso natural por el cual se origina la transferencia de un Canon, dentro de los 3 (tres) primeros meses del año, proporcionarán al Ministerio de Economía y Finanzas, la información necesaria a fin de elaborar los índices de distribución del Canon que resulten de la aplicación de los criterios de distribución establecidos en el referido Reglamento;
El literal b) del numeral 15.5 del artículo 15 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en concordancia con lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 117-2014-EF, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, establece que los Índices de Distribución del Canon Pesquero son aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Resolución Ministerial, sobre la base de los cálculos que para tal efecto formule la Dirección General de Presupuesto Público de este Ministerio, considerando los criterios establecidos en el marco legal correspondiente
Las cifras transferidas en 2017 pueden apreciarse en los siguientes cuadros. En lugar de fraccionar 62 millones de soles en forma tan ineficiente, bien podrían financiarse algunos programas sociales de alimentación o mejorar infraestructura de pesca artesanal.



Transferir estas irrisorias cantidades de dinero a un gobierno local resulta absurdo y hasta ofensivo, no solo por la ridícula cifra sino porque demuestra que ninguno de los funcionarios que interviene en el proceso evalúa la situación ni toma acción correctiva o recomendación efectiva alguna.
En este contexto, hablar de modificar los derechos de pesca, aumentando la tasa en el caso de la anchoveta por ejemplo, sin actuar sobre la normatividad vigente sobre el uso de dichos recursos financieros, resultaría una medida incompleta.

miércoles, 14 de marzo de 2018

Impuestos y derechos de pesca


El diario Peru 21 publicó el día 13 de marzo de 2018 una nota en la cual expresa que empeora la percepción sobre uso de impuestos en el Perú.

Textualmente el artículo dice:

“La mejora en la recaudación tributaria no parece acompañar la percepción de los peruanos sobre el adecuado uso de los impuestos por parte del Gobierno y el desempeño de la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria ( Sunat ).

Si bien desde octubre de 2017 hasta febrero de este año se ha observado tal recuperación, en la última encuesta Pulso Perú, elaborada por Datum Internacional, el 88% opinó que el Gobierno ejecuta los impuestos recaudados de una manera inadecuada, un porcentaje mayor al 73% de marzo de 2017.

A esto se sumó que, a pesar de que el pago de impuestos es importante para un 83% de los encuestados, este resultado fue menor que en los meses de marzo de 2017 (85%), 2015 (89%) y 2014 (87%).

Estas posturas también fueron de la mano con una percepción de mayor complejidad sobre el sistema tributario peruano. Según el sondeo, el 76% de los consultados lo calificó como complicado, mientras que solo 18% dijo que este le parece sencillo.

Entre los impuestos que los entrevistados dijeron pagar, destacó el predial, con 60%, y en menor medida figuraron el IGV (39%) y el Impuesto a la Renta (13%).

En ese contexto también se observó un incremento en la desaprobación del desempeño de la Sunat.

Mientras que en marzo de 2018 un 28% de participantes calificaba como mala la labor de esta entidad, en el último sondeo el porcentaje llegó hasta 51%.

Una similar situación se observó en la percepción de los ciudadanos sobre la Contraloría General de la República, que para el 49% de los encuestados está desarrollando sus labores de mala manera.”

Fuente


El caso de la recaudación y empleo de los derechos de pesca, que es una tasa recaudada por el Ministerio de la Producción, por lo que entra en la categoría de recursos directamente recaudados (RDR), la percepción podría ser similar o peor. Pero al ser una información que no se publica en forma transparente como para que la opinión pública se pronuncie y siendo además un tema poco conocido y de poco interés, no se conocen algunos detalles. Como que el cincuenta por ciento de esa recaudación se va al Canon Pesquero y el saldo queda a disposición del Ministerio de la Producción.

 En el primer caso, el canon pesquero se distribuye entre los gobiernos locales y regionales en base a índices elaborados anualmente por el Ministerio de Economía y Finanzas, dato que se puede ver en el portal del MEF.  Lo que no se puede saber es qué lo que hacen las entidades receptoras con ese dinero. También se puede saber que la repartición es tan deficiente, que hay municipalidades que reciben menos de cincuenta soles, como se puede apreciar en la misma página web del MEF.

