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domingo, 6 de diciembre de 2020

El Ordenamiento pesquero y sus prioridades

El ordenamiento pesquero debiera ser la suma de normas y acciones conducentes al logro de dos objetivos prioritarios: sostenibilidad y alimentación nacional, mediante:

ü  el justo y debido aporte tributario del sector al erario nacional para resarcir al Estado por el uso de recursos naturales y permitirle administrar debidamente su explotación.

ü  el justo pago de los derechos de pesca, ya que si son indebidos, permiten el acceso gratuito o muy barato a los recursos pesqueros y no generan un adecuado nivel de ingresos al Estado.

ü  La adecuada distribución y empleo del  canon pesquero, cuyo reparto es inapropiado y que podrían ser mejor empleados en temas prioritarios para los beneficiarios.

ü  la actualización del ordenamiento pesquero obsoleto, considerando que los impactos del cambio climático y el gran avance de la tecnología de las capturas,  imponen una nueva concepción de la pesquería acorde con la época que vivimos y que dista mucho de la realidad en la cual se diseñó la actual ley general de pesca y la normativa basada en la misma.

ü  la educación y capacitación del pescador artesanal y demás operadores de la cadena productiva del consumo humano directo, para poder mejorar su competitividad y poder alcanzar los niveles de inocuidad y calidad que demandan los países importadores de nuestros productos, así como de nuestro propio mercado, que no puede ser tratado como de segundo orden.

ü  la atención a  la seguridad alimentaria nacional, considerando que una parte considerable de la población continúa con bajos niveles de consumo y de acceso a los productos hidrobiológicos, en ausencia de programas de creación del hábito de consumo de y de apoyo alimentario.

ü  la información científica necesaria sobre los recursos objetivo del CHD y una evaluación de los factores económicos y sociales que inciden directa o indirectamente en la actividad pesquera.

ü  reglamentos de ordenamiento para todos los recursos pesqueros de la pesquería artesanal evitar el abuso de la extracción.

La formalización, como parte del ordenamiento, solo ha venido actuando sobre los permisos de pesca, pero no sobre la obtención del RUC, que convertiría al armador en una unidad de negocios con las ventajas del caso, en especial para sus pescadores tripulantes que obtendrían acceso inmediato a la seguridad social, salud y pensiones. Solo actuar sobre el permiso de pesca es una media formalización que, además, viene siendo complicada y teniendo poco éxito, o al menos discutible.

Pese a que el ordenamiento y la capacitación en pesca son necesarios, no gozan de mayor interés ni apoyo por parte de las administraciones de la pesquería. Probablemente porque siendo acciones cuyos resultados se aprecian en el mediano y largo plazo, son impopulares para funcionarios de turno, quienes por lo general, solo aprecian resultados inmediatos que pueden publicitar como logros.

 

Merecemos una gestión de la pesca con visión de país y compromiso con el ciudadano.

La pesca para toda la gente