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domingo, 31 de marzo de 2024

OBSERVACIONES Y COMENTARIOS RESPECTO A LA PUBLICACIÓN DEL PROYECTO DE DECRETO SUPREMO QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LA LEY N° 31749, LEY QUE RECONOCE LA PESCA TRADICIONAL ANCESTRAL Y LA PESCA TRADICIONAL ARTESANAL E IMPULSA SU PRESERVACIÓN DENTRO DE LAS 05 MILLAS MARÍTIMAS.

 

Habiéndose promulgado la Ley 31749, sin embargo, se vienen comentando en el interior del Congreso de la República, presionados por los grandes empresarios industriales anchoveteros, que pretenden desconocer y por lo tanto permitir la intromisión de embarcaciones industriales anchoveteras en la zona reservada de las 05 millas, zona que ha venido siendo vulnerada, tanto por la flota industrial como por la flota vikinga, quienes haciendo uso de sus enormes redes de calado poco selectivas, ejercen impacto negativo a las diferentes poblaciones de peces, generando capturas de todo tipo y tamaños de especies, ocasionando que los recursos pesqueros desaparezcan por un periodo, lo que afecta la situación socio-económica de los Pescadores Artesanales y en consecuencia a la población consumidora en general.

Por lo tanto, es nuestra responsabilidad y la del Gobierno Nacional y Regional, la defensa irrestricta de las cinco millas marinas, que tiene por finalidad, la protección y conservación de la diversidad biológica, como zona de reproducción natural y renovación poblacional de los recursos hidrobiológicos, y sus ecosistemas, que conlleven a la sostenibilidad de la pesca artesanal y acuicultura, garantizándose así, el mantenimiento de la biomasa de las poblaciones y ecosistema marino y por ende extendiendo beneficios saludables a la población nacional, con alimentos de alta calidad proteica; por lo tanto, debe continuar siendo reservada de manera exclusiva para la Pesca Artesanal, por el bien del aprovechamiento sostenido de los recursos costeros accesibles a la pesca artesanal y prohibiendo la intromisión dañina de la pesca industrial, en la franja costera de las 05 millas marinas.

Por: Blgo. Gustavo Adolfo Robles Fernández

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