En el segundo caso, no se puede saber lo que PRODUCE hace con ese dinero y si se está cumpliendo con la normatividad vigente por cuanto no se publica información ni rendición de cuentas.

Lo sensible del tema es que esta tasa, al provenir de la explotación de un recurso natural que es propiedad de todos los peruanos, debería favorecer a todos y no a unos cuantos.

Menos debido sería que se destinen estos dineros al gasto corriente de la entidad recaudadora.

Marcos Kisner Bueno
Presidente de la Revista Pesca


lunes, 26 de febrero de 2018

Editorial Revista Pesca marzo 2018


La mayor parte de los análisis y comentarios sobre la pesca que aparecen en los medios, apuntan a evaluar su desempeño en términos de crecimiento, impacto sobre el PBI y rentabilidad económica. Comentaristas y analistas salen a la luz cuando pueden generar un impacto mediático en base al tema pesquero del día, que generalmente es por algún escándalo, problema o queja. Después de 48 horas el asunto queda olvidado, como todo en la prensa peruana.

Pero no se dice que es lo que gana el país en términos de rentabilidad social, de reducción de la desnutrición y de alivio del hambre en las poblaciones más necesitadas. Las mayorías peruanas no forman parte del sector pesquero; pero son propietarias de sus recursos, mereciendo ser atendidas y debidamente informadas. Con conocimiento de la pesca, tal vez podrían exigir una gobernanza justa y adecuada de sus peces, moluscos y mariscos.

La estadística pesquera es deficiente en términos de oportunidad de su difusión. A febrero de 2018, el boletín estadístico mensual que publica PRODUCE solo exhibe en su web el correspondiente a mayo de 2017. En cuanto al anuario estadístico anual, a la misma fecha solo se encuentra publicado el correspondiente a 2015. ¿Cómo se pueden realizar análisis y/o tomar decisiones sobre pesca en ausencia de información actualizada, o administrarla debidamente?

Hace años que la sociedad peruana viene asistiendo a una confrontación estéril e infructuosa sobre diversas problemáticas pesqueras, especialmente las referidas a la industria de harina de pescado. Los ciudadanos somos simples espectadores de enfrentamientos y debates interminables entre administrados y autoridades sobre un recurso natural que no es propiedad del sector pesquero, sino de la Nación. Nadie nos dice que los peruanos tenemos derecho a disfrutar de una alimentación saludable proveniente de los recursos pesqueros. Más allá de noticias periódicas sobre la incidencia en el PBI, y sobre impuestos y costos que no nos generan beneficio directo alguno, no sabemos qué ganamos cada uno de nosotros.

¿Cuánto tiempo más debe el Perú soportar la ausencia de una visión de largo plazo de la pesquería, la inexistencia de una política de Estado que garantice el bienestar y la salud de todos los peruanos y dejar de ser  simple observador de una confrontación por la pesca de anchoveta?

Necesitamos una agenda pesquera que genere consensos y resultados para toda la población.

El fin de la pesca no puede ser solo la ganancia empresarial o personal de unos pocos.

La pesquería no puede ser administrada en base a la intriga y la improvisación, o para satisfacer los intereses de unos cuantos. Su fin mayor debe ser el bienestar de las mayorías, sin que ello signifique  que sus operadores no disfruten de las ganancias de su trabajo. Se requiere evaluar la rentabilidad social del negocio pesquero porque el insumo principal, los peces, mariscos y moluscos, son de todos nosotros.

Mientras el país siga administrado por funcionarios improvisados dominados por paradigmas, que rotan con demasiada velocidad, que no poseen un objetivo de largo plazo; y mientras los ciudadanos mantengamos una cultura de indiferencia y pasividad por la cosa pública, estamos condenados al deterioro económico, moral y ambiental del país.

La corrupción no es el único problema nacional. La indiferencia y la inacción ciudadanas podría ser peor.


La revista Pesca es un medio de información alternativo referido a temas del mar y de la pesquería. Proporciona información e ideas obtenidas de diversas fuentes, que exponen la temática de la pesca en el Perú y el mundo, con el objeto de contribuir a la formación de opinión propia en base a la lectura de las notas publicadas.

