El país ¿recibe una
participación adecuada en el negocio pesquero en términos de recaudación
tributaria y por derechos de pesca, que se traslade realmente a la población y
se traduzca en bienestar, beneficio y alimentación para el poblador peruano?
La constitución política
del Perú en el CAPÍTULO II DEL AMBIENTE Y LOS RECURSOS NATURALES Artículo 66°,
dice: Los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la
Nación. El Estado es soberano en su
aprovechamiento. Por ley orgánica se fijan las condiciones de su utilización y
de su otorgamiento a particulares. La concesión otorga a su titular un derecho
real, sujeto a dicha norma legal.
Los peces en el agua no
se cuidan, no se riegan, no se abonan, no se les alimenta. Nadie gasta en mantenerlos. Sobreviven
por sí mismos. Cuando alguien los extrae de su hábitat, si bien es cierto tiene
un gasto para hacerlo, al final los peces son gratis. ¿Deben serlo?
Los pescadores
artesanales realizan capturas sin pagar ningún derecho de pesca, y los
industriales pagan muy poco. Las tasas actuales de derechos de pesca ¿son
suficientes o justas, para los recursos afectos?
La distribución del
canon pesquero en base a índices, es ineficaz e injusta. El que existan algunos
recursos que no pagan debido a la modalidad de extracción, empeora la
situación.
Sobre el impuesto a la
renta aportado por el sector se sabe poco o nada puesto que no se publica
información oficial sobre montos recaudados, quienes pagaron y quienes no.
Es necesario entender
que el impuesto a la renta se aplica sobre las utilidades obtenidas en el
ejercicio. Sin embargo el nivel de eficiencia de una y otra empresa puede ser
tan diferente como para producir estados financieros completamente distintos.
Así puede ocurrir que en el supuesto de que dos empresas extraigan, por
ejemplo, 500 mil toneladas de anchoveta u otro recurso cada una, la primera
tenga pérdidas financieras y la segunda arroje utilidades pobres. Por tanto su
contribución con el impuesto a la renta puede ser nula o pobre. Pero ocurre que
la extracción de 500 mil TM de anchoveta produjo un impacto real sobre el
ecosistema, independientemente de que haya generado utilidades o no. Ocurre que
procesar 500 mil TM de anchoveta para convertirlas en harina o lo que fuese, ha
generado un vertido de contaminantes al mar procedentes de las embarcaciones y
de las plantas, independientemente de que haya generado utilidades o no. Y la
contaminación atmosférica se produce con o sin utilidades.
Por lo tanto la
industria debería pagar por el derecho a extraer un recurso natural. No solo
para compensar el deterioro ambiental que produce, sino porque debe compensar a
los propietarios, que somos todos los peruanos.
Impuesto a la renta,
IGV o derechos de pesca, la extracción de recursos naturales renovables como
los pesqueros debe pagar un justiprecio por el uso de recursos naturales de
propiedad pública. “El justiprecio” intenta capturar, para beneficio del país, una
parte adecuada del valor de la renta económica del recurso pesquero.
Este no es un pago
caprichoso para aumentar los ingresos del tesoro público, sino que más bien es
un instrumento que permitirá el adecuado balance entre la mortalidad comercial
de los recursos naturales, los beneficios económicos de las empresas operadoras
y los beneficios que se merecen los propietarios del recurso.
Es el justo precio o
remuneración que debe recibir el propietario de los recursos naturales, como
contrapartida del aporte que éste hace al ceder sus recursos en el proceso
extractivo. Así como el trabajador que es dueño de su fuerza de trabajo recibe
un salario como retribución a su participación en la producción, y el
capitalista una rentabilidad por sus aportes de capital, los dueños de los
recursos naturales, deben recibir una retribución justa y consistente con el
aporte real que estos recursos hacen a la producción.
Hoy, existe un mayor
dinamismo del sector pesquero exportador pero, ¿por qué no irradian este
crecimiento al resto del país? Que les vaya bien a estas empresas no significa
que le vaya bien al ciudadano medio
La información de la
recaudación debiera ser de conocimiento público, de la misma manera como se
hace propaganda con las exportaciones.
El sector pesquero
exportador se puede renovar científica y tecnológicamente, capturar la renta y
el beneficio del negocio; pero la degradación ambiental, del ecosistema y la
reducción de la biomasa son datos que deben ser de público conocimiento, para
lo cual es necesaria la existencia de una entidad científica con funciones más
amplias que conduzcan a conocer esta información. De ahí la necesidad de la
reestructuración del IMARPE que manda el DL 1677, el cual hasta ahora no se
cumple debido a la demora de la PCM, según ha expresado el Ministerio de la
Producción.