En los últimos días se han
visto noticias de medidas drásticas aplicadas por las autoridades de Argentina
e Indonesia para limitar la pesca ilegal, lo cual sugiere que el Perú debería tener
una normativa dura y precisa al respecto.
La RM 442-2015-PRODUCE
publicada el 31 de diciembre de 2015 dispone la publicación del proyecto de
Decreto Supremo que establece “Medidas para autorizar operaciones en puertos y
astilleros peruano de embarcaciones de bandera extranjera que realizan actividades
pesqueras de recursos hidrobiológicos transzonales en alta mar”, así como la
correspondiente exposición de motivos.
Por otro lado, el Aplicativo
SMS Sisesat implementado por el Ministerio de la Producción (Produce) para el
seguimiento, control y vigilancia de las actividades pesqueras, ocupó el tercer
lugar en el “Segundo concurso para parar la pesca no declarada y no
reglamentada - Indnr 2015”. “A través del Sistema de Seguimiento Satelital, el
Produce vigila alrededor de 1,000 embarcaciones industriales y 200 embarcaciones
de menor escala, además de toda la flota pesquera que realiza actividades en el
ámbito de la OROP (Ordenamiento Pesquero del Pacífico Sur) y CIAT (Comisión
Interamericana del Atún Tropical)”.
Esto es bueno en el ámbito de
mejorar los controles sobre la pesca ilegal; pero falta control sobre las
embarcaciones que no tienen permisos de pesca y operan al margen de cualquier
norma nacional y/o supranacional, incursionando
dentro del dominio marítimo peruano, lo cual es responsabilidad del Ministerio
de Defensa, a través de la Marina de Guerra y no precisamente del Ministerio de la Producción.
El proyecto
de Decreto Supremo mencionado en el segundo párrafo de esta nota pretende
introducir algunas medidas al respecto generadas por PRODUCE; pero no se
evidencia ninguna iniciativa del Ministerio de Defensa en este contexto.
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