Siendo la pesca una actividad poco difundida y poco conocida por el ciudadano común, pretende contribuir a la generación de mayor conocimiento individual derivada del  análisis de los artículos. Se publica en forma mensual, en formato digital y su descarga es gratuita para quien desee conocer el sector  pesquero y mantenerse informado sobre su temática.

Para mantenerse informado los invito a formar parte del grupo Pesca y Mar, en Facebook, que además transcribe información periódica de relevancia para el sector pesquero.

Los invito cordialmente a leer la edición de la Revista Pesca correspondiente a MARZO 2018 y a compartirla dentro de sus círculos y redes sociales.

En formato revista en el siguiente link:


En PDF en el siguiente link:



jueves, 22 de febrero de 2018

LOS PAGOS DE LA INDUSTRIA PESQUERA Y SU CONTRIBUCION A LA ECONOMIA PERUANA


La industria reductora de harina de pescado y aceite está efectivamente gravada con una serie de sobrecostos. relacionados con los trabajadores y derivados del DL 1084, como la tasa del 1.95 dólar por TM de anchoveta extraída, los FONCOPES y los dispuestos por la Ley 30003, no solamente derivados a la industria sino que crean un grupo de trabajadores privilegiados, que son los tripulantes de la flota industrial, en circunstancias que los tripulantes de la flota artesanal no disponen de los mismos privilegios y beneficios.

Los sobrecostos aplicados a la anchoveta necesitan ser replanteadas. Por ejemplo, la anchoveta destinada al CHD no está permitida de ser extraída por embarcaciones industriales, pero si lo estuviese ¿cuánto pagaría por derechos de pesca?. Si es extraída por embarcaciones artesanales no paga. En ambos casos será exportada mayormente sin beneficiario al ciudadano peruano. ¿Es posible mantener esta caótica situación? Esta regulación diferenciada a una misma especie no es racional.   

Los sobrecostos existentes a la fecha no benefician a las mayorías sino a unas minorías que laboran en el sector ya las empresas fiscalizadoras, que tienen un negocio cautivo y un pago seguro con el sistema de vigilancia y control actual. El Estado debe recuperar el control y fiscalización en forma directa y no a través de terceros que son pagados por los propios inspeccionados, distorsionando el concepto de fiscalización. Estos pagos deben ser asumidos por el Estado a fin de optimizar el sistema ya través de una Superintendencia de Fiscalización, proyecto que no prosperó en el régimen anterior.


Debería quedar solo el impuesto a la renta, (que sería mayor al disponer la industria de mayores utilidades por la reducción de sobre costos) y los derechos de pesca, que podrían ser incrementados; pero no solo a la anchoveta sino a todos los que realizan esfuerzo pesquero, porque es indebido, por más que la Ley de Pesca lo establezca así, que las especies capturadas por la flota artesanal (como la pota) no paguen derechos de pesca. En general, la industria de Consumo Humano Directo (CHD), que exporta casi la totalidad de su producción, no está gravada con tantos sobrecostos como sí lo está la industria de Consumo Humano Indirecto (CHI). Como ambos sectores industriales atienden básicamente el mercado externo y no el interno,las mayorías nacionales solo pueden recibir un beneficio indirecto a través del impuesto a la renta y de los derechos de pesca, ya que el consumo local de su producción es mínimo. Mayor impuesto a la renta y mayores derechos de pesca generarían mayores recursos financieros para beneficio de todo el país.

La perspectiva de la industria harinera es correcta cuando afirma que tiene demasiados sobrecostos.

La perspectiva ciudadana es correcta cuando aprecia que el sector (CHD más CHI), contribuye en forma injusta con el país. Por tanto se requiere un cambio bajo una nueva fórmula de participación del país en la pesquería peruana. El asunto no radica en aumentar más los derechos de pesca sino, además de hacerlos justos y aplicables a todas las especies, hacer que su distribución sea más inclusiva pensando en los más. Esta tasa no puede ni debe financiar gasto corriente sino ser invertida en beneficio de todos, bien sea a través del Canon Pesquero o de programas sociales de alimentación.

