La siguiente nota, publicada en el
diario Gestión, merece un análisis y comentario que se efectúa después de la
transcripción literal:
“Raúl
Pérez-Reyes, ministro de la Producción, refirió que hace falta un método que
permita ver cuáles son los derechos de pesca recaudados y cómo se están
gestionando.
Durante
su participación en la mesa redonda organizada por Gestión, Intelfin y la
Universidad Continental, el ministro de la Producción, Raúl Pérez-Reyes indicó
que planteará una propuesta legislativa para modificar la distribución de los
derechos de pesca
"La
ley establece un canon del 50%, que nos parece excesivo. De hecho, vamos a
plantear una propuesta legislativa para cambiar esto, porque si le trasladamos
el 50% del canon, tendríamos que trasladarle también el 50% de las
obligaciones, cosa que no ocurre", indicó.
En
ese sentido, el titular del Ministerio de la Producción refirió que las
obligaciones las sigue asumiendo el gobierno central, pese a que las regiones
reciben el canon.
"No
queda claro el nivel de focalización de ese gasto, porque si se analiza las
condiciones de vida de las caletas donde estamos haciendo intervenciones con
desembarcaderos, se notará una constante: no hay agua y no hay desagüe. La
pregunta es ¿qué uso tuvo el canon pesquero? No nos queda claro. Por eso hay
que transparentar lo que se recibe con derechos de pesca y cómo se gasta",
indicó.
Asimismo,
Pérez-Reyes también acotó la transparencia es fundamental en este proceso para
gravar los recursos pesqueros. "Tenemos que visibilizar cuáles son los
derechos de pesca que se han obtenido y cómo se están gestionando",
concluyó”
Fuente
NOTA
DE PESCA
Los “derechos de pesca” deben ser el
justiprecio que el extractor paga a la Nación por el privilegio de usufructuar
un recurso natural que es propiedad de todos los peruanos. Deben estar
vinculados con el impacto que la extracción de peces causa sobre el ecosistema,
independientemente de que genere utilidades o no, ya que la extracción se
produce en forma independiente de los resultados del balance, el cual está
sujeto a otras variables. Se pueden extraer miles de toneladas de peces y
perder dinero por una mala gestión, por lo cual no se pagaría impuesto a la renta;
pero el impacto generado a la biomasa y al ecosistema permanece, con ganancias
o sin ellas. Por ello el concepto de “derecho de pesca” es la única forma con
la cual el extractor aporta al país.
La estructuración del canon pesquero, se hace sobre la incorporación del
50% de los derechos de pesca recaudados y del 50% del impuesto a la renta de
tercera categoría del sector.
El otro 50% permanece a disposición de Produce. La utilización de este
porcentaje no es pública, no se difunde ni se cuelga en el respectivo Portal de
Transparencia del Ministerio de la Producción, que es el ente recaudador, por
lo menos hasta ahora.
La distribución del canon pesquero sí se difunde a través del Portal de
Transparencia Económica del Ministerio de Economía de Finanzas.
En el primer caso, el canon pesquero se distribuye entre los gobiernos
locales y regionales en base a índices elaborados anualmente por el Ministerio
de Economía y Finanzas, dato que se puede ver en el portal del MEF. Lo que no se puede saber es qué lo que hacen
las entidades receptoras con ese dinero. También se puede saber que la
repartición es tan deficiente, que hay municipalidades que reciben menos de
cincuenta soles, como se puede apreciar en la misma página web del MEF.
En el segundo caso, no se puede saber lo que PRODUCE hace con el 50% de los
derechos que recauda y si se está cumpliendo con la normatividad vigente por
cuanto no se publica información ni rendición de cuentas. Menos debido sería
que se destinen estos dineros al gasto corriente de la entidad recaudadora.
Lo sensible del tema es que esta tasa, al provenir de la explotación de un
recurso natural que es propiedad de todos los peruanos, debería favorecer a
todos y no a unos cuantos.
