Ha llegado a su término el
proceso de reestructuración del IMARPE, al haberse publicado Texto Integrado
del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto.
Esto culmina un proceso que
ha durado casi 6 años, sobre el cual se han escrito varios artículos. Ahora
solo queda esperar que se active el nuevo ROF y se designe a las personas
adecuadas.
“Mediante
Decreto Supremo N° 015-2025-PRODUCE, se aprobó la Sección Primera del
Reglamento de Organización y Funciones del Instituto del Mar del Perú (IMARPE),
el cual dispuso la aprobación de la Sección Segunda del Reglamento de
Organización y Funciones del IMARPE mediante Resolución de Presidencia
Ejecutiva; la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N°
015-2025-PRODUCE, señala que el citado Decreto Supremo rige a partir de la
entrada en vigencia de la Resolución de Presidencia Ejecutiva que aprueba la
Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto del
Mar del Perú (IMARPE). Mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N°
166-2025-IMARPE/PE, publicada el 29 de octubre de 2025, se aprobó la Sección
Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto del Mar del
Perú - IMARPE, de conformidad con lo previsto en el Decreto Supremo N°
015-2025-PRODUCE, que contienen la estructura orgánica y el organigrama de la
entidad. Asimismo, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N°
167-2025-IMARPE/PE, se incorpora el plazo de 60 días hábiles para la entrada en
vigencia de la citada Resolución, por lo cual su entrada en vigencia tuvo lugar
con fecha 30 de enero de 2026; La Cuarta Disposición Complementaria Final del
Decreto Supremo N° 015-2025-PRODUCE, establece que el Presidente Ejecutivo del
IMARPE en un plazo no mayor a cinco días hábiles siguientes a la aprobación de
la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del IMARPE,
aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del
Instituto del Mar del Perú, que consolida las secciones Primera y Segunda del
mencionado documento de Gestión;
Que,
con Informe Técnico N° 002-2026-IMARPE/OGPP de fecha 29 de enero de 2026, la
Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, recomienda aprobar el Texto
Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del IMARPE, mediante el dispositivo
legal correspondiente.
En
consecuencia, se aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y
Funciones del Instituto del Mar del Perú (IMARPE) con la RESOLUCIÓN DE
PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 025-2026-IMARPE/PE del 3 de febrero de 2026, el cual
consta de noventa y dos (92) artículos y un (1) Anexo que contiene el
Organigrama del Instituto del Mar del Perú (IMARPE), los cuales forman parte
integrante de la Resolución”.
https://www.gob.pe/institucion/imarpe/normas-legales/7698804-025-2026-imarpe-pe
Cabe mencionar que la Resolución
de Presidencia Ejecutiva N° 167-2025-IMARPE/PE, no se encuentra en la
correspondiente sección de su portal institucional y solo se puede hallar en la
edición extraordinaria de las normas legales de El Peruano del 29 de octubre
2025. En consecuencia, el plazo que menciona para su publicación es el correcto
y se ha hecho dentro del mismo.
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