El exceso de sobrecostos en la industria de CHI, la fórmula de pago de derechos de pesca, (tanto para las especies de CHI como de CHD) y el paradigma actual que dirige la pesquería peruana deben ser reformulados teniendo en cuenta las necesidades de los más y de los menos.


Pero ¿quién tendrá el valor para hacerlo?


miércoles, 14 de febrero de 2018

LA ARTISTA GRÁFICA DIANA KISNER LE PONE TRAZO Y COLOR A HAMBRE CERO Por: Teresina Muñoz-Najar


Diana Kisner ilustra campaña que lucha contra la desnutrición y la anemia. Sus mensajes vinculan la desigualdad de género con el acceso a una alimentación sana
Diana Kisner, además de practicar la ilustración, ejerce el periodismo. (Foto: Hugo Pérez)
 “Me pidieron ilustrar cuatro mensajes que recogen una serie de estadísticas sobre la desigualdad de género en el Perú y plantean una gran pregunta: ¿será que hombres y mujeres no tenemos las mismas oportunidades para acceder a alimentos nutritivos?”, cuenta Diana Kisner, pintora autodidacta y dueña de una gran destreza para plasmar todo lo que ve y le impresiona en pequeñas libretas, grandes cartulinas o platos aporcelanados.
Por su parte, Sandra Salcedo, coordinadora de la iniciativa Hambre Cero del Programa Mundial de Alimentos, sostiene que la idea de esta nueva campaña, en la que sobre todo se involucrará, en una primera etapa, a cocineros y cocineras jóvenes de Lima, Cusco e Iquitos, es “retratar el vínculo que hay entre discriminación y violencia de género con alimentación y bienestar”. Según ella, es un tema del que no hay mucha información a la mano pero que resulta importante poner en vitrina en un contexto en el que la violencia contra niñas y mujeres es descarnada.
“La desigualdad de género es una causa que por fin está movilizando al mundo entero”, continúa Diana. Para la artista es importante prevenirla, que se la trate desde el principio y no solo cuando reviente en la cara de todos convertida en abuso sexual y feminicidio. “Por eso, estoy muy agradecida de participar en una campaña que nos permite hablar del tema desde un espacio tan vital y cotidiano como la alimentación”.

Vea el video:


Tanto para las piezas gráficas como para la animación en 'stop motion', se decidió eludir la victimización y crear escenarios de aparente normalidad en las tres regiones del país. “Uno de ellos fue un cafetal, pues el café es una de nuestras principales exportaciones y Junín es la zona con más producción. Sin embargo, ese departamento también tiene el mayor índice de violencia contra las mujeres”, detalla Diana, para luego citar un estudio reciente presentado por la Universidad de San Martín de Porres y la Cooperación Alemana GIZ que descubrió que las cosechadoras agredidas de esa zona tuvieron cero productividad en relación a las que no vivieron algún tipo de violencia. “Si a todo eso le sumamos que el 24% de mujeres en zonas rurales del Perú es analfabeta y que el 47% no tiene ingresos propios, ¿nos hemos preguntado cómo esto se refleja en su alimentación y en la de sus hijos? ¿Hay una relación entre esas cifras y el hecho de que Junín tenga uno de los índices más altos de desnutrición crónica infantil?”.
Y como la desigualdad de género es algo que todas las mujeres tenemos en común, Diana quiso que el video de la campaña transcurriera en un mercado, “un espacio en el que nos encontramos sin importar quiénes somos ni de dónde venimos”. Finalmente, ella añade: “Mientras dibujaba el escenario, con un calendario del papa Francisco en el puesto de pescado, una verdulería a cargo de una pareja de Huánuco y una rubia cuyos lentes oscuros esconden un ojo morado, me preguntaba cuánto machismo nos comemos todos los días. Tal vez podríamos utilizar la energía que gastamos para indignarnos en cosas sencillas. Esas cosas que hacemos en la cocina todos los días y que nos pueden cambiar la vida”.