Una forma de deducir cuánto se recauda por derechos de pesca en general, es
decir de todos los recursos hidrobiológicos sujetos a dicho pago, es analizando
las transferencias del canon pesquero. Este canon sí tiene una fuente abierta
de información en la página web del Ministerio de Economía y Finanzas.
Las cifras pueden apreciarse en la página 55 de
la edición de abril de la revista Pesca. La página 4 muestra una data histórica
desde 1998.
Las cifras transferidas en 2017 también pueden
apreciarse en la mencionada edición. En lugar de fraccionar 62 millones de
soles en forma tan ineficiente, bien podrían financiarse algunos programas
sociales de alimentación o mejorar infraestructura de pesca artesanal.
Transferir estas irrisorias cantidades de dinero a un gobierno local
resulta absurdo y hasta ofensivo, no solo por la ridícula cifra sino porque
demuestra que ninguno de los funcionarios que interviene en el proceso evalúa
la situación ni toma acción correctiva o formula recomendación efectiva alguna.
Se requiere enfocar el análisis para generar medidas integrales, ya que hay
pesquerías (como la anchoveta destinada al CHI) con sobrecostos, (laborales
principalmente), que solo favorecen a pequeños grupos de trabajadores que
laboran alrededor de la industria reductora y no a todo el país; y hay pesquerías que no pagan ningún derecho,
como es el caso de las especies capturadas por la flota artesanal, que se
encuentran exoneradas, por ley, de pagar derechos de pesca.
Cuando se promulgó la Ley General de Pesca que establece las tasas y las
especies que están afectas al pago, la situación pesquera nacional y mundial
era totalmente diferente. La pota no constituía un recurso principal y la
anchoveta solo se destinaba a la harina. Estas últimas destinadas al congelado
y enlatado, son los principales recursos de exportación del sector de CHD. Al no ser consumidos dentro del Perú y no pagar
derechos de pesca ¿qué beneficios le traen al ciudadano peruano que no labora
para el sector pesquero?
El canon pesquero se reparte entre los gobierno locales y regionales en
base a unos índices que calcula el Ministerio de Economía y Finanzas que
necesitan ser revisados. ¿En qué se invierten? No se sabe. Las cifras que se
transfiere a gran cantidad de municipalidades distritales es tan poca, que
constituye, realmente, una burla y tampoco se conoce su destino. Parte de la
agenda pendiente en cuanto a derechos de pesca, consiste en modificar la base
legal del canon pesquero y los índices de distribución.
La ley general de pesca, dice literalmente “Los ingresos que genere el pago
de tales derechos, constituyen recursos propios del Ministerio de Pesquería”.
Actualmente la Ley del canon constituye
una modificación de la norma al partirlos en dos: una parte para el canon y
otra para Produce. Lo debido, ahora, es destinar este último 50% a inversión en
programas sociales de alimentación. El punto es que la pesca beneficie a las
mayorías y no solamente a los pesqueros.
En este contexto, la modificación de los derechos de pesca, aumentando la
tasa en el caso de la anchoveta por ejemplo, sin actuar sobre la normatividad
vigente sobre el uso de dichos recursos financieros, resultaría una medida
incompleta.
Racionalizar los derechos de pesca implica subir aquellos que deban ser
subidos; modificar la normativa asignando pago de derechos de pesca a todas las
especies, o a las que contribuyen a la exportación en forma significativa (por
lo menos); eliminar los sobrecostos existentes en la industria; modificar la
ley del canon y/o la metodología de elaboración de los índices de distribución
del canon pesquero; establecer que el destino de los recursos recaudados
provenientes de los derechos de pesca solo podrán utilizarse en programas
sociales de alimentación, inversión en infraestructura artesanal, o
investigación de especies principales que captura la pesca artesanal, mas no en
gasto corriente de ningún tipo, bien sea por el Produce o por los gobiernos
locales o regionales.
Marcos Kisner Bueno
Presidente de la Revista Pesca
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