Unas de las piezas gráficas elaboradas por la artista gráfica para Hambre Cero, iniciativa del Programa Mundial de Alimentos cuya coordinadora es Sandra Salcedo . (Foto: Hugo Pérez/ El Comercio)

LAS CIFRAS DE LA DESIGUALDAD
+ El Programa Mundial de Alimentos contribuye con el gobierno peruano para bajar los niveles de anemia del 43% al 19% en el 2021.
+ Se espera que los cocineros y cocineras, desde sus restaurantes y redes sociales, activen la campaña poniendo los afiches en sus lugares y repartiendo los stickers y volantes entre su público al momento de pagar la cuenta.
+ Cifras a considerar: el 47% de mujeres en zonas rurales del Perú no tienen ingresos propios, el 24% de mujeres de zonas rurales del Perú son analfabetas, y las mujeres trabajan 9 horas más que los hombres en la cocina.
+ De los 44 mil pescadores artesanales que hay en el Perú, 1.300 son mujeres.

Fuente

NOTA DE PESCA

La anchoveta constituye una importante herramienta en la lucha contra el hambre y también en la generación de empleo.

Se merece mayor atención de organizaciones como el Programa Mundial de Alimentos a fin de desarrollar campañas de creación del hábito de consumo y de micro empresas capacitadas en la extracción y procesamiento de anchoveta para su comercialización en el mercado nacional, abandonado por las políticas públicas de los últimos años que solo fijan su atención en la rentabilidad económica y en el crecimiento del PBI, mas no así en la rentabilidad social.

lunes, 5 de febrero de 2018

LA NUEVA CUOTA DE JUREL PARA PERU

Culminó la sexta reunión de la Organización Regional de Ordenamiento Pesquero del Pacífico Sur realizada en Lima. Perú presentó la iniciativa "Red de Intercambio de Información y Experiencias entre países de América Latina y el Caribe para Prevenir, Desalentar y Eliminar la Pesca Ilegal no Declarada y no Reglamentada".

Desde el punto de vista de la organización logística y administrativa del evento este fue excelente y demostró la experiencia y capacidad de los funcionarios de Produce encargados del evento que se llevó a cabo en el Hotel Marriot de Miraflores. El actual presidente de la Comisión OROP-PS, Osvaldo Urrutia, y varios de los miembros de la Comisión felicitaron al Perú por la excelente organización de la reunión.

La cuota de jurel para Perú ha sido ampliada a 11,684 toneladas para 2018. Este incremento, que ha sido otorgado en forma proporcional a todos los países miembros no es un logro peruano exclusivamente sino un crecimiento vegetativo de la cuota. Debería motivar a la autoridad de pesquería a diseñar acciones y estrategias orientadas a que las capturas contribuyan prioritariamente a la alimentación nacional.

Por declaraciones dadas a los medios hemos tomado conocimiento de que en 2017 el Perú capturó el íntegro de su cuota de jurel que ascendió a 10 mil TM, de las cuales  6,500 fueron destinadas al consumo humano directo en territorio peruano. De esta información se deduce que las otras 3,500 toneladas fueron exportadas o quedaron en poder de los barcos que realizaron la captura. Esto significaría que eran embarcaciones de bandera extranjera. El jurel es la especie de consumo más popular en el país, por ser la más barata y a la que las familias de menores recursos están acostumbrada a consumir.

Se ha mencionado también que esta operación ha dejado 2 millones de soles para el Perú, presumiblemente por el cobro de los derechos de pesca correspondiente.

En 2016 PRODUCE estableció un marco de lineamientos para asignar la cuota de captura del jurel de altamar, asignada por la OROP P-S, de manera supletoria o complementaria a la flota nacional. En ese contexto, para poder determinar qué beneficio le trae al país la participación en la OROP, que le permite una cuota de pesca en el Océano Pacífico Sud Oriental, la ciudadanía peruana debería conocer:

1.  Qué empresas y/o embarcaciones han realizado las capturas, donde han desembarcado el producto y cuál fue su mercado de destino.
2.    El detalle de la recaudación de los derechos de pesca.

Las 6,500 toneladas que han sido destinadas al CHD pueden haber sido vendidas en territorio nacional en forma de congelado, fresco, o pueden haber sido procesadas para conservas. Si así fue, es importante saber cuál fue el destino de las conservas, porque podrían haber sido exportadas o destinadas al mercado peruano o una combinación de ambas.

Esta es una cara de la moneda; pero más allá de la conveniencia geopolítica de ser miembros de esta organización y las cifras mostradas, así como la eficiencia organizativa de PRODUCE, es importante conocer la otra cara, o sea qué beneficio ha obtenido el público consumidor peruano en forma real.

Porque no conocemos el impacto que ha tenido sobre la población peruana, en especial por las familias más vulnerables y necesitadas de proteína. ¿Cuántas familias peruanas en condiciones de vulnerabilidad han sido beneficiadas por estas capturas de jurel en el área controlada por la OROP del Pacífico Sur? Porque si todo este gasto y esfuerzo no ha servido para atender a nuestra población ¿qué sentido tiene?

Para efectos de una adecuada transparencia, PRODUCE debería informar con detalle el monto de los recursos directamente recaudados provenientes de los derechos de pesca, multas, tasas y otros, así como el destino asignado a esos fondos.  De esta manera, el país podría conocer cómo se aplica el dinero recaudado.

Así podríamos saber cuánto se gastó en esta reunión de la OROP, entre otros gastos y tal vez podríamos comparar cómo son estas reuniones cuando se realizan en otro país.


Perú ha demostrado en varias oportunidades que es un buen anfitrión, lo cual es bueno para la imagen del país. Esta imagen, más allá de la foto del momento, debe complementarse con una rendición de cuentas que muestre al país cuál es la relación beneficio costo de su organización y/o asistencia a este tipo de eventos.


sábado, 3 de febrero de 2018

SNI saluda rectificación de PRODUCE en el caso del atún


·         El Presidente del Comité de Pesca y Acuicultura de la SNI, Alfonso Miranda Eyzaguirre expresó que las embarcaciones extranjeras continuarán dejando el 30% del total del atún extraído para ser procesados por las conserveras nacionales.
·         Con esta disposición, se evitó las pérdidas de 5,000 puestos de trabajo y 60 millones de dólares en inversiones realizadas por el sector privado.
·         Sobre futuras inversiones en la industria del atún en nuestro país, estimó en 100 millones de dólares para los próximos tres años. 

La Sociedad Nacional de Industrias (SNI) saludó la rápida rectificación del Ministerio de la Producción (PRODUCE), a través de su titular, Lieneke Schol, en la que se mantiene el 30 por ciento del total del atún extraído por embarcaciones extranjeras en aguas peruanas para ser procesadas por conserveras nacionales.

Al respecto, el Presidente del Comité de Pesca y Acuicultura de la SNI, Alfonso Miranda Eyzaguirre expresó que el D.S. 001-2018-PRODUCE normaliza el procesamiento del atún en las empresas conserveras de nuestro país y la posibilidad de incrementar las inversiones en la industria del atún.

“Con esta disposición se mantienen las esperanzas en ser potencia mundial en el mediano plazo, respetando las reglas de juego para ser una industria competitiva y liberando los obstáculos que afectan la competitividad del sector pesquero para consumo humano”, afirmó Miranda Eyzaguirre.

Miranda Eyzaguirre señaló que el D.S. 001-2018-PRODUCE se podrá aprovechar los avances realizados en materia atunera durante la gestión ministerial de Bruno Giuffra entre julio 2016 y mayo 2017.

Igualmente, manifestó que la decisión del PRODUCE  se evitará la pérdida de los 5,000 puestos de trabajo y de los 60 millones de dólares en inversiones en el rubro atunero.

Sobre futuras inversiones, el dirigente empresarial estimó en unos 100 millones de dólares para los próximos tres años, siempre y cuando se mantengan las reglas de juego en la industria del atún.

Finalmente, Miranda Eyzaguirre expresó que para los próximos dos años, se espera duplicar las extracciones del atún en nuestro litoral, teniendo en cuenta que extraoficialmente, el año pasado se habría descargado unos 20 mil toneladas de la mencionada especie marina.


San Isidro, 03 de febrero de 2018
Oficina de Prensa e Imagen
Comité de Pesca y Acuicultura de la SNI



Contacto:
Carlos Chuquín
Asesor de Prensa e Imagen

Celular: 99963-4710

LA RECTIFICACION DE LA NORMA SOBRE EL ATUN

Se ha publicado el DS 001-2018-PRODUCE que dice:

Que, a fin de fortalecer el marco de estabilidad jurídica y económica que fomente la participación e inversión privada en la industria del recurso atún, con la finalidad de lograr los mayores beneficios económicos y sociales por el aprovechamiento racional de los recursos hidrobiológicos, así como a la promoción del desarrollo y la diversificación de la industria atunera para consumo humano directo con el aprovechamiento de recursos de oportunidad altamente migratorios que ingresan a aguas nacionales, en concordancia con los objetivos del artículo 2 del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atún, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2003-PRODUCE, resulta necesaria, ante nueva información sobre la demanda de materia prima, la revisión del Decreto Supremo Nº 021-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que modifica la Segunda y Tercera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo Nº 026-2016-PRODUCE;


Este dispositivo responde a la revisión del DS 021—2017-PRODUCE que la Ministra de la Producción ofreció hacer ante el reclamo presentado por la industria atunera peruana. Es de resaltar que no es común modificar un Decreto Supremo, en la medida que es como reconocer un error o un acto indebido. Lo ideal hubiese sido derogar íntegramente el dispositivo y dejar las cosas como estaban, pero debe reconocerse la voluntad de la nueva Administración por atender y escuchar a los administrados.


Sin embargo esto no resuelve el tema de fondo, el cual es conocer quién fue el gestor del dispositivo y cuáles sus razones. Debe exhibirse el informe técnico que sustentó el DS 021, y explicar las razones por las cuales no fue pre publicado a fin de evitar que este tipo de situaciones se repitan. 

También sería interesante saber cuál es la nueva información a la que alude el DS 001 y que se resalta al comienzo de esta nota.

miércoles, 31 de enero de 2018

La captura de jurel en el área controlada por la OROP del Pacífico Sur

En la sexta reunión anual de la Comisión de la Organización Regional de Ordenamiento Pesquero del Pacífico Sur, que se está desarrollando en Lima, la ministra de la Producción declaró que espera que la cuota de jurel de altamar asignada al Perú supere las 11 mil toneladas en el 2018, frente a las 10 mil asignadas el año pasado.

En 2017, ¿cuantas toneladas de jurel de la cuota asignada al Perú por la OROP del Pacifico Sur han sido capturadas? ¿Qué embarcaciones han realizado la extracción? ¿Cuál fue el destino de las capturas, el mercado nacional, o el extranjero? Este recurso ¿fue comercializado congelado o enlatado? ¿Cuánto pago por derechos de pesca esta captura?

Es información que la sociedad peruana debería conocer para poder apreciar mejor el manejo de organizaciones como esta y entender si tener más o menos cuota de captura es realmente en beneficio del país. ¿Cuantas y cuales embarcaciones nacionales han obtenido cuota de jurel y cuanto han capturado en 2017?

Como parte de las actividades de esta reunión, la ciudadanía peruana debería ser informada y tener acceso a las estadísticas de captura de los últimos 5 años, así como de las embarcaciones registradas.
Las fuentes de información estadística del Ministerio no discriminan esta data. Por otro lado al día de hoy aún no se publica el Anuario Estadístico del 2016 ni del 2017, obviamente. La estadística mensual reporta hasta el mes de mayo de 2017. No hay más datos oficiales públicos por lo menos.


Si bien es cierto el viceministro de Pesca y Acuicultura, Héctor Soldi, ha señalado que en el 2017 el Perú cumplió con aprovechar el 100% de su cuota asignada de jurel de alta mar en el ámbito de la OROP-PS, que ascendió a 10,000 toneladas, que se destinaron al territorio nacional 6,500 toneladas de jurel  para el consumo humano directo y la industria nacional y que el Estado peruano logro recaudar más de S/ 2 millones, según informa Gestión, sería útil que se publiquen las cifras con mayor precisión y detalle.

lunes, 29 de enero de 2018

Editorial Revista Pesca febrero 2018

La promulgación del DS 021-2017 PRODUCE, que flexibiliza el ROP del atún en cuanto al plazo de entrega del 30% del atún capturado por embarcaciones de bandera extranjera a plantas nacionales, ha generado reclamos y cuestionamientos por parte de los industriales conserveros peruanos.

Pero más allá del hecho en sí mismo, lo que se ha puesto en evidencia, es que, al parecer, existen funcionarios con determinados niveles de autoridad o de influencia que son los que en realidad dictan la política pesquera nacional. Es improbable que el anterior Ministro de la Producción haya medido el impacto de la norma en cuestión, debido a su escasa experiencia en la materia. Lo que nos lleva a especular que alguien con algún interés en el tema sorprendió a la Autoridad de Pesquería al otorgar beneficios indebidos a algunas embarcaciones extranjeras; pero que resulta perjudicando a la industria pesquera domiciliada en el país. ¿O no?

Este tipo de normas que modifican las reglas de juego, que desconciertan al inversionista y que crean incertidumbre, se facilitan por la inexistencia de una visión oficial de la pesquería para el largo plazo y la ausencia de una Política de Estado. Colabora con ello la presencia de funcionarios temporales sin experiencia ni conocimiento de la pesca, lo que abre un espacio de poder a otros funcionarios, cuyas recomendaciones pueden no estar dirigidas a favorecer a las mayorías nacionales o a la industria local, sino estar al servicio de intereses de parte.

Enfrascados en el día a día, consumidos por el inmediatismo y la improvisación ante temas que no conocen debidamente, la pesquería peruana no tiene un rumbo.

La inexistencia de una agenda y/o política pesquera técnicamente elaborada y consensuada con administrados y sociedad civil, sugiere que algunos aspectos de la pesca en el país pueden estar siendo manejados indebidamente. La promulgación de este dispositivo en particular, amerita ser investigada por las instancias pertinentes a fin de descartar cualquier posibilidad de que responda a un hecho de corrupción.

Los industriales planean sus  actividades y suscriben contratos basados en la estabilidad jurídica y normativa del país. No pueden funcionar eficazmente bajo la incertidumbre y el riesgo de no saber qué capricho o idea de algún funcionario se impondrá sobre ellos para demoler en un momento la totalidad de sus esfuerzos y planes. Si no se respeta el ordenamiento jurídico, quedamos desprotegidos frente al omnipotente poder de cualquier funcionario que cree que puede hacer lo que quiere. En este caso se violó la norma que obliga a pre publicar el dispositivo.

Las normas podrían estar técnicamente bien elaboradas y hasta ser legales; pero más allá de la justificación técnica, ¿es lo debido? La industria pesquera y el país deben ser informados de las razones que han llevado al Ministerio de la Producción a promulgar este Decreto Supremo y porqué se  favorece a flotas extranjeras en perjuicio de la industria nacional.

La ciudadanía debe conocer quién es el gestor de este dispositivo, cuáles sus argumentos justificatorios y para quién fue diseñado porque finalmente,  viéndolo en un contexto amplio, ese es el problema de fondo y la gravedad que trasciende al hecho en sí mismo. Hoy es el atún y la conservería, mañana puede ser la anchoveta o la pesca artesanal. ¿Y antes qué podrá habrá sido?

Mientras tanto, se espera que cesen las confrontaciones en el sector y que asuman autoridades con experiencia en pesca, moralmente íntegras y con vocación de servicio por el país, que actúen en beneficio  del ciudadano común que quiere pescado de precio accesible a su bolsillo y sirvan al que no tiene acceso al mismo.

¿Acaso el Estado no existe para el servicio de las mayorías?


La revista Pesca es un medio de información alternativo referido a temas del mar y de la pesquería. Proporciona información e ideas obtenidas de diversas fuentes, que exponen la temática de la pesca en el Perú y el mundo, con el objeto de contribuir a la formación de opinión propia en base a la lectura de las notas publicadas.

Siendo la pesca una actividad poco difundida y poco conocida por el ciudadano común, pretende contribuir a la generación de mayor conocimiento individual derivada del  análisis de los artículos. Se publica en forma mensual, en formato digital y su descarga es gratuita para quien desee conocer el sector  pesquero y mantenerse informado sobre su temática.

Para mantenerse informado los invito a formar parte del grupo Pesca y Mar, en Facebook, que además transcribe información periódica de relevancia para el sector pesquero.

Los invito cordialmente a leer la edición de la Revista Pesca correspondiente a FEBRERO 2018 y a compartirla dentro de sus círculos y redes